RNEC - Resolución 002 del 11 de agosto de 2017 - Altos de Rosario, Bolivar
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 002 del 11 de agosto de 2017 - Altos de Rosario, Bolivar
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
,
REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 002 DE 2017 (11-08-2017) Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentado por el Comité / vocero Promotor de la Revocatoria del Mandato del Alcalde del Municipio de Altos del Rosario con radicado No.RM-2017-09-001-05-006 EL REGISTRADOR MUNICIPAL DE AL TOS DEL ROSARIO En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O del año 2000, y ley 1757 del 2015 y CONSIDERANDO Que el día 11 de julio 2017 el señor LUIS ALBERTO VASQUEZ MOLANO identificado con CC No. 80.859.945 , radicó en la Registraduría Municipal de Altos del Rosario, el formulario de inscripción y los demás requisitos legales para ser reconocido como vocero de una iniciativa de revocatoria del mandato del Alcalde municipal. Que el 14 de julio de 2017, se reconoció al solicitante como vocero de la iniciativa No. RM-2017-09-001-05-006. mediante Resolución No. 001 14 de julio de 2017; y en el día 17 de julio de 2017, se le hizo entrega al vocero del respectivo formulario de recolección de apoyos elaborado por la Registraduria Nacional del Estado Civil. Que de conformidad con el artículo 1 O de la Ley 1757, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para la disponer con el debido número de firmas.
Que de conformidad con el artículo 1 O de la Ley 1757, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para la disponer con el debido número de firmas. Que el 10 agosto de 2017, dentro del plazo legal de los seis (6) meses, el señor LUIS ALBERTO VASQUEZ MOLANO, informó la decisión de desistir de la iniciativa ciudadana presentada y entregó 128 formularios de recolección de apoyos que dicen contener 1432 firmas que hasta ese momento fueron diligenciados por los ciudadanos. Que dando cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, "Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduría efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalará el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo con todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo."; se procedió a realizar el respectivo conteo de las firmas entregadas por el vocero de la iniciativa dando como resultado que hasta 9 agosto de 2017 habían suscrito 1432 apoyos ciudadanos contenidas en 128 folios. Que debido a la naturaleza de la revocatoria del mandato y el total de votos validos para la elección del Sr Jacinto Rodríguez Ardila Alcalde del municipio de Altos del Rosario la cantidad de apoyos a recolectar es de 829 Según el formulario E-26. En este entendido, y teniendo en cuenta que las firmas hasta ahora recolectadas no han sido objeto de verificación y validación sino tan solo contabilizadas.REGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CML
y teniendo en cuenta que las firmas hasta ahora recolectadas no han sido objeto de verificación y validación sino tan solo contabilizadas.REGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CML Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentada por el desistimiento presentado por el Comité Promotor de la Revocatoria del Mandato del Alcalde del Municipio de Altos del Rosario - Bolivar con radicado
No. RM-2017-09-001-05-006
En mérito de lo expuesto, RESUELVE: . ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la Revocatoria del Mandato de Origen Ciudadano denominada "PARA DEJAR DE CREER SI A LA REVOCATORIA", radicada bajo el No. RM-2017-09-001-05-006., por el señor LUIS ALBERTO VASQUEZ M_OLANO en esta Registraduría Municipal el día 1 O de agosto de 2017
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la ciudadanía que el número de apoyos recoletados a la fecha del desistimiento y entregados en esta Registraduria fueron 1432 en 128 folios.
ARTÍCULO TERCERO: Señalar como plazo para que un nuevo comité de promotores se inscriba con el cumplimento de todos los requisitos en los término que esta contemplados en el art 16 de la ley estatutaria no. 1757 del 6 de julio 2015 a partir de la publicación de esta resolución.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Altos del Rosario Bolívar, a los 11 días del mes de Agosto de 2017
-fi\.fiNfi CfiM Cfi ILIANA DEL CARMEN CABARCAS CASTRO
Registrador Municipal del Estado Civil
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Altos del Rosario Bolívar, a los 11 días del mes de Agosto de 2017
-fi\.fiNfi CfiM Cfi ILIANA DEL CARMEN CABARCAS CASTRO
Registrador Municipal del Estado Civil