RNEC - Funciones de la fuerza pública
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Funciones de la fuerza pública
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- —
FUNCIONES DE LA FUERZA PÚBLICA Para la sociedad es de vital importancia que la Policía Nacional genere las condiciones de seguridad necesarias para el normal desarrollo de los eventos electorales que se realizarán en el territorio nacional. Dentro de la realización del proceso electoral lo más importante es velar por la seguridad de los departamentos, municipios y puestos de votación, para facilitar que los actores del evento electoral cumplan con sus deberes y ejerzan sus derechos. Adoptar los protocolos necesarios para preservar 1. el orden en el ingreso de los jurados de votación, los testigos electorales y los ciudadanos a los puestos de votación. Prestar servicio de vigilancia en los puestos de votación, verificando que no ingrese material electoral adulterado, cámaras fotográficas o de 2. video (salvo medios de comunicación) y que se ingrese con propaganda electoral o con distintivos de partidos políticos o candidatos. Verificar el cumplimiento de normas especiales expedidas por la autoridad local, entre ellas, la ley seca, el cierre de establecimientos púbicos en el horario definido para ello, la restricción del porte de 3. armas de fuego y de fogueo, la publicidad política en sitios prohibidos, la aplicación de la norma hacia los delitos y los comportamientos contrarios a la convivencia y seguridad ciudadana, y la judicialización de los delitos contra los mecanismos de participación democrática. Realizar el acompañamiento a los delegados de puesto en el traslado de los 4. pliegos electorales a los sitios designados para realizar los escrutinios.
5. Vigilar los sitios designados para el escrutinio.
6. Desplegar núcleos de seguridad para el control perimetral y de acceso a los puestos de votación.
Ejecutar controles tendientes a no permitir que cualquier persona 7. entorpezca el normal desarrollo del proceso electoral, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113, 121, y 218 de la Constitución Política. Prestar seguridad y vigilancia a las sedes de las Registraduría, centros de cómputo, centros de acopio y comisiones escrutadoras. 8. La Policía Nacional, a través del Modelo Nacional de Vigilancia por Cuadrantes, adelantará acciones preventivas mediante revistas y rondas policiales a las instalaciones de la Registraduría a nivel departamental, municipal y local. Dar cumplimiento a la Resolución No. 3480 de 2020 del Consejo Nacional 9. Electoral para la atención y garantía de los derechos de las personas trans en igualdad de condiciones y libre de discriminación.