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RNEC - Publicación política de prevención el daño antijuridico RNEC y su FR vigencia 2026-2027

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Publicación política de prevención el daño antijuridico RNEC y su FR vigencia 2026-2027
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año

Registraduría Nacional del Estado Civil y su Fondo Rotatorio. Vigencia 2026-2027INSUMOS • Informe de litigiosidad RNEC y su FR remitido por la ANDJE • Informe de litigiosidad del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 de conformidad con los formatos RJFT03 y RJFT04 de la RNEC y su FR (Demandas admitidas) • Solicitudes de conciliaciones extrajudicial en donde la RNEC y el FR fueron convocados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 de conformidad con el formato

RJFT08.

ANÁLISIS DE INSUMOS Para la formulación de la PPDA, se realizó un análisis de las temáticas más recurrentes para las vigencias 2024 y de enero a septiembre de 2025 de acuerdo con la información suministrada por la Coordinación de Defensa Judicial, la Coordinación de Conciliaciones grupos de trabajo adscritos a la Oficina Jurídica y Secretaría Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la RNEC y su FR. En este sentido, se pudo establecer que los medios de control y acciones más frecuentes interpuestas en contra de la entidad, dentro de las solicitudes de conciliación y los procesos judiciales admitidos en el periodo de evaluación (tanto en la jurisdicción ordinaria como en la contenciosa administrativa), corresponden a:ANÁLISIS DE INSUMOS – NULIDADES ELECTORALES Ahora bien, a las Nulidades Electorales para el periodo de evaluación suman un total

de 508 demandas admitidas; sin embargo, para el presente análisis se tuvo en cuenta las acciones admitidas durante los años 2023, 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025. Lo anterior conforme a los procesos electorales llevados a cabo durante esta vigencia y que impactan directamente en el porcentaje de litigios conocidos por la entidad, donde la entidad actúa como como sujeto procesal demandado o tercero interesado:Identificación de las causas En atención a las causas identificadas en este análisis se tomo como guía las causas del aplicativo EKOGUI, para establecer cuáles de ellas generaron mayor índice de litigiosidad en la entidad en sentido se analizaron las solicitudes de conciliación extrajudicial, en la vigencia 2024 – a 30 de septiembre de 2025, tal como se observa en los siguientes cuadros:Identificación de la actividad litigiosa Dentro del proceso de análisis general realizado por el Comité de Conciliación, se pudo establecer que las mayores causas de litigiosidad de la Entidad en la vigencia 2024 – a 30 de septiembre de 2025, fueron: Respecto a las controversias contractuales, 2 de las 3 demandas relacionadas en el cuadro anterior corresponde a litigios contenciosos donde el Fondo Rotatorio de la RNEC actúa como demandado. Y respecto a los ejecutivos en donde la RNEC actúa como sujeto procesal responde a 2 donde la entidad fue llamada como tercero interviniente, 1 por incumplimiento contractual en el pago de servicios públicos y 1

que obedece al retraso en el pago de factores de liquidación salarial.Identificación de las causas y subcausas De acuerdo con la información relacionada, y habida cuenta de la frecuencia con la que se presenta, se priorizan cinco causas generales, cada una con su respectiva subcausa, teniendo en cuenta el origen litigioso de la entidad y las causas parametrizadas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el aplicativo Ekogui, así: Si bien el cuadro anterior, evidencia las principales causas y subcausas , se debe reiterar que dentro del listado de causas que establece la agencia a través del aplicativo EKOGUI, no se encuentran opciones que permitan identificar plenamente los factores que generan litigiosidad para la Registraduría y el FR No renovación de la relación laboraHechos potencialmente generadores de daño antijurídico. Ahora bien, en atención al análisis cuantitativo realizado previamente, se pudieron identificar circunstancias tanto externas como internas que generan un impacto relevante en la litigiosidad de la entidad al genera un daño antijuridico resarcible:PLAN DE ACCION APROBACION

IMPLEMENTACIÓN

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN En atención a la metodología propuesta por la ANDJE, se incluyen las medidas (que hacer para prevenir la causa) y mecanismos (como cumplo la medida) y se define el área responsable de estas. De conformidad con la Ley 2220 de 2022 y la Resolución 4530 de 2023 esta decisión se en encuentra a cargo del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad. Se cuenta hasta el 31 de diciembre de 2025 para ser cargada en el

Resolución 4530 de 2023 esta decisión se en encuentra a cargo del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad. Se cuenta hasta el 31 de diciembre de 2025 para ser cargada en el sistema EKOGUI De conformidad los planes de acción propuesto se llevan a cabo las actividades durante el periodo de vigencia de la PPDA adicionalmente conforme al procedimiento interno de la entidad se cuenta con 10 días contados a apartita de la aprobación para socializar con toda la entidad la PPDA La matriz metodológica de al ANDJE, cuenta con 3 indicadores que permite valorar y medir las medidas y mecanismos establecidos por la entidad (Gestion, Resultado e Impacto) Adicionalmente las oficinas de Planeación y Control interno serán las encargadas de acuerdo a su competencias de la inclusión en PAI y la evaluación y seguimiento de la PPDACONCLUSIONES GENERALES Una vez realizado el presente análisis es posible concluir que con el propósito de mitigar el impacto económico y administrativo que tiene origen en la litigiosidad de la entidad se deberán tener en cuenta como acciones a implementar: UNIFICACIÓN DE CRITERIOS dentro de la entidad, de modo que se guarde relación estrecha entre la defensa judicial, las actuaciones administrativas y la respuesta dadas a los ciudadanos de acuerdo con la materia de conocimiento de cada área. En este sentido tanto los abogados que ejerzan la defensa de la entidad (sedes centrales y descentralizadas) y quienes integran los grupos jurídicos de cada área misional

acuerdo con la materia de conocimiento de cada área. En este sentido tanto los abogados que ejerzan la defensa de la entidad (sedes centrales y descentralizadas) y quienes integran los grupos jurídicos de cada área misional y de apoyo, en conjunto, deberán realizar protocolos y procedimientos identificando las líneas de defensa de la entidad que permitan subsanar las causas que dan origen a las demandas y a las acciones constitucionales. Actualizar las causas y subcausas que dan origen a las demandas, acciones constitucionales y reclamaciones administrativas, en conjunto, con las áreas misionales y de apoyo con el fin de identificar las circunstancias fácticas que más se presentan frente a la litigiosidad de la entidad. Realizar un autodiagnóstico de los procedimientos y manuales internos que fijan las líneas y directrices en cuanto a las actuaciones administrativas propias de las competencias de la RNEC y su FRR; diagnóstico que permitirá actualizar y ajustar el cumplimiento normativo vigente. Implementar un sistema de información que permita el adecuado control y seguimiento de las conciliaciones y los procesos judiciales de los cuales la RNEC y su FRR es sujeto procesal; con el fin de contar con un monitoreo continuo en tiempo real que genere un diagnóstico frente al daño antijurídico soportado por la entidad que permita acoger estrategias que incrementen el nivel de éxito y reducir los costos asociados a los

con un monitoreo continuo en tiempo real que genere un diagnóstico frente al daño antijurídico soportado por la entidad que permita acoger estrategias que incrementen el nivel de éxito y reducir los costos asociados a los litigios, reclamaciones y acciones constitucionales.GRACIAS Registraduría Nacional del Estado Civil www.registraduria.gov.co

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