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RNEC - Cubrimiento electoral y libertad de prensa.

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Cubrimiento electoral y libertad de prensa.
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año

CUBRIMIENTO

ELECTORAL Y LIBERTAD

DE PRENSA

RECOMENDACIONES PARA PERIODISTAS 1 Porte su identificación personal. Haga uso de camisetas, gorras o adhesivos que lo identifiquen como 2 periodista. Absténgase de usar logos o imágenes que hagan alusión a un candidato o 3 agrupación política. Procure mantener una distancia prudencial que le permita tener los 4 apoyos necesarios para sus notas, pero que no interfiera con los derechos de los votantes ni con el desarrollo de la jornada. En tal caso los jurados de votación le ordenarán que se retire. Informe a las autoridades presentes en el puesto de votación que su 5 presencia obedece a fines exclusivamente periodísticos. Recuerde que si usted llega a ser objeto de agresión, obstrucción, 6 intimidación o amenaza por parte de funcionarios, candidatos, integrantes de equipos de campaña o público en general, debe dirigirse a la fuerza pública o a los funcionarios de la MESA DE JUSTICIA del puesto de votación. ! Es importante que denuncie de manera inmediata ante las autoridades competentes, realice una descripción detallada de los hechos, y entregue la mayor cantidad de información posible, para identificar al presunto agresor. 1 INGRESO AL PUESTO DE VOTACIÓN • Los (as) periodistas no requieren carné de prensa para ejercer su oficio, basta con presentar su documento de identidad e indicar que realizarán el cubrimiento periodístico de la jornada. • Los (as) periodistas no necesitan permiso especial de la Registraduría Nacional del Estado Civil. • Los (as) periodistas están autorizados para permanecer en los puestos de

votación, y utilizar celulares y cámaras, siempre y cuando no interfieran en el secreto del voto ni obstaculicen la labor de los jurados. • Los agentes de la fuerza pública y los delegados de puesto de la Registraduría Nacional del Estado Civil NO pueden prohibir el ingreso de la prensa a los puestos de votación. 2 DURANTE LA JORNADA ELECTORAL • Los (as) periodistas no podrán interferir en el proceso de las votaciones, solo podrán registrar el desarrollo de los comicios, sin interferir en el voto ni labor de los jurados y demás actores del proceso. • Los (as) periodistas no pueden realizar ningún tipo de propaganda electoral ni vestir prendas con propaganda política durante la jornada de votación. • En caso de que algún funcionario o miembro de la fuerza pública obstaculice el cubrimiento periodístico de las votaciones, él o la periodista podrá tomar registro probatorio para presentar su queja ante las autoridades competentes. • Está prohibido que las autoridades, funcionarios o particulares inspeccionen, decomisen, borren o dañen cualquier material periodístico. Hacerlo puede acarrear consecuencias penales y disciplinarias. • Autoridades, funcionarios y particulares no están autorizados a indagar o justificar la labor de los (as) periodistas en los puestos de votación o comisiones escrutadoras, en tanto que se trata del derecho fundamental a informar y estar informado. • Ningún funcionario, autoridad ni particular está facultado para retirar de los centros de votación a un(a) periodista que ejerce su labor. • En caso de que se presenten alteraciones de orden público, es importante conservar distancia y respetar los cordones de seguridad

dispuestos por la fuerza pública. 3 CAPACITACIÓN Y ENTREGA DE INFORMACIÓN ELECTORAL • En caso de que algún (a) periodista tenga inquietudes sobre el proceso electoral, podrá capacitarse en el SICE o en I-Electo: https://www.registraduria.gov.co/sites/-Sistema-Integral-de-Capacitacion-Electoral-/. • La Registraduría Nacional puede determinar el momento en el que entrega la información, pero en ningún caso negarla. Los protocolos no pueden convertirse en trabas administrativas que impidan el acceso a la información. • Una vez se cierren los puestos de votación, los (as) periodistas podrán acceder a los boletines de prensa en la página web de la Registraduría, www.registraduria.gov.co, en la que se publicará el avance de los resultados del preconteo de votos. • Debido a que el escrutinio es una audiencia pública, los (as) periodistas podrán ingresar libremente a las comisiones escrutadoras. 4

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