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RNEC - Resolución 002 del 23 de abril de 2021 Isnos Huila

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 002 del 23 de abril de 2021 Isnos Huila
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2021

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

RESOLUCION No. 002

(abril 23 de 2021) "Por medio de la cual se resuelve el desistimiento, presentado por el vocero de la revocatoria de la alcaldesa municipal de lsnos, Huila, "POR UN ISNOS PARA

TODOS REVOCATORIA DEL MANDATO DE GABY ANGELIT A ÑAÑEZ

RODRIGUEZ".

EL REGISTRADOR DEL ESTADO CIVIL DE ISNOS HUILA, En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1010 de 2000, y las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015, y.

C O N S I D E R A N D O: Que mediante Resolución 001 de marzo 09 de 2021, se reconoció al promotor vocero de la iniciativa de Revocatoria del mandato de la alcaldesa de lsnos, Huila, al señor ARCADIO ANACONA REALPE, identificado con la cedula de ciudadanía

No. 12.170.682. Que en fecha 23 de marzo de 2021, se celebró la Audiencia Pública en el procedimiento de Revocatoria del mandato de la alcaldesa del municipio de lsnos, Huila, tal como se estableció en el Auto 001 de fecha 11 de marzo 2021 de conformidad con lo expuesto por la Corte Constitucional en sentencia SU 077 del 08 de agosto de 2018. Municipio lsnos -/ Delegación Departamental del Huila Carrera 3ª N° 2-84teléfono 098 328221regisnoshuila@gmail.gov.co

LA RE GISTRAD UR ÍA

DEL SIGLO XXIfi

KEGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Carrera 3ª N° 2-84teléfono 098 328221regisnoshuila@gmail.gov.co

LA RE GISTRAD UR ÍA

DEL SIGLO XXIfi KEGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Que en fecha 23 de abril de 2021, el señor ARCADIO ANACONA REALPE presentó en este despacho, desistimiento en la iniciativa de revocatoria del mandato de la alcaldesa de lsnos, Huila; "POR UN ISNOS PARA TODOS

REVOCATORIA DEL MANDATO DE GABY ANGELITA ÑAÑEZ RODRIGUEZ".

Que, dado que aún no se ha entregado los formularios de recolección de apoyos, y en aplicación al inciso primero del articulo 16 de la ley 1757 de 2015, procedería el desistimiento. Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 5 de la ley 1775 de 2015, que a continuación se cita "para todos los efectos legales, el vocero del comité promotor será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa popular o normativa, así como la vocería durante el tramite del referendo, la consulta popular de origen ciudadano o de la revocatoria de la consulta popular de origen ciudadano o de la revocatoria". Una vez exista desistimiento por parte del vocero, quedaría sin efecto jurídico la iniciativa, por lo que sería necesario la inscripción de un nuevo comité. En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: ACEPTAR EL DESISTIMIENTO presentado por el señor ARCADIO ANACONA REALPE vocero de la iniciativa de Revocatoria del mandato a la alcaldesa de lsnos, Huila "POR UN ISNOS PARA TODOS

RESUELVE ARTICULO PRIMERO: ACEPTAR EL DESISTIMIENTO presentado por el señor ARCADIO ANACONA REALPE vocero de la iniciativa de Revocatoria del mandato a la alcaldesa de lsnos, Huila "POR UN ISNOS PARA TODOS

REVOCATORIA DEL MANDATO DE GABY ANGELITA ÑAÑEZ RODRIGUEZ".

Municipio lsnos -/ Delegación Departamental del Huila Carrera 3ª N° 2-84teléfono 098 328221regisnoshuila@gmail.gov.co LA RE ·GISTR· AOU RÍA :DELS-1-GLO XKEGISTKADUKIA NACIONAL DEL ESU\DO CIVIL ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor ARCADIO ANACONA REALPE del presente acto administrativo.

ARTICULO TERCERO: COMUNICAR al Ministerio Público en cabeza del Señor

Personero Municipal de lsnos, Huila.

ARTICULO CUARTO: COMUNICAR al Consejo Nacional Electoral y a la

Dirección de Gestión Electoral. COMUNIQUESE Y NOTIFIQ UESE Dada en lsnos, Huila, hoy veintitrés (23) del mes de abril de dos mil veintiuno (2021)

VIC TOR JULI

REGIS TRADOR lfiZ FIGUEROA

L ESTADO CIVIL Municipio lsnos -/ Delegación Departamental del Huila Carrera 3ª N° 2-84teléfono 098 328221regisnoshuila@gmail.gov.co

LA RE GISTRADU RÍA

DEL SIGLO XX I

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