RNEC - 20231222 Resolucion 009 rionegro
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - 20231222 Resolucion 009 rionegro
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
REGISTRADURIA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCION No. 009 DE 2023 (21 de diciembre de 2023) Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto
denominado: “RESTRUCTURACION RED PÚBLICA DE SALUD RIONEGRO
ANTIOQUIA” EL REGISTRADOR ESPECIAL DEL ESTADO CIVIL DE RIONEGRO ANTIOQUIA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que la señora MARIA NATALIA VARGAS SANCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.39.456.048 y el señor EDWIN FABIAN OSPINA GARZON, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.157.251, inscribieron el veintiséis (26) de septiembre de 2017 ante la REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE RIONEGRO ANTIOQUIA, un mecanismo de participación ciudadana para adelantar el cabildo abierto denominado: “RESTRUCTURACIÓN RED PUBLICA DE SALUD RIONEGRO ANTIOQUIA”, actuando como voceros del comité promotor. Que a la solicitud de iii nscripción del mecanismo de participación ciudadana denominada: “RESTRUCTURACIÓN RED PÚBLICA DE SALUD RIONGRO ANTIOQUIA” le fue asignado el consecutivo CA-2017-11-001-01-214. Que el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, establece que vencido el término
de revisión de los apoyos y hechas las verificaciones de ley, el respectivo Registrador del Estado Civil certificará si se ha cumplido o no con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de mecanismo de participación democrática, señalando igualmente que no se podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral. Que el Consejo Nacional Electoral mediante concepto con radicado No. 1113 de 2016, concluyó que los ciudadanos que inscribieron ante la Registraduria un cabildo abierto están obligados a presentar informe contable, conforme a lo requerido para los demás mecanismos de participación ciudadana, el cual deberá presentarse 15 días después de la respectiva inscripción de la solicitud de realización del mecanismo. Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 150 de 20 de enero de 2021, estableció el procedimiento para la presentación de los estados contables de campaña para la recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre los mecanismos de participación ciudadana. NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 009 de 2023 ° — Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos en el mecanismo a ciudadana de cabildo abierto denominado: "RESTRUCTURACION RED PUBLICA DE SALUD RIONEGRO ANTIOQUIA Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 3586 de 2022, adicionó un
parágrafo al artículo primero de la Resolución 150 de 2021, el cual establece que el procedimiento para la presentación de los estados contables de la iniciativa no cobija el al mecanismo de participación ciudadana de cabildo abierto; estableciéndose en el artículo segundo de la norma en cita que se tendrá en cuenta como medida de transparencia, los informes de ingresos y gastos que presenten los promotores del Cabildo abierto, así como también los que se encuentren en trámite ante el Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral. Que el Consejo Nacional Electoral mediante concepto con radicado No. 6476 del 1 de agosto de 2017 dispuso que: “(...) el término de recolección de apoyos depende de la fecha de la celebración de las sesiones ordinarias de las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales o Distritales o de las Juntas Administradores Locales, según sea el caso. Así las cosas, la Corporación al recibir la solicitud de Cabildo Abierto, debatirá la petición y decidirá sobre su celebración. Por tanto, el comité promotor de la iniciativa puede adicionar apoyos hasta completar los necesarios hasta antes del inicio de las! sesiones ordinarias de las respectivas Corporaciones, de lo contrario la iniciativa tendrá que ser] archivada por parte de la corporación respectiva. (sic)”. (Subrayado y negrilla fuera del texto). Que los voceros de la iniciativa después de recibir el formulario de recolección de apoyos: por parte del Registrador Municipal del Estado Civil de Rionegro, el mes de octubre de 2017 no hicieron entrega del predicho formulario con los apoyos ciudadanos, en el término señalado por el Consejo Nacional Electoral. Que el cabildo abierto denominado: “RESTRUCTURACIÓN RED PÚBLICA DE SALUD
RIONEGRO ANTTIOQUIA” con consecutivo No. CA-2017-11-001-01-214 NO cumplió con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta en el periodo constitucional de la corporación. En virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO CUMPLIMIENTO de los requisitos constitucionales y legales del mecanismo de participación ciudadana Cabildo Abierto
denominado: “RESTRUCTURACIÓN RED PÚBLICA DE SALUD RIONEGRO
ANTIOQUIA” con consecutivo No. CA-2017-11-001-01-214.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese a la señora MARIA NATALIA VARGAS SANCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.39.456.048 y el señor EDWIN FABIAN OSPINA
GARZON, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.157.251 en calidad de voceros de la iniciativa ciudadana y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
REGISTRADURIA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 009 de 2023 Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos en el mecanismo de participación Sudadana de cabildo abierto denominado_“RESTRUCTURACIÓN RED PÚBLICA DE SALUD RIONEGRO ANTIOQUIA Dada en Rionegro Antioquia, a los veintiún (21) días del mes de diciembre de 2023.
FY Te -
ÑO ALBERTO Te añado
REGISTRADOR ESPECÍAL DEL ESTADO CIVIL DE EGRO ANTIOQUIA
Elaboró: Paula Andrea Fran