RNEC - Resolución 002 del 27 de marzo de 2023
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 002 del 27 de marzo de 2023
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
Registraduría Municipal del Estado Civil de Montelíbano Calle 15 N15 - 30 - teléfonos 3009122400 EXT 130251 Montelíbano, Córdoba - montelibanocordoba@registraduria.gov.co
RESOLUCIÓN No. 002 (27 de marzo de 2023)
Por la cual se certifica el número total de respaldos consignados, válidos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el mecanismo de participación ciudadana de Revocatoria del Mandato de Alcalde denominado:
“REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE DE MONTELIBANO-CORDOBA”
EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE MONTELIBANO
En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el señor JESUS DAVID GÓMEZ GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.292.986, inscribió el 03 enero de 2017 ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Montelíbano, un Mecanismo de Participación Ciudadana para adelantar la revocatoria del mandato del Alcalde de Montelíbano: “REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE DE MONTELIBANO-CORDOBA”, actuando como vocero del comité promotor.
Que mediante Resolución No. 001 del 23 de enero de 2017, de la Registraduría Municipal de Montelíbano se declaró el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para
Que mediante Resolución No. 001 del 23 de enero de 2017, de la Registraduría Municipal de Montelíbano se declaró el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para la inscripción del Mecanismo de Participación Ciudadana y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor JESUS DAVID GÓMEZ GUTIERREZ.
Que a la solicitud del Mecanismo de Participación Ciudadana denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCA LDE DE MONTELIBANO-CORDOBA” le fue asignado el consecutivo RM-2017-09-001-13-025.
Que, el vocero del comité promotor de la iniciativa denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE ALCALDE DE MONTELIBANO -CORDOBA”, hizo entrega al registrador del Estado Civil de Montelíbano de los formularios de recolección de apoyos de la iniciativa.
Que, una vez efectuada la verificación de las firmas, y cumplido el procedimiento establecido en la Resolución 6245 de 2015 proferida por el Consejo Nacional Electoral, se notificó el Informe Técnico Apoyo por Apoyo y el resumen del informe técnico definitivo al comité promotor de la iniciativa, al alcalde de Montelíbano, al Registrador Municipal del Estado Civil de Montelíbano y a la ciudadanía en general, a través de la publicación de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que, mediante oficio RDE-DCE-410-1331 del 22 de agosto de 2017, la Dirección de Censo Electoral dio traslado del informe definitivo del proceso de verificación de firmas de apoyo No. 628 del radicado No. RM-2017-09-001-13-025. Que este informe técnico cont empla
Electoral dio traslado del informe definitivo del proceso de verificación de firmas de apoyo No. 628 del radicado No. RM-2017-09-001-13-025. Que este informe técnico cont empla que:Registraduría Municipal del Estado Civil de Montelíbano Calle 15 N15 - 30 - teléfonos 3009122400 EXT 130251 Montelíbano, Córdoba - montelibanocordoba@registraduria.gov.co
Que, en el informe técnico definitivo de firmas de apoyo No. 628, se evidencia un resultado NEGATIVO, ya que necesitaban 4.532 apoyos y el total de apoyos validos fue de 3.782.
Que, mediante oficio No. 238 del 25 de julio de 2017 el Registrador Municipal del Estado Civil de Montelíbano, pidió al Consejo Nacional Electoral certificación de los estados contables presentados por el señor JESUS DAVID GÓMEZ GUTIERREZ, Promotor/Vocero de la iniciativa. No se obtuvo respuesta del mismo.
Que, el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 establece que vencido el término de revisión de los apoyos y hechas las verificaciones de ley, el respectivo Registrador del Estado Civil certificará si se ha cumplido o no con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de mecanismo de participación democrática, señalando igualmente que no se podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral.
dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO CUMPLIMIENTO los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de mecanismo de participación ciudadana de Revocatoria del Mandato de Alcalde denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE
ALCALDE DE MONTELIBANO -CORDOBA” con consecutivo No. RM-2017-09-001-13025.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese al señor JESUS DAVID GÓMEZ GUTIERREZ , identificado con cédula de ciudadanía No. 78.292.986 en calidad de vocero de la iniciativa ciudadana, al entonces alcalde municipal de Montelíbano, a la personería municipal de Montelíbano y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.Registraduría Municipal del Estado Civil de Montelíbano
Calle 15 N15 - 30 - teléfonos 3009122400 EXT 130251 Montelíbano, Córdoba - montelibanocordoba@registraduria.gov.co
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Montelíbano, Córdoba a los veintisiete (27) días del mes de marzo de 2023
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Montelíbano, Córdoba a los veintisiete (27) días del mes de marzo de 2023
GERMÁN ANTONIO SALAZAR DÍAZ
Registrador Municipal del Estado Civil Montelíbano, Córdoba
Proyectó: María Mercedes González Pérez