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RNEC - Resolución 001 del 14 de enero de 2022, Madrid - Cundinamarca

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 001 del 14 de enero de 2022, Madrid - Cundinamarca
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

KEGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 001 DE 2022 (14 de enero de 2022) Por la cual se acepta el ,lesistimiento presentado por el Comité Promotor de la Iniciativa ciudadan<i de revocatoria del mandato de/Alcalde de Madrid Cundinamarca, denominada "HORA DE

ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CON EL VERDADERO PROGRESO QU SE

MERECE" con radicado No. RM-2021-09-001-15-160. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O d año 2000, y CONSIDERANDO Que el día once (11) de junio de 2021, el señor ARMANDO LUGO MARTINEZ identific do con cédula de ciudadanía No. 19.323.082 de Bogotá D.C, radicó en la Registraduría Munici al, el formulario de inscripción y demás requisitos legales para ser reconocido como vocer de una iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria de mandato del Alcalde de Ma Cundinamarca, denominada "HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MAD

CON EL VERDADERO PROGRESO QUE MERECE".

Que el Registrador Municipal del Estado Civil, una vez radicada la solicitud de inserí ción por parte del vocero de la iniciativa, procedió a la revisión de los requisitos exigidos n la Ley 1757 de 2015, para la inscripción de mecanismos de participación ciuda encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la Revocatoria de Ma

denominada "HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CO

Ley 1757 de 2015, para la inscripción de mecanismos de participación ciuda encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la Revocatoria de Ma denominada "HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CO VERDADERO PROGRESO QUE MERECE", se encuentra ajustada a la Ley. Que el día dieciséis (16) de junio de 2021, se reconoció al solicitante como vocero e la iniciativa No. RM-2021-09-001-15-160, mediante Resolución No. 001 del 16 de juni de 2021. Que en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional mediante Sentenc a de Unificación SU-077-2018, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacion I de Estado Civil, profirieron la Resolución No. 4073 del 16 de diciembre de 2020 "Por med o del cual se garantiza el derecho de información y defensa por intermedio de audiencia p blica dentro del procedimiento de revocatoria del mandato de conformidad con lo expuesto or la Corte Constitucional en la Sentencia de Unificación SU-077 del 8 de agosto de 2018", icha audiencia se desarrolló en las instalaciones del salón de Alcaldes el día primero (O ) de julio de 2021. Delegación de Cundinamarca - Municipio de Madrid Calle 7 No. 8 -16 Centro Comercial Los Pinos Local 51/52/53 Teléfonos: 8253622 - 8251101 -8250098 madridcundinamarca@registraduria.gov.co Somos XXI el sigloPor/a cual se acepta e/desistimiento presentado pore/Comité Promotordela Iniciativa ciudadana de revocatoria del mandato de/alcalde de Madrid Cundim marca.

madridcundinamarca@registraduria.gov.co Somos XXI el sigloPor/a cual se acepta e/desistimiento presentado pore/Comité Promotordela Iniciativa ciudadana de revocatoria del mandato de/alcalde de Madrid Cundim marca. denominada 'HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CON EL VERDADERO PROGRESO QUE SE MEl,ECE". con radicado No. RM-2021-09-001-15-160. Que el día veintitrés (23) de julio de 2021, el señor Alcalde JORGE ANDRES TC VAR FORERO, manifestó su impedimento para dirigir y coordinar los protocolos de biosegu idad establecidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil y aprobados por el Minister o de Salud, para los procedimientos de recolección de firmas o apoyos ciudadanos para efoctos de procesos de Revocatoria de Mandato. Que la Registraduría Municipal de Madrid Cundinamarca, envió vía correo electrónicD del catorce (14) de septiembre de 2021, al asesor de la Procuraduría Regionc I de Cundinamarca OTTO ARISTIZABAL TRIANA toda la documentación que radicó el i eñor Alcalde de Madrid Cundinamarca, JORGE ANDRÉS TOVAR FORERO, sobre el escri b del impedimento. Que la Registraduría Municipal de Madrid Cundinamarca, recibió solicitudes del : eñor ARMANDO LUGO MARTINEZ vía correo electrónico con fecha cuatro (04) y veintitré: (23) de agosto y veintidós (22) de noviembre de 2021 respectivamente, en las cuales ex Gresó "Quiero abstenerme de la recolección de apoyos amparado por ARTÍCULC 16.

de agosto y veintidós (22) de noviembre de 2021 respectivamente, en las cuales ex Gresó "Quiero abstenerme de la recolección de apoyos amparado por ARTÍCULC 16. Desistimiento, el cual lo trascribió", dando así respuesta mediante los radicados RMM 91026-104 del 18 de agosto de 2021 y RMM-910-26-152 del 15 de diciembre de 2021. Que el día once (11) de noviembre de 2021, se recibió vía correo electrónico del : eñor JESUS ANTONIO PARGA BOHORQUEZ Técnico Administrativo Dirección de GE stión Electoral la documentación para que se realizara la correspondiente notificación y en rega de formulario de recolección de apoyos al vocero de la Revocatoria mediante Decrete 1423 de 05 de noviembre de 2021 "por el cual designa alcalde ad hoc del municipio Madrid, departamento de Cundinamarca". Que el día tres (03) de enero de 2022, el señor ARMANDO LUGO MARTINEZ mee iante correo electrónico, manifestó la decisión de desistir de la iniciativa ciudadana denom nada "HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CON EL VERDA[ ERO PROGRESO QUE MERECE" identificada bajo radicado interno RM-2021-09-001-1f 160, en los siguientes términos: "(. . .) En atención a la inscripción de la Revocatoria del Mandato denominada "/-'ORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CON EL VERDAL ERO PROGRESO QUE MERECE" realizada ante la Registraduria Municipa/ del Estado Civil de Madrid, donde manifiesta DESISTIR." Que en virtud de lo anterior este Despacho,

RESUELVE

PROGRESO QUE MERECE" realizada ante la Registraduria Municipa/ del Estado Civil de Madrid, donde manifiesta DESISTIR." Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el DESISTIMIENTO de la iniciativa de origen ciudactano denominada "HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID COI EL VERDADERO PROGRESO QUE MERECE" identificada bajo radicado interno RM-, 02109-001-15-160, por el señor ARMANDO LUGO MARTINEZ en esta Registraduria Mun cipal el día once (11) de junio de 2021. Delegación de Cundinamarca - Municipio de Madrid Calle 7 No. 8 -16 Centro Comercial Los Pinos Local 51/52/53 Teléfonos: 8253622 - 8251101 -8250098 madridcundinamarca@registraduria.gov.co Somos XXI el sigloPorlacualseacepta e/desistimien to presentado pare/Comité Promotorde/alniciativa ciudadana de revocatoria del mandatodelalcalde de Madrid Cundin arca, denominada •HORA DE ACONDICIONAR NUESTRO QUERIDO MADRID CON EL VERDADERO PROGRESO QUE SE MERECE". con radicado No. RM-2021-09-001-15-160.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Públ co, al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduria Delegada en lo ElectoralDirecció de

Gestión Electoral.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

Dada en el Municipio de I\A::l""'11.,.-fififi=::::fifi torce (14) días del mes de en ro de 2022.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

Dada en el Municipio de I\A::l""'11.,.-fififi=::::fifi torce (14) días del mes de en ro de 2022.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y.

Delegación de Cundinama.rca - Murucipio de Mad.rid Calle 7 No. 8 -16 Centro Comercial Los Pinos Local 51/52/53 Teléfonos: 8253622 - 8251101 -8250098 madridcundinamarca@registraduria.gov.co Somos XXI el siglo

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