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RNEC - Resolución 002 del 11 de agosto de 2017 - Santa Rosa del Sur, Bolivar

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 002 del 11 de agosto de 2017 - Santa Rosa del Sur, Bolivar
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

,, REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUC ION No. 002 DE 2017 (1 1 de Agosto de 2017) "Por medio de la cual se da cumplimiento al Artículo 16 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentado por el Promotor de la Revocatoria de Ma ndato en el municipio de Santa Rosa del Sur, Departamento de Bolívar, con Radicado Nº RM -2017-09-001-05-095" EL REG IS TRADOR MUNIC IPAL DEL ESTADO CI VIL DE SANTA ROSA DEL SUR, BOLIVAR, En uso de sus atribuciones contitucionales y legales, y en especial las que le confiere el Art. 266 de la Constitución Política, el Art. 26 numeral 2 del Decreto - Ley 2241 de 1986 y el Art. 25 del Decreto - Ley 101 O de 2000, y, C O N S I D E R A N D O: Que el día 19 de enero de 2017, el señor HECTOR HIDEL AMAYA FERRUCHO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19'870.017, radicó en la Registraduría Municipal de Santa Rosa del Sur - Bolívar, el formulario de Inscripción y demás requisitos legales para ser reconocido como promotor de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato al Alcalde Municipal de Santa Rosa del Sur - Bolívar, denominada

"REVOCATORIA DEL MANDATO AL ALCALDE DE SANTA ROSA DEL SUR

- BOLIVAR".

Que el día diez (1 O) de Febrero de 2017, mediante la Resolución No. 001 de la misma, se reconoció al solicitante como promotor de la iniciativa RM-

- BOLIVAR".

Que el día diez (1 O) de Febrero de 2017, mediante la Resolución No. 001 de la misma, se reconoció al solicitante como promotor de la iniciativa RM2017-09-01-05-095 y se le hizo entrega de del respectivo formulario para la recolección de apoyos elaborado por la Registraduria Nacional del Estado Civil. Registraduría Municipal del Estado Civil Carrera .1 2 No.8-20 Barrio Centro, 5697015 - 5697330 Santa Rosa del Sur -Bolívar - www.registraduria.gov ,co "Colombia es democracia, Registraduría su garantía"/ REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUCION No. 002 DE 2017 (1 1 de Agosto de 2017) "Por medio de la cual se da cumplimiento al Artículo 16 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentado por el Promotor de la Revocatoria de Mandato en el municipio de Santa Rosa del Sur, Departamento de Bolívar, con Radicado Nº RM-2017-09-001-05-095" Que de conformidad con el Artículo 1 O de la Ley 1757 de 2015, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para disponer con el número de firmas. Que el 11 de Agosto de 2017, el señor HECTOR HIDEL AMAYA FERRUCHO, identificado con la Cédula 19.870.017 presentó mediante escrito la decisión de desistir de la iniciativa ciudadana inscrita y entregó veintiún (21) formularios de recolección de apoyos, manifestando bajo la gravedad de juramento que en los mismos solo se recolectaron doscientos

escrito la decisión de desistir de la iniciativa ciudadana inscrita y entregó veintiún (21) formularios de recolección de apoyos, manifestando bajo la gravedad de juramento que en los mismos solo se recolectaron doscientos noventa y dos (292) firmas de apoyo de apoyo a tal iniciativa. El Art. 16 de la Ley 1757 de 2015, determina que "Dentro de los cuarenta y cinco dias siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduría efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalará el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo con todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo. Para completar el número de apoyos ciudadanos faltantes a la fecha, el nuevo comité promotor dispondrá de lo que le restaba del plazo, contado a partir del momento en que se haya registrado el desistimiento." De acuerdo a lo manifestado por el señor: HECTOR HIDEL AMAYA FERRUCHO, a la fecha del desistimiento sólo se recolectaron docientos noventa y dos (292) firmas de apoyo a tal iniciativa, las cuales serán enviadas a la Dirección Nacional de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en la cantidad de veintiún (21) formularios de recolección de apoyos devueltos en el día de hoy por el promotor a ésta Registraduría Municipal. Que debido a la naturaleza territorial de la Revocatoria del Mandato se requiere recoger el apoyo de un número de ciudadanos que hagan parte del Censo Electoral territorial respectivo de al menos el treinta por ciento (30%) de los votos obtenidos por el elegido que para el caso serían un mil

requiere recoger el apoyo de un número de ciudadanos que hagan parte del Censo Electoral territorial respectivo de al menos el treinta por ciento (30%) de los votos obtenidos por el elegido que para el caso serían un mil cuatrocientos treinta y ocho (1.438) apoyos. Registraduría Municipal del Estado Civil Carrera .1 2 No.8-20 Barrio Centro, 5697015 - 5697330 Santa Rosa del Sur -Bolívar - www.registraduria.gov.cQ "Colombia es democracia, Registraduría su garantía".. ,,. REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUCION No. 002 DE 2017 (11 de Agosto de 2017) "Por medio de la cual se da cumplimiento al Artículo 16 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentado por el Promotor de la Revocatoria de Mandato en el municipio de Santa Rosa del Sur, Departamento de Bolívar, con Radicado Nº RM-2017-09-001-05-095" En mérito de lo anteriormente expuesto, RE SU EL VE : ARTICULO PR IM ERO.- Aceptar el desistimiento de la iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato al Alcalde Municipal de Santa Rosa del Sur - Bolívar, denominada "REVOCATORIA DE MANDATO AL ALCALDE DE SA NTA ROSA DEL SUR - BOLIVAR" Radicada bajo No. RM2017-09-01-05-095 y presentada por el señor HECTOR HIDEL AMAYA

FERRUCHO.

ARTICULO SEGUNDO.- Enviar a la Dirección Nacional de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los veintiún (21) formularios que contienen las docientas noventa y dos (292) firmas de apoyo a la

FERRUCHO.

ARTICULO SEGUNDO.- Enviar a la Dirección Nacional de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los veintiún (21) formularios que contienen las docientas noventa y dos (292) firmas de apoyo a la iniciativa ciudadana recogidas por el promotor de la iniciativa, para lo de su competencia. ARTICULO TERC ERO.- La presente Resolución será publicada mediante edicto durante el tiempo de referencia del Artículo anterior. CO MUNIQ UESE Y CU MPLASE Dada en Santa Rosa del SurBolívar a los Once (11) días del mes de Agosoto de dos mil diecisiete (2017). fi LUZ ;!

A NS AVILA

Registrador uncipal del Estado Civil Sant Rosa del Sur, Bolívar Registraduría Municipal del Estado Civil Carrera .1 2 No.8-20 Barrio Centro, 5697015 - 5697330 Santa Rosa del Sur -Bolívar - www.registraduria.gov .co "Colombia es democracia, Registraduría su garantía"

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