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RNEC - Resolución 001 del 2 de marzo de 2017 - Ituango, Antioquia

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 001 del 2 de marzo de 2017 - Ituango, Antioquia
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

RESOLUCIÓN No. 2017

Por la cual se reconoce el Vocero de una lnícía "v I ra una Revocatoria de Mandato y se inscribe el Comí • r, motor EL REGISTRADOR MUNICIP L L ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especi 11 1 que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1 41

CONSIDERA

1 Que el señor DIEGO ALEXANDER PALACI Z PATA, identificado con cédufa de ciudadanía No. 70.581.184, actuando como c ud fiano, el 13 de Febrero de 2017, presentó ante la Registraduria Municipal de ltua g , fintioquia, fa solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la e o atoria del Mandato denominada "

POR LA DIGNIDAD DE ITUANGO".

Que en la solicitud se señalan como integrante ciudadanos:

NOMBRES Y APELLIDOS

1. DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA

2. VICTOR HUGO RESTREPO ROLDAN

3. CESAR DE JESUS MIRA SUCERQUIA

4. SANTIAGO ESPINOSA GONZALEZ

5. LLULDER ALONSO PEREZ ESPINAL el Comité Promotor a los siguientes

CÉDULA DE CIUDADANÍA

70.581.184 70.577.189 70.125.147 3.506.112 70.579.646 Que en la solicitud se consigna como Voc ro e la Iniciativa al señor DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA, identifi a o con cédula de ciudadanía No. 70.581.184.

3.506.112 70.579.646 Que en la solicitud se consigna como Voc ro e la Iniciativa al señor DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA, identifi a o con cédula de ciudadanía No. 70.581.184. Que el Artículo 6° de la Ley 1757 de 2015 señ la Jo requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre I s urles se encuentra Revocatoria de Mandato, estableciendo que para ta inscripción I r0motor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registrad rí tacional del Estado Civil. Que el señor DIEGO ALEXANOER PALACIO A ATA el 13 de Febrero de 2017, al momento de presentar ante la Registra9uria Mun ci al de ltuango, Antioquia, la solicitud de inscripción de la Revocatoria de Mandato d n nbinada ª POR LA DIGNIDAD DE ITUANGO", allego el citado formulario, así c ambién anexó la exposición de motivos. Que la Registraduria Municipal de ltuango, Anti q ia, una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la si· n de los requisitos exigidos en laContinuación Resolución No.001 De 2017 Por la cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria I nq/ato y se inscribe el Comité Promotor Ley 1757 de 2015 para la inscripción de m e niLmos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la conv a of a a la Revocatoria de Mandato denominada "POR LA DIGNIDAD DE ITUANG " e encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 el de junio de 2016, expedida por el

denominada "POR LA DIGNIDAD DE ITUANG " e encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 el de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: " es / ción de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de R o e ción de Apoyos. Con el lleno de los requisitos y sin exceder el término de quince (15) d1 contados a partir de la solicitud de inscripción, la Registraduría del Estado Civil corresp n ie te notificará al Vocero de la iniciativa la Resolución por medio de la cual se reconoce al V c ro de la iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, ( .. .) Que el artículo 3º, parágrafo, de la Resoluci n N . 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Est d ivil, señala: «verificación de los requisitos legales para la inscripción del prom to y/o Comité Promotor. El funcionario electoral deberé verificar que los ciudadanos que se r, ehden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la in o j tmación registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificaci • n e se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación - ANI." Que aunque la solicitud de la Revocatoria del M n a i to es presentada por un ciudadano, se pretende inscribir un Comité Promotor y or t • nto, cabe señalar que según el Parágrafo del Articulo 5 de la Ley 1757 de 20 5 " ara todos los efectos legales, el vocero del comité promotor será el responsa le e las actividades administrativas,

Parágrafo del Articulo 5 de la Ley 1757 de 20 5 " ara todos los efectos legales, el vocero del comité promotor será el responsa le e las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa popul r eíislatíva o normativa, así como la vocerla durante el trámite del referendo, la cons lt p pu/ar de origen ciudadano o de la revocatoria del mandato" Que en virtud de lo anterior este Despacho, ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la Revocat DIGNIDAD DE iTUANGO': cumple con el lleno la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015. e Mandato denominada "POR LA requisitos legales establecidos en ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vo e o de la iniciativa Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "P A DIGNIDAD DE ITUANGO': al señor DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA i efitificado con cédula de ciudadanía No. 71.581.184.

PARÁGRAFO: Para todos los efectos legale , 1 vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, fi a 1 ·eras, de campaña de la iniciativa, asi como de la vocería durante el presente trámit ARTÍCULO TERCERO: Inscribir a los siguien e iudadanos como integrantes del Comité Promotor de ta presente iniciativa así:Continuación Resolución No,001 De 2017

Por la cual se reconoce el Vocero da una Revocatoria

NOMBRES Y APELLIDOS

1. DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA

2. VICTOR HUGO RESTREPO ROLDAN

3. CESAR DE JESUS MIRA SUCERQUIA

Por la cual se reconoce el Vocero da una Revocatoria

NOMBRES Y APELLIDOS

1. DIEGO ALEXANDER PALACIO ZAPATA

2. VICTOR HUGO RESTREPO ROLDAN

3. CESAR DE JESUS MIRA SUCERQUIA

4. SANTIAGO ESPINOSA GONZALEZ

5. LLULDER ALONSO PEREZ ESPINAL

CÉDULA DE CIUDADANÍA

70.581.184 70.577.189 70.125.147 3.506.112 70.579.646

ARTÍCULO CUARTO: A la Iniciativa Revocato ia dt Mandato denominada "POR LA DIGNIDAD DE ITUANGO': se le asignará el c n tutivo RM-2017-09-001-01-154 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Le 1 5

I de 2015. La presente Resolución rige a partir de su cornu ic cJ ón. COMUNIQUESE Y Dada en ltuango, Antioquia a los 02 Marzo de 2017 DIEGO A1,,.liefr0 LETA Regist o Civil ltuango, A

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