RNEC - Resolución 002 del 7 de febrero de 2017 - Facatativa, Cundinamarca
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 002 del 7 de febrero de 2017 - Facatativa, Cundinamarca
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
·-..; 01G.\'1Z,WÓll ELlCTOlfi -7J"1rKBGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUCIÓN No. 002 DE 2017 (7 DE febrero) Por la cual se reconoce el Vocero de una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato y se inscribe el Comité Promotor EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE FACATATIVA CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que el señor CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.449.398, actuando en nombre de la "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019 presentó ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Facatativá la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato denominada
"ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO
PERIODO 2016-2019.
Que la organización "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019 según consta en el acta No. 001 de fecha 10 de ENERO de 2017 eligieron como miembros del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos:
NOMBRES Y APELLIDOS
1. CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA
2. NESTOR JULIO FERNANDEZ ROCHA
3. HECTOR FERNANDEZ NIÑO
4. LUIS ALFONSO BOHORQUEZ CAMACHO
NOMBRES Y APELLIDOS
1. CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA
2. NESTOR JULIO FERNANDEZ ROCHA
3. HECTOR FERNANDEZ NIÑO
4. LUIS ALFONSO BOHORQUEZ CAMACHO
5. MIGUEL ANGEL MORA
6. JOSE MARIO PADILLA PACHON
7. ARNULFO GUZMAN MARTINEZ
8. ROBERTO ANGEL CONDE
9.
CÉDULA DE CIUDADANÍA
11.449.398 12.545.386 11.435.087 19.297.112 11,441.865 3.047.931 3.246.898 14.216.191 Que igualmente en el Acta No. 001 de fecha 1 O de ENERO de 2017 quedo registrado como Vocero del Comité Promotor el señor CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA identificado con Cédula de Ciudadanía No. 11.449.398 Que el Artículo 6° de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra Revocatoria de Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registrad u ría Nacional del Estado Civil.•• -· REGISTRADURÍA NACIOML DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 002 de 2017 Por fa cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria del Mandato y se inscribe el Comité Promotor Que el señor CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA el 17 de ENERO de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Facatativá la
Que el señor CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA el 17 de ENERO de 2017, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Facatativá la solicitud de inscripción de la Revocatoria de Mandato denominada "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 20162019., allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos. Que la Registraduría Municipal del Estado Civil de Facatativá una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la convocatoria a la Revocatoria de Mandato denominada "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019", se encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos. Con et lleno de los requisitos y sin exceder el término de quince (15) dfas contados a partir de la solicitud de inscripción, la Registradurfa del Estado Civil correspondiente notificará al Vocero de la iniciativa ta Resolución por medio de la cual se reconoce al Vocero de ta iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (. . .) Que el artículo 3º, parágrafo, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016,
ta Resolución por medio de la cual se reconoce al Vocero de ta iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (. . .) Que el artículo 3º, parágrafo, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: "Verificación de los requisitos legales para la inscripción del promotor y/o Comité Promotor. El funcionario electoral deberá verificar que tos ciudadanos que se pretenden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación - ANI." Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la Solicitud de inscripción de la iniciativa de Revocatoria de Mandato denominada "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019" cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa Revocatoria de Mandato denominada "ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019", al señor CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.449.398
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
ARTÍCULO TERCERO: Inscribir a los siguientes ciudadanos como integrantes del Comité Promotor de la presente iniciativa así:IIBGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 002 de 2017
Por la cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria del Mandato y se inscribe el Comité Promotor
NOMBRES Y APELLIDOS
1. CESAR IVAN CALIFA MONTAÑA
2. NESTOR JULIO FERNANDEZ ROCHA
3. HECTOR FERNANDEZ NIÑO
4. LUIS ALFONSO BOHORQUEZ CAMACHO
5. MIGUEL ANGEL MORA
6. JOSE MARIO PADILLA PACHON
7. ARNULFO GUZMAN MARTINEZ
8. ROBERTO ANGEL CONDE
9.
CÉDULA DE CIUDADANÍA
11.449.398 12.545.386 11.435.087 19.297.112 11.441.865 3.047.931 3.246.898 14.216.191
ARTÍCULO CUARTO: A la Iniciativa Revocatoria de Mandato denominada ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO REVOCATORIA DEL MANDATO PERIODO 2016-2019", se le asignará el consecutivo RM-2017-09-002-15-076 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015.
La presente Resolución rige a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015. La presente Resolución rige a partir de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en FACATATIVA a los Siete (07) dlas de febrero de 2017 OA Registra Municipal del Estado Civil Faca ativá - Cundinamarca