RNEC - Resolución 001 del 15 de enero de 2018 - Mosquera, Cundinamarca
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 001 del 15 de enero de 2018 - Mosquera, Cundinamarca
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2018
REGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 001 DE 2018
15 DE ENERO DE 2018
Por la cual se archiva una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato, cuyo promotor Nocero fue reconocido según resolución Número 010 del 31 de mayo de 2017 EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE MOSQUERA CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 1010 de 2000, la Ley Estatutaria 194 de 1994 y la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante resolución número 010 del 31 de mayo de 2017, proferida por el Registrador del Estado Civil de Mosquera - Cundinamarca, se reconoció al promotorNocero de una iniciativa para una revocatoria del Mandato. Que uno de los fines esenciales del Estado, señalados en el Artículo 2º de la Constitución Política es el de facilitar la participación de todos los ciudadanos que los afecten la vida política y administrativa. Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido y participar en elecciones. Plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democracia incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporaciones públicas y la revocatoria del mandato. Que vencido el plazo definitivo para la recolección de apoyos el 30 de noviembre de 2017, el promotor/ vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato del Municipio de Mosquera Cundinamarca, no presento los apoyos requeridos.
Que vencido el plazo definitivo para la recolección de apoyos el 30 de noviembre de 2017, el promotor/ vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato del Municipio de Mosquera Cundinamarca, no presento los apoyos requeridos. Que el artículo 11 de la ley 1757 de 2015, consagro que "al vencer el plazo para la recolección de apoyos, el promotor presentara los formularios debidamente diligenciados al registrador del estado civil correspondiente, vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número de apoyo requeridos, la propuesta será archivada". Que en consecuencia por lo anterior, se hace necesario adoptar un protocolo general para todas las dependencias que deben actuar al interior de la Registraduría del estado civil, de manera que la actuación frente al archivo de una iniciativa ciudadana; siempre y cuando teniendo como referencia el cumplimiento de la ley y la mejor atención que pretendan ejercer el derecho a la participación atreves de estos mecanismo. Que en mérito de lo anterior este despachoREGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 001 de 2018 Por la cual se archiva la revocatoria de Mandato RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa para una revocatoria de mandato cuyo promotor fue reconocido mediante resolución 010 del 31 de mayo de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se notificara del presente acto administrativo al señor JUAN CARLOS GIL BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No.79.189.333 promotor/vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato reconocido mediante resolución 010 del 31 de mayo de 2017.
CARLOS GIL BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No.79.189.333 promotor/vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato reconocido mediante resolución 010 del 31 de mayo de 2017.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Mosquera a los quince (15) días de Enero de 2018.
JUAN CARLOS MORENO VELOZA
Registrador Municipal del Estado Civil Mosquera - Cundinamarca