RNEC - Resolución 001 del 27 de enero de 2017 -Zambrano, Bolivar
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 001 del 27 de enero de 2017 -Zambrano, Bolivar
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
'í : 1 i .• - . • •. . j Por,la cuai se reconfi¿e fiI Prdmotbt /2 Vocero de una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato • . ·. • fi :
- EL REGlfiSTfiAfiO:R MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuci.ion·es lega lefi i¡ firi especial las que· le confiere el Decreto 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 d·e f994, y l • _' : : fi , . -- .j fi ._ :¡: ' ' • CONSIDERANDO: Que el señof CESAR ALBERTO BOLIVAR FERNANDEZ, identificado con cédula de ciudadanía
No.9.079.187' de Cartagena -· Bolívar;, actuando como ciudadano, el 10 de ENERO de 2017, presentó· ante la Registraduría Municipal de Zambrano - Bolívar la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato denominada: "REVOCATORIA DE
MANDATO DE ALCALDE MUNICIPAL".
Que en la solicitud se señalan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos: NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA 1 f r; '.; 1. \, CESAR ALBERTO BOLIVAR HERNANDEZ 2. • ' JOSE ALFREDO RIOS OCHOA
3,. 'JIMrvi'Y JOSE CRUZATE RAMIREZ 4, ,MARIA ELOISA RIOS VASQUEZ 5. . : HOfVlER ENRIQUE ARAUJO ACUÑA .
6. ; HÉLMER ALFONSO OCHOA OCHOA
4, ,MARIA ELOISA RIOS VASQUEZ 5. . : HOfVlER ENRIQUE ARAUJO ACUÑA .
6. ; HÉLMER ALFONSO OCHOA OCHOA 7. ;ALVARO ANTONIO CHARRl;S:BARRIOS
8. . EDGAR ALFONSO SUAREZ RODRIGUEZ
9.079.187 4.032.068 73.375.805 1.049.347.566 73.557.757 3.831.739 73.376.689 4.032.349 Que en¡ la. solicitud se consigna cdmo Vocefio de la Iniciativa al señor CESAR ALBERTO BOLIVA.R FERNANDEZ, identificado, con cédula de ciudadanía No. 9.079.787 de CartagenaBolívar. Que el Artículo 6° de la ·Ley 175? de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los q:uales se encuentra Revocatoria de Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o, Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la ·Registráduría Nacional del Estado Civil. '1 Que el; :señor CESAR ALBERTO B,OLIVAR FERNANDEZ , el 10 de ENERO de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal de Zambrano - Bolívar la solicitud de inscripcion de la Revocatoria de Mandato denominada "REVOCATORIA DE MANDA TO DE ALCALDE MUNICIPAL", allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos.: ' ' ' Que la Registraduría Municipal de Za.mbrano - Bolívar una vez radicada la solitud de inscripción
ALCALDE MUNICIPAL", allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos.: ' ' ' Que la Registraduría Municipal de Za.mbrano - Bolívar una vez radicada la solitud de inscripción por partfi del Promotor, procedió a la, revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de ,participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la convotator¡'a a la Revocatoria de Mkndato de Origen Ciudadano denominada "REVOCATORIA DE fV!ANDATO DE ALCALDE MUNICIPAL", se encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del ; Estado Civil, señala: "Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos. Con el lleno de los requisitos y sin exceder él término de quince (15) días contados a· partir de. la solicitud de inscripción, la i ''• '' . : , RBGISTRADUKIA NAqONAL DEL ESTADO CIVIL ·: fi . .. • , . : cfintinuación Re\01uciófi'.fio.: 001 DEL 27 DE ENERO DEL 2017
Por la cuaJ: se reconoce el Vocero de úria,.Consulta Popular de Origen Ciudadano y se inscribe el Comité Promotor :; • ; fi • •,: l l Registra_duría. del Estado Civilficorrefipondie11te notificará al Vocero de la iniciativa la Resolución por medio de ta; cuai se reconoce al Vobero de la iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (, .) _·. fi •
por medio de ta; cuai se reconoce al Vobero de la iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (, .) _·. fi • Que el firtículo fiº , parágrafo,: fie la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Na9ional del Esta'.do C1vii, señ'ala: "Verificación de los requisitos legales para la inscripción deÍ prOmotor ylo;;comité Promotor. El funcionario electoral deberá verificar que los ciudadanos q'ue se • pretenden constituir cómo promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación - ANI." ' ' Que en virtfid de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada: "REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE MUNICIPAL", cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Recdnocer como Vocero de la iniciativa Revocatoria de Mandato de
Origen Ciudfidano denominada "REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE MUNICIPAL",al señor CESAR ALBERTO BOLIVAR FERNANDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.079.787 de Cartagena - Bolívar.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas,, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas,, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
ARTÍCÜLO TERCERO: A la Iniciativa Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE MUNICIPAL", se le asignará el consecutivo RM2017-09-001-05-127 del 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015.
ARTICULO CUARTO : Una vez entregado el formulario al vocero promotor de la iniciativa de la revocatoria· de mandato origen ciudadano denominado "REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE _MUNICIPAL", cuet)fa con seis (6) meses para recolección de firmas de quienes apoya la iniciativa de cnnformidad con el art .10 de la ley 1757 del 2015.
La presfinté Resolución rige a partir dé su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada eh Zambrano - Bolívar, a los veintis'iete fi ::J ías de s de enero de dos mil diecisiete (2017) • \ fi _ ' ' 1 ' Registrador Mufi¡cipal del Estado Civil Zambr3ro - Bolívar ' '