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RNEC - Resolución 001 del 14 de febrero de 2017 - Planadas, Tolima

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 001 del 14 de febrero de 2017 - Planadas, Tolima
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

REGISTRADURIA NACION/(L DEL ESTADO CIVIL

RESOLUCIÓN No. 001 DE 2017

(Febrero 14) Por la cual se reconoce el Promotor/ Vocero de una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE PLANADAS TOLIMA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y

CONSIDERANDO

Que el señor ROBER MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.731.374, actuando como ciudadano, el día 07 de Febrero de 2017, presentó ante la Registraduría Municipal de Planadas Tolima, la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato denominada ''por el respeto . . . sí a la revocatoria". Que en la solicitud se señalan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos:

NOMBRES Y APELLIDOS

1. ROBER MORA

2. DUVERLEY RAMIREZ QUINA

3. SARA LORENA MURCIA JIMENEZ

4. MELBA GISELLA VARGAS NARVAEZ

5. DIEGO FERNANDO CUBILLOS CESPEDES

CÉDULA DE CIUDADANÍA

7.731.374 14.280.610 52.528.686 1.109.415.598 14.192.174 Que en la solicitud se consigna como Vocero de la Iniciativa al señor ROBER MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.731.374. Que el Artículo 6° de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de

identificado con cédula de ciudadanía No. 7.731.374. Que el Artículo 6° de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra Revocatoria de Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor ROBER MORA el día 07 de Febrero de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Planadas Tolima la solicitud de inscripción de la Revocatoria de Mandato denominada ''por el respeto... sí a la revocatoria", allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos. Que la Registraduría Municipal de Planadas Tolima una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la 1 º" 17fi7 ,..1fi ">f'\-1 e ---- ,_ : ____ :_ -'fi_, - --- - - - . • , ..KEGISTRADURIA NACIOr,t\L DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 001 de 2017 Por la cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria de Mandato y se inscribe el Comité Promotor encontrando que la propuesta para la convocatoria a la Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "por el respeto ... sí a la revocatoria", se encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos.

Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos. Con el lleno de los requisitos y sin exceder el término de quince (15) días contados a partir de la solicitud de inscripción, la Registraduría del Estado Civil correspondiente notificará al Vocero de la iniciativa la Resolución por medio de la cual se reconoce al Vocero de la iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (. . .) Que el artículo 3º , parágrafo, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Verificación de los requisitos legales para la inscripción del promotor y/o Comité Promotor. El funcionario electoral deberá verificar que los ciudadanos que se pretenden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación -ANI." Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "por el respeto ... sí a la revocatoria"., cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "por el respeto ... sí a la revocatoria",al

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "por el respeto ... sí a la revocatoria",al

señor ROBER MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.731.374.

PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite ARTÍCULO TERCERO: Inscribir a los siguientes ciudadanos como integrantes del

Comité Promotor de la presente iniciativa así:

NOMBRES Y APELLIDOS

1. ROBER MORA

2. DUVERLEY RAMIREZ QUINA

3. SARA LORENA MURCIA JIMENEZ

4. MELBA GISELLA VARGAS NARVAEZ

5. DIEGO FERNANDO CUBILLOS CESPEDES

CÉDULA DE CIUDADANÍA

7.731.374 14.280.610 52.528.686 1.109.415.598 14.192.174KEGJSTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 001 de 2017 Por la cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria de Mandato y se inscribe el Comité Promotor ARTÍCULO CUARTO: A la Iniciativa Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada ''por el respeto ... sí a la revocatoria", se le asignará el consecutivo RM2017-09-001-29-089 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015. La presente Resolución rige a partir de su comunicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

2017-09-001-29-089 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015. La presente Resolución rige a partir de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Planadas Tolima a los catorce (14) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017). JUAN fifi LOS GOMEZ RIGUEZ Municipal del stado Civil adas-:- Tolima.

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