RNEC - Resolución 001 del 16 de febrero de 2017 - Villarrica, Tolima
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 001 del 16 de febrero de 2017 - Villarrica, Tolima
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
m ,
REGISTRADIJRL\ MCJOftAI. DD.mlllDO ava.
RESOWCIÓN No 001 DE 2017 ( Febtem 18 ) Por 18 cual se ffKXXIOC9 el Promotor I Vocero de una lnicialilla pa,a una Revocatoria de Mandato EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CML En uso de sus a1ribuclones legales y en especial las que le confiere el Oecteto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que la senara LUZ ELENA SICACHA CRUZ, identificada con cédula de ciudadania No. 28.995.138, actuando como ciudadano, el 10 de FEBRERO de 2017, presentó anle la Regislraduña Municipal de Villarrica la solicitud de insaipción de una iniciativa ciudadana para adela,_ la Revocatoña del Mandato denominada "VILLARRICA ES DE TODOS Y LO PÓBUCO ES SAGRADO" Que en la solicitud se sellalan como inlegranles del Comité Promotor a los siguienles ciudadanos:
NOIERESYAPEWDOS
1. LUZ ELENA SICACHA CRUZ
2. FERNANDO DIAZ GOMEZ
3. JOSE EVEUO BOBAOILLA
4. NELIOA SALLEN SIERRA
5. JENNY CAMARGO VARGAS
6. JAVIER ORLANDO MONTILLA ORTIZ
7. NELSON CAPERA SUSUNAGA
8. YURY PAOLA REYES GOMEZ
CÉDULA DE CIUDADANIA
28.995.138 6.033.947 6.030.309 28.994.064 28.995.118 6.031.850 6.030.843
8. YURY PAOLA REYES GOMEZ
CÉDULA DE CIUDADANIA
28.995.138 6.033.947 6.030.309 28.994.064 28.995.118 6.031.850 6.030.843 65.589.403 Que en la solicitud se consigna como Vocero de la Iniciativa a la senora LUZ ELENA SICACHA CRUZ, identificado con cédula de ciudadanla No. 28.995.138. Que el Articulo 6" de la Ley 1757 de 2015 sellala los requisitos para la inscril)ci6n de mecanismos de partk:ipación ciudadana, -.i los cuales se encuenlra Revocatoria de Mandato, estableciendo que para la insaipción el Promotor o Comité Promotor deberá diigenciar el fonnulaño disellado por la Regls1radurfa Nacional del Eslado Civil. Que la se/lora LUZ ELENA SICACHA CRUZ el 10 de FEBRERO de 2017, al momento de presentar 81118 la RegisÍradurfa Municipal de Villarrica la solicitud de inscripción de la Revocatoria de Mandato denominada "V/1.lARRICA ES DE TODOS Y LO PUBUCO ES SAGRADO", allego el citado fonnulario, así corno también -,có la exposición de motiws.Q!;%.fi """i'.'...- , REGISTBADUIUA MCIOMI.Da. m'IJIIDOOWL fifiIOÓl'-Ho. 001 de -..018de2017 Por,_ORl•IIOCll1IOteJ fidt..-fid&........,y•i.a1b&e1Cm.MAot ,IOfOt< que la propuesla para la convocamña a la Revocatoria de Mandato de Origen
Por,_ORl•IIOCll1IOteJ fidt..-fid&........,y•i.a1b&e1Cm.MAot ,IOfOt< que la propuesla para la convocamña a la Revocatoria de Mandato de Origen Crudadano denominada "VILLARRICA ES DE 7000S Y LO Pú8LJCO ES SAGRADO: se encuentra ajustada a la Ley. Que el articulo s• de la R890ludón No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Regis1rador Nacional del Estado Civil, sel\ala: •- de tn,,,:rfpdón del Pro,-ro,t o Com#N-) ·"'-del-- de Recoleccl<)n •Apo-- Con"' lleno de los n,q,:ásilo$ y $in exceder t/1 lllnnino de r¡c,i,ce (15) d/as ..,,-. • pet1ir de la '10liooxJ de fi. lafi del Es/ado CM/fi notiticanl al Vocert> de la iniciaflva la Resolución por,_ de la cual se 18C0110Ce al Vocero de la 1n1cietiva y la fi Promotor o Coml'é Promolor, ( ... } Que el articulo 3•, parágrafo. de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Regis1rador Nacional del Estado Civil, sel\ala: "Verlfic«l6n de loa ,.,,.,..,. ,.,,_ ,-. la /nsc:rlpcldn del ,,,_ y/o ComH6 -IOID,-. El funcionario lll&ctora/ deber(J "9<#icarque losfi que.., preCOMlitur como p,omotr,res de la inicialiva, aon fi en ej,Hr;lcio y que la lnloonación regi$tT9da en allll&ctora/ deber(J "9<#icarque losfi que.., preCOMlitur como p,omotr,res de la inicialiva, aon fi en ej,Hr;lcio y que la lnloonación regi$tT9da en alcom,sponcJe •losfi y fNimem de ltfenti6caci6n que se encuenlntn en la base de delos del At,;M,o NIICionl# de /denlificecl6n -ANI. • Que en virtud de lo anterior este Oespacllo, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Declarar que la Rewcatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "VILLARRICA ES DE TODOS Y LO PÜBL/CO ES SAGRADO: cumple con el lleno de 106 requisitos legales establecidos en la Ley Estalutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTicULO SEGUNDO: Reconocer como Voee,o de la ir.ciativa Rewcatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "VILLARRICA ES DE 7000S Y LO PÜBUCO ES SAGRADOfi a la se/lora LUZ ELENA SICACHA CRUZ, identificada con cédula de ciudadanla No. 28.995.138
PARÁGRAFO: Para todos los efeclos legales, el wcero de la lriciativa, será el responsab4e de tas actividades administrativas, financieras, de campana de la iniciativa, as/ como de la vocerfa duranle el prese, m llémile ARTlcULO TERCERO: lr1$Cribir a los siguienles ciudadanos como inlegranles del
Corni1é PromotD< de la presente iri<:iativa así:
NOMBRES Y APELLIDOS
1. LUZ ELENA SICACHA CRUZ
ARTlcULO TERCERO: lr1$Cribir a los siguienles ciudadanos como inlegranles del
Corni1é PromotD< de la presente iri<:iativa así:
NOMBRES Y APELLIDOS
1. LUZ ELENA SICACHA CRUZ
2. FERNANDO DIAZ GOMEZ
3. JOSE EVELIO BOBAOILLA
4. NELIOA SALLEN SIERRA
CéDULA DE CIUDADAHÍA
28.995.138 6.033.947 6.030.309 ?A OQA nAAIIBGISl1W>UIÚA MCJOIW. mL ISIIIDO Ol1II. fi fidóP No.. 001 dt flebl"ero 16da 2011 Por•OJlll •....:U.OC..-' VOC/lel'Odt-Aa0Cl8IMS • .......,,, ...... Comilif fi
6. JAVIER ORLANDO MONTILLA ORTIZ
7. NELSON CAPERA SUSUNAGA
8. YURY PAOLA REYES GOMEZ
6.031.850 6.030.843 65.589,40 3
ARTICULO CUARTO: A la Iniciativa Rewcatoria de Mandato de Otigen Ciudadano denominada "VILJ..ARRICA ES DE TODOS Y LO PÜBLJCO ES SAGRADO•. se le asignará el con&ealtiYo RM-2017-09-001-29-127 de 2017, de confonnidad con el articulo 1° de la Ley 1757 de 2015.
La presente Resolución rige a partir de su comunicaá6n. COIIUMQUESE Y CÚIIIPI.ASE °""8 en Vlllanica a loo diacis6ls (16) días del .-de - de 2016
AL.VAAOAJ..fi fiV1U.ARREAL
COIIUMQUESE Y CÚIIIPI.ASE °""8 en Vlllanica a loo diacis6ls (16) días del .-de - de 2016 AL.VAAOAJ..fi fiV1U.ARREAL "-91atraclo, Munlclpal del Eatado Clvtl VI .. ,k.a • Tmlma.