RNEC - Circular 2010 0151
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Circular 2010 0151
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2010
REGIST~DUKÍA NACIONAL DEL ESTiPW CML 1 5 1
CIRCULAR -
, DNR - OCP Bogotá, 2 9 SET. 2018
DE: REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
PARA: FUNCIONARIOS DEL NIVEL CENTRAL, DELEGADOS
DEPARTAMENTALES, REGISTRADORES DlSTRlTALES Y
FUNClONARlOS EN GENERAL.
ASUNTO: MEDIOS DE INFORMACION Cordial Saludo, En virtud del decreto 1010 del año 2000, corresponde a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional del Estado Civil, 'canalizar la i~formaciónd e la Registraduría Nacional hacia los medios de comunicación masivos en el ámbito nacional y regional, así como ofreces los elementos de soporte necesarios en los aspectos gráfico, visuales e informativos" De la misma forma y conforme a la Resolución 2197 del 16 de abril de 2009, las circulares 044 del 18 de abril de 2008, 095 del 18 de septiembre de 2009 y 098 del 28 de mayo de 2010. y al protocolo de gestión suscrito por los delegados departamentales y registradores distritales, reitero lo siguiente:
1. La Oficina de Comunicaciones y Prensa es la encargada de canalizar la información que envíe la Registraduría Nacional del Estado Civil a todos los medios masivos de comunicación, bien sean nacionales, regionales o locales.
2. Los únicos voceros autorizados para dar declaraciones ante los medios de comunicación son los miembros del equipo directivo en los asuntos de su competencia, los Registradores Distritales y los Delegados
Departamentales. Ningún otro funcionario se encuentra autorizado para dar declaraciones independientemente de su contenido.
REGISTRADUKÍA
NACIONAL DEL ESC M L
3. Los medios de comunicación oficiales de la Reaistraduría Nacional del " Estado Civil son: la página Web www.re~istraduria.sovc o, los Comunicados de Prensa realizados por la Oficina de Comunicaciones y Prensa, la cual maneja una numeración consecutiva, los boletines institucionales que elabora la Oficina de Comunicaciones y Prensa, la Revista lnstitucional "Nuestra Huella", el programa Registra N, y la información que desde la Oficina de Comunicaciones y Prensa se maneja a través de las redes sociales, entre otros. Ningún área o delegación está autorizada para publicar páginas Web independientes, enviar comunicados de prensa, o producir cualquier otro tipo de producto informativo dirigido al público, ya que toda la información debe canalizarse a través de la Oficina de Comunicaciones y Prensa
4. Para ofrecer declaraciones ante los medios de comunicación es indispensable que los voceros autorizados coordinen con la Oficina de Comunicaciones y Prensa con el fin de adelantar un adecuado monitoreo de medios
5. Si eventualmente llegaren a presentarse dificultades con algún medio de comunicación y10 periodista, es la Oficina de Comunicaciones y Prensa la única encargada de canalizar las aclaraciones pertinentes y evaluar la procedencia de alguna solicitud de rectificación cuando corresponda.
Atentamente.