RNEC - Resolución 001 del 6 de enero de 2023, Purificación - Tolima
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 001 del 6 de enero de 2023, Purificación - Tolima
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
REGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUCIÓN No. 001 DE 2023 (06 DE ENERO 2023) Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero y comité promotor de la iniciativa ciudadana para promover la Revocatoria del Mandato del Alcalde Municipal de Purificación - Tolima denominada "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN" radicada bajo el consecutivo RM-2022-09-001-29-094. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DEL MUNICIPIO DE PURIFICACION - TOLIMA, En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que, el señor HENRY VILLARRAGA OLIVEROS identificado con cédula de ciudadanía No. 93.200.205 de Purificación, actuando como Vocero en nombre del Comité Promotor del Mecanismo de Participación Ciudadana Revocatoria del Mandato denominada: "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN" conforme lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, el 24 de Enero de 2022, inscribió ante el Registrador Municipal del Estado Civil del Municipio de PurificaciónTolima, el comité promotor para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática. Que mediante resolución 002 del 24 de enero de 2022, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos constitucionales y legales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor HENRY VILLARRAGA OLIVEROS identificado con cédula de ciudadanía No.
lleno de los requisitos constitucionales y legales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor HENRY VILLARRAGA OLIVEROS identificado con cédula de ciudadanía No. 93.200.205 de Purificación y a los miembros del comité promotor:
No. NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA DE
CIUDADANÍA
1 JORGE ENRIQUE GARCIA GARCIA 19.330.172
2 CARLOS FERNANDO VILLARRAGA
FLOREZ 93.206.667
3 HENRY FABRICIO TOVAR ALVAREZ 1.106.396.427
4 MARIO CABALLERO OSPINA 93.202.914, REGISTRAD URJA NACIONAL DEL ES'DlDO CML Continuación Resolución No. 001 de 06 de enero de 2023 Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero y comité promotor de la iniciativa ciudadana para promover la Revocatoria del Mandato del Alcalde Municipal de Purificación - To/ima denominada "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN" radicada bajo el consecutivo RM-2022-09-001-29-094. Que a la solicitud de Mecanismo de Participación Democrática denominada "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN' le fue asignado el número de Radicado RM-2022-09-001-29-094. Que el 08 de julio de 2022, el Registrador Municipal del Estado Civil del Muficipio de Purificación - Tolima, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Comité Promotor del Mecanismo.
Purificación - Tolima, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Comité Promotor del Mecanismo. Que, el 27 de diciembre de 2022 fue entregado en la oficina de la Registraduria del Estado Civil de Purificacion un escrito que consta de dos folios firmado tanto por el vocero como por el total de los miembros del Comité Promotor del mecanismo de Participación Ciudadana de la revocatoria del mandato denominado: "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN', donde manifiestan el desistimiento del proceso de revocatoria del mandato del Alcalde municipal de Purificacion - Tolima, adjuntando los formularios MPFT05 con los apoyos recolectados para un total de ochenta y dos (82) folios. Que, el artículo 16 de la Ley 1757 de 2015 determinó el procedimiento para el conteo de los apoyos recaudados por el vocero así: (. . .) Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduría efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalará el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo. Para completar el número de apoyos ciudadanos faltantes a la fecha, el nuevo comité promotor dispondrá de lo que restaba del plazo, contado a partir del momento en que se haya registrado el desistimiento. (. . .) Que el numeral 14.3.1. de la Sentencia C-150 del abril 8 de 2015 mediante el cual
comité promotor dispondrá de lo que restaba del plazo, contado a partir del momento en que se haya registrado el desistimiento. (. . .) Que el numeral 14.3.1. de la Sentencia C-150 del abril 8 de 2015 mediante el cual declaró la exequibilidad condicionada del parágrafo 1 del artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, determinó un periodo para los tramites y de votación en la revocatoria del mandato, así: (. . .) El parágrafo 1° del artfculo 6 del proyecto establece que podrán inscribirse iniciativas para la revocatoria siempre que hayan transcurrido doce meses contados desde el momento de la posesió:7 del alcalde o fiob_ernador y no faltare menos de un año para la finalización del resp:3ct!vo periodo constllucJOnal: La Corte encontró que la segunda restricción temporal deb1a mt!rpretars_e e!' el sentido de que, a partir de la entrada en vigencia de la Ley Estatutana, en nmgun caso proceden trámites ni votaciones para la revocatoria del mandato en el último año del período correspondiente. ( .. .)., KEGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 001 de 06 de enero de 2023 Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero y comité promotor de la iniciativa ciudadana para promover la Revocatoria del Mandato del Alcalde Municipal de Purificación - Tolima denominada "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACIÓN" radicada bajo el consecutivo RM-2022-09-001-29-094. Que, en virtud de lo anterior este despacho.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la iniciativa ciudadana radicada
PURIFICACIÓN" radicada bajo el consecutivo RM-2022-09-001-29-094. Que, en virtud de lo anterior este despacho.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la iniciativa ciudadana radicada bajo el radicado RM-2022-09-001-29-094, para promover la Revficatoria del Mandato
denominada "PROTEJAMOS LOS RECURSOS DE PURIFICACION".
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la ciudadanía que el vocero de la iniciativa aporto los formularios MPFT05 con los apoyos recolectados para un total de ochenta y dos (82) folios, sin embargo, no se procede al inciso segundo del artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, acatando lo ordenado por la Corte Constitucional en el numeral 14.3.1. de la Sentencia C-150 del abril 8 de 2015, pues faltando menos de 12 meses de terminación del periodo constitucional no se podrá adelantar tramites en el mecanismo de revocatoria.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar el presente acto administrativo al señor HENRY VILLARRAGA OLIVEROS identificado con cédula de ciudadanía No.93.200.205.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Delegada en lo Electoral - Dirección
de Gestión Electoral.
ARTÍCULO QUINTO: Enviar copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para su publicación en la página web de la Entidad.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para su publicación en la página web de la Entidad.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Purificación - Tolima, a los seis (06) días del es de enero de 2023.