RNEC - Resolución 0006 del 24 de septiembre de 2021, Guaduas - Cundinamarca
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 0006 del 24 de septiembre de 2021, Guaduas - Cundinamarca
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
RESOLUCION No. 0006 de 2021 (24 de septiembre de 2021) Por la cual se modifica la resolución No 005 del 22 de septiembre de 2021 "Por la cual se acepta la renuncia como vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" con radicado RM-2021-09-001-15-115" LA REGISTRADORA DEL ESTADO CIVIL DE GUADUAS: En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el decreto 101 O del año 2000 y, CONSIDERANDO Que el día 27 de enero de 2021 el señor FABER MAURICIO CAMACHO ZAMBRANO identificado con cedula de ciudadanía 79.003.204 de Guaduas, radico en la Registraduria municipal de Guaduas, el formulario de inscripción y demás requisitos legales para ser reconocido como vocero de una iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria de mandato del alcalde Municipal de Guaduas denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA
POR LA VILLA DE GUADUAS".
Que la registradora municipal del estado civil, una vez radicada la solicitud de inscripción por parte del vocero de la iniciativa, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la Revocatoria de Mandato denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS", se encuentra ajustada a la ley. Que el día 29 de enero de 2021 se reconoció al solicitante como vocero de la iniciativa No.
"PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS", se encuentra ajustada a la ley. Que el día 29 de enero de 2021 se reconoció al solicitante como vocero de la iniciativa No. RM-2021-09-001-15-115 mediante resolución No. 001 del 29 de enero de 2021. Registraduria Municipal de Guaduas - Delegación Departamental de Cundinamarca Calle 2 N 2-18 piso 1 -Tel: (!) 841-7269 C.P. 253440 GUADUAS guaduascundina marca@registraduria.gov.coO) 'fiREGISTRADURÍA l"IACIONAL Df:L ES'EU>O CIVIL Que en cumplimiento de lo ordenado por la corte constitucional mediante sentencia de unificación SU-077-2018, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduria Nacional del Estado Civil, profirieron la Resolución No. 4076 del 16 de diciembre de 2020 "por medio del cual se garantiza el derecho de información y defensa por intermedio de audiencia pública dentro del procedimiento de revocatoria de mandato de conformidad con lo expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia de Unificación SU-077 del 8 de agosto de 2018" dicha audiencia se desarrolló de forma virtual el 1 O de febrero de 2021 presidida por el Honorable Magistrado del Consejo Nacional Electoral Doctor JAIME LUIS LACUTIER PEÑALOZA. Que el 14 de abril de 2021 mediante oficio número 086 la Registradora municipal de Guaduas oficio al señor alcalde municipal de Guaduas sobre "respuesta ministerio de Salud y Protección Social sobre entrega de formularios de recolección de apoyos en iniciativas de revocatoria de mandato, y que el 20 de abril de 2021 el señor alcalde municipal dio respuesta
Protección Social sobre entrega de formularios de recolección de apoyos en iniciativas de revocatoria de mandato, y que el 20 de abril de 2021 el señor alcalde municipal dio respuesta a tal solicitud dando a saber que: "Para la recolección de apoyos a la iniciativa tendría una indiscutible y denotada vinculación con causal de impedimento que recae en este servidor público, contemplada en el numeral 1 articulo 1 O del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo" Causa que conlleva a que la registradora municipal, proceda al envió de esta contestación a la procuraduría Regional de Cundinamarca a través de correo electrónico, que quedó radicada en la Registraduria regional de Cundinamarca bajo el No. E-2021-283572 del 28 de mayo de 2021. Que en vista de la NO contestación de la solicitud se reiteró nuevamente a la procuraduría regional de Cundinamarca bajo el radicado E-2021-516324 del 21 de septiembre de 2021 por correo electrónico y por correo certificado. Que una vez se efectué el pronunciamiento por parte de la Procuraduría Regional de Cundinamarca, frente a la contestación dada por el señor alcalde municipal de Guaduas, este despacho continuara con el correspondiente proceso de la iniciativa ciudadana. Que el día 22 de septiembre de 2021, el señor FABER MAURICIO CAMACHO ZAMBRANO, mediante oficio presentado de manera personal ante al Registraduria municipal de Guaduas, informo la decisión de DESISTIR, de la iniciativa ciudadana "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" mediante un escrito motivado recibido y
mediante oficio presentado de manera personal ante al Registraduria municipal de Guaduas, informo la decisión de DESISTIR, de la iniciativa ciudadana "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" mediante un escrito motivado recibido y radicado RMG 139 de fecha 22 de septiembre de 2021, donde manifiesta: (. . .) FABER MAURICIO CAMA CHO ZAMBRANO, mayor de edad, plenamente capaz y domiciliado en el municipio de Guaduas, con el debido respeto me dirijo a ustedes con el fin Registraduria Municipal de Guaduas - Delegación Departamental de Cundinamarca Calle 2 N 2-18 piso 1 -Tel: (1) 841-7269 C.P. 253440 GUADUAS guaduascundinamarc a@registraduria.gov.co fi j Somos XXI fi:tfifi el sigloO} Dlli,llU.""'6,&ult'RIMl.1 ·-fiREGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESmDO CML de manifestarles, que RENUNCIO a la vocería a la cual mediante resolución No. 001 del 29 de Enero de 2021, se me reconoció como promotor I vocero de una iniciativa de revocatoria del mandato del Alcalde del Municipio de GUADUAS denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" (. . .) Que en virtud de lo anterior se da aplicación al artículo 16 de la ley 1757 de 2015 que cita: "Desistimiento. El comité promotor podrá desistir de la propuesta sobre mecanismos de participación ciudadana antes del vencimiento del plazo para la recolección de los apoyos. Esta decisión debe ser presentada por escrito y motivada al registrador correspondiente,
"Desistimiento. El comité promotor podrá desistir de la propuesta sobre mecanismos de participación ciudadana antes del vencimiento del plazo para la recolección de los apoyos. Esta decisión debe ser presentada por escrito y motivada al registrador correspondiente, junto con todos los apoyos recolectados hasta el momento. Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduría efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalará el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo. Para completar el número de apoyos ciudadanos faltantes a la fecha, el nuevo comité promotor dispondrá de lo que restaba del plazo, contado a partir del momento en que se haya registrado el desistimiento". Que a la fecha la registraduria municipal de Guaduas, no ha hecho entrega de los formularios de recolección de apoyos, razón por la cual no se da ampliación el parágrafo segundo del artículo en mención. Que en virtud de lo anterior este despacho: RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar la resolución No 005 del 22 de septiembre de 2021 "Por la cual se acepta la renuncia como vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" con radicado RM-2021-09-001-15-1 15" así: Por la cual se acepta el desistimiento como vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS"
radicado RM-2021-09-001-15-1 15" así: Por la cual se acepta el desistimiento como vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" con radicado RM-2021-09-001-15-115" ARTICULO SEGUNDO: Aceptar el desistimiento como VOCERO de la iniciativa de origen ciudadano denominada "PROGRESO Y TRANSPARENCIA POR LA VILLA DE GUADUAS" Registraduria Municipal de Guaduas - Delegación Departamental de Cundinamarca Calle 2 N 2-18 piso 1 - Tel: (1) 841-7269 C.P. 253440 GUADUAS guaduascundinamarca@registraduria.gov.co 1 Somos XXI 1 el sigloKEGISTRADURÍA NACIOl'IAL DEL l!STADO CIVIL identificada bajo radicado interno RM-2021-09-001-15-115, presentada por el señor FABER MAURICIO CAMACHO ZAMBRANO en esta Registraduria el día 27 de enero de 2021, y soportada mediante escrito motivado radicado en este despacho el 22 de septiembre de 2021, asunto: RENUNCIA VOCERIA.
ARTICULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduria Delegada en lo Electoral - Dirección de
Gestión Electoral.
ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Guaduas Cundinamarca, a los veincuatro días del mes de septiembre de dos mil veintiunos (2021).
RINCON VELASQUEZ
COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Guaduas Cundinamarca, a los veincuatro días del mes de septiembre de dos mil veintiunos (2021).
RINCON VELASQUEZ
Registrad ra del Estado Civil Guad as Cundinamarca Registraduria Municipal de Guaduas - Delegación Departamental de Cundinamarca Calle 2 N 2-18 piso 1 -Tel: (1) 841 -7269 C.P. 253440 GUADUAS guaduascundinamarca@registraduria.gov.co