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RNEC - Resolución 002 del 23 de marzo de 2017 - El Copey, Cesar

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 002 del 23 de marzo de 2017 - El Copey, Cesar
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

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RBGISTRADURÍA

NACION/\L DBL EST,\00 CIVIL

RESOLUCIÓN No. 002 DE

23 DE MARZO DE 2017

Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE EL COPEY-CESAR En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 101 O de 2000, Ley Estatutaria 134 de 1994, la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que, el señor HERNANDO SORACA GUZMAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 77.166.397, actuando como Promotor y Vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana "Revocatoria de Mandato", el día dieciocho (18) de enero de dos mil diecisiete (2017), se inscribió ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de El Copey-Cesar, para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato, denominado "Revocatoria de Mandato." Que, mediante Resolución Nº 001 del 18 de enero de 2017, de la Registraduría Municipal de El Copey se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció como Promotor y Vocero del mismo al señor HERNANDO SORACA GUZMAN, identificado con cédula de ciudadanía

constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció como Promotor y Vocero del mismo al señor HERNANDO SORACA GUZMAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 77.166.397 Que, a la solicitud de Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "Revocatoria de Mandato" le fue asignado el número de Radicación RM-2017-09-001-12-41 O. Que, el día 19 De Enero de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de El Copey­ Cesar, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Comité Promotor del Mecanismo Inscrito. Que, dentro del término legal establecido, le fueron entregados a la Registraduría Municipal de El Copey-Cesar, por parte del ciudadano promotor del Mecanismo de Participación Ciudadana, los formularios de recolección de apoyos diligenciados que decían contener el número de folios y firmas tal y como consta en el Acta de recibo de formularios de apoyo No. 001 del 09 de febrero de 2017. Registraduria Municipal de El Copey• Cesar "Colombia es democracia, Regístradurla su garantía"Scanned by CamScanner fiLfi;,_fi , fi:Z.:1 . 2 -fi¡;..,fi• REGISTRADURÍA MCIONAL DEL E'STADO CIVIL Continuación Resolución No, 002 del 23 de marzo de 2017 "Por la cual sa certifica al número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y lega/as exigidos para la propuesta

Continuación Resolución No, 002 del 23 de marzo de 2017 "Por la cual sa certifica al número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y lega/as exigidos para la propuesta de un mecanismo da participación democrática da Revocatoria da/ Mandato da carácter Municipal." Que, mediante oficio DDC No.000343 de fecha 10 de febrero de 2017, radicado SIC25631 de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de El Copey-Cesar, remite a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los formularios que contienen las firmas de apoyo relacionadas en el Acta 001 de 2017 adjunta al mismo. Que, mediante Oficio radicado No. 011931 del 08 de marzo de 2017, el Director de Censo Electoral da traslado al Vocero de la Revocatoria del Mandato Inscrita, del Informe Técnico del Proceso de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo del Radicado RM-2017-09-001-12-410, con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral No. 568 y a la ciudadanía en general mediante publicación en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil el día nueve (9) de marzo de 2017, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º, numerales 1 O y 11 de la Resolución No. 6245 del 22 de diciembre de 2015, del Consejo Nacional Electoral. Que, en cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo del Artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley y reflejan que la campaña no excedió los topes individuales y

Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley y reflejan que la campaña no excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral, de acuerdo a la constancia expedida por el Fondo de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, Oficio CNE - FNFP - 1103 de fecha trece (13) de marzo de 2017. Que, vencido el término de cinco (5) días hábiles, para controvertir el informe técnico de apoyo por apoyo, no se presentó ninguna contradicción ante la Dirección de Censo Electoral. Que, una vez emitido el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo por la Registraduría Nacional del Estado Civil - Dirección de Censo Electoral y enviado a esta Registraduría mediante oficio Radicado No. 014488 se encontró, tal como consta en el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo N° 568 que: - El número total de respaldos consignados fue 4.247 - El número total de apoyos validos fue 3.016 - El número total de apoyos nulos fue 1.231 - El número mínimo de apoyos requeridos según el censo electoral y la clase de iniciativa son 1.194 Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el SÍ cumplimiento de los apoyos mínimos requeridos y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "Revocatoria de Mandato", Radicado RM-2017-09-001-12-410.Scanned by CamScanner

de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "Revocatoria de Mandato", Radicado RM-2017-09-001-12-410.Scanned by CamScanner

REGISTRADUKÍA 3

CIONAL DEL ESmOO CML Continuación Resolución o. 002 del 23 de marzo de 2017 "Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, va/idos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal.,.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese la presente resolución al señor HERNANOO SORA CA GUZMAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 77 .166.397, vocero de la iniciativa ciudadana de Revocatoria del Mandato denominada "Revocatoria de Mandato1 ', con Radicado RM-2017-09-001-12-410 y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.

ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese la presente resolución al Gobernador del Departamento del Cesar de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en El Copey-Cesar, a los Veintitrés (23) días del mes de Marzo de Dos Mil Diecisiete (2017). R Regi I Estado Civi ey-Cesar

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