RNEC - Resolución 001 del 08 de septiembre de 2017 - Segovia, Antioquia
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 001 del 08 de septiembre de 2017 - Segovia, Antioquia
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
REGISTRAD U RÍA l'IACIOl'IAL DEL ESTADO CML
RESOLUCIÓN No. 001
(Septiembre 08 de septiembre de 2017) Por la cual se reconoce el Promotor I Vocero de una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que el señor ORLANDO OVIDIO GOMEZ RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.086.765, actuando como ciudadano, el 16 de Agosto de 2017, presentó ante la Registraduría Municipal Segovia-Antioquia, la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato denominada
POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA".
Que en la solicitud se consigna como Vocero de la Iniciativa al señor ORLANDO OVIDIO GOMEZ RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.086.765. Que el Artículo 6° de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra la Revocatoria de Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor ORLANDO OVIDIO GOMEZ RODRIGUEZ, el 16 de Agosto de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal de Segovia-Antioquia, la solicitud
Que el señor ORLANDO OVIDIO GOMEZ RODRIGUEZ, el 16 de Agosto de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal de Segovia-Antioquia, la solicitud de inscripción de la Revocatoria de Mandato denominada "POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA", allegó el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos. Que la Registraduría Municipal de Segovia-Antioquia, una vez radicada la solicitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la convocatoria a la Revocatoria de Mandato denominada •poR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA", se encuentra ajustada a la Ley. Que el aniculo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos. Con el lleno de los requisitos ¡ sm eficeder el ténnino de quince (15) días contados a partir de la solicitud de inscnpcion a Reg stTadüría de1 Estado Cwil correspondiente notificará al Vocero de la iniciativa la Resoluaón por medt0 de a cual se reconoce al Vocero de la inic,at,va >' la inscripción del .__ ___ _._P/OIT10l.<X.t.ll.;..,.1.111& .Eil:xnc:i.:oc.m ,, REGISTRAD URJA NACIONAL DfiL fiTAOO CIVIL Continuación Resoluc16n No de
.__ ___ _._P/OIT10l.<X.t.ll.;..,.1.111& .Eil:xnc:i.:oc.m ,, REGISTRAD URJA NACIONAL DfiL fiTAOO CIVIL Continuación Resoluc16n No de Por la cual se reconoce el Promotor I Vocero de una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato Que el artículo 3º, parágrafo, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: uverificación de los requisitos legales para la inscripción del promotor y/o Comité Promotor. El funcionario electoral deberá verificar que los ciudadanos que se pretenden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación - ANI." Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la inscripción para la Revocatoria de Mandato denominada "POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA ", cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa Revocatoria de Mandato denominada "POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA" al seriar ORLANDO OVIDIO GOMEZ RODRIGUEZ identificado con cédula de ciudadania No. 71.086.765 de Segovia PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa,
71.086.765 de Segovia PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
ARTÍCULO TERCERO: A la Iniciativa Revocatoria de Mandato denominada "POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE SEGOVIA" se le asignará el consecutivo RM-2017-09001-01-259 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015.
La presente Resolución rige a partir de su comunicación. Dada en COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Segovia a los ocho (8) días de septiembre de 2017 fi í-:::i EDG BEDOYA fi RegistHMlflfiltmibcti1:Mffi ado C{'.il \ ,, fi e --::s-- Cl ', - \ fi ' fi --r a "t