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RNEC - Resolución 003 del 18 de septiembre de 2017 - Herveo, Tolima

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 003 del 18 de septiembre de 2017 - Herveo, Tolima
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

RESOLUCIÓN No. 003 DE 2017 (18 DE SEPTIEMBRE) Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE HERVEOTOLIMA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 1010 de 2000, Ley Estatutaria 134 de 1994, la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que, el señor GUSTAVO ZAPATA MONTOYA, identificado con cédula de ciudadanía No.5.924.555, actuando como Promotor y Vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana "DIGNIDAD POR HERVEO", el día veintidós (22) de marzo de dos mil diecisiete (2017), se inscribió ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Herveo­ Tolima para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato, denominado "DIGNIDAD POR HERVEO" Que, mediante Resolución Nº 001 del 23 de marzo de 2017, de la Registraduría Municipal de HerveoTolima, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció como Promotor y Vocero del mismo al señor GUSTAVO ZAPATA MONTOYA, identificado con cédula de

legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció como Promotor y Vocero del mismo al señor GUSTAVO ZAPATA MONTOYA, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.924.555. Que, a la solicitud de Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "DIGNIDAD POR HERVEO" le fue asignado el número de Radicación RM-2017-09-001-29-061. Que, mediante Resolución 002 de 22 junio 2017 se certificó el NO cumplimiento de los apoyos mínimos requeridos y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria Registraduria Municipal de Herveo Tolima "Colombia es democracia, Registraduría su garantía"2 , REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CNIL Continuación Resolución No. 003 de septiembre18 de 2017 "Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal." de Mandato denominada "DIGNIDAD POR HERVEO" Radicado RM-2017-09-001-29061. Que, el día 27 de junio Radicado 2568 Delegación Departamental del Tolima el señor GUSTAVO ZAPATA MONTOYA manifiesta su intención de continuar con el proceso de recolección de apoyos de conformidad a lo establecido en el Art. 15 de la Ley 1757 de 2015

GUSTAVO ZAPATA MONTOYA manifiesta su intención de continuar con el proceso de recolección de apoyos de conformidad a lo establecido en el Art. 15 de la Ley 1757 de 2015 Que, el día cuatro (04) de julio de 2017 mediante Acta 004 de 4 julio de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de HerveoTolima, hizo entrega del formulario de recolección de apoyos (SEGUNDO PROCESO) debidamente diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Vocero y Promotor del Mecanismo Inscrito. Que, dentro del término legal establecido, le fueron entregados a la Registraduría Municipal de HerveoTolíma por parte del ciudadano promotor y vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana, los formularios de recolección de apoyos diligenciados que decían contener el número de folios y firmas tal y como consta en el Acta de recibo de formularios de apoyo No.005 del 17 de julio de 2017. Que, mediante oficio 132 de fecha 18 de julio de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de HerveoTolima remite a la Dirección de Censo Electoral Registraduría Nacional del Estado Civil, los formularios que dicen contienen las firmas de apoyo relacionadas en Acta 005 de 2017 adjunta al mismo. Que, mediante Oficio RDE-DCE-410-1336 del 22 agosto 2017 el Director de Censo Electoral da traslado Informe Técnico Consolidado y Definitivo Procedimiento de Verificación Firmas de Apoyo Radicado No. 635 encontrándose lo siguiente: El número total de respaldos consignados fue 1420 El número total de apoyos validos fue 505 El número total de apoyos nulos fue 915

Verificación Firmas de Apoyo Radicado No. 635 encontrándose lo siguiente: El número total de respaldos consignados fue 1420 El número total de apoyos validos fue 505 El número total de apoyos nulos fue 915 El número mínimo de apoyos requeridos según el censo electoral y la clase de iniciativa son 475 Que en cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo del Articulo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley y que reflejan que la campaña no excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral,REGISTRAD DRÍA 3 NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 003 septiembre 14 de 2017 "Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos c;onstitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal." de acuerdo a la constancia expedida por el Fondo de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, oficio CNE-FNFP-3354 de fecha 12 de septiembre de 2017. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el SI cumplimiento de los apoyos mínimos requeridos y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada

"DIGNIDAD POR HERVEO" Radicado RM-2017-09-001-29-061.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese la presente resolución al señor GUSTAVO

Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada

"DIGNIDAD POR HERVEO" Radicado RM-2017-09-001-29-061.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese la presente resolución al señor GUSTAVO

ZAPATA MONTOYA, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.924.555, vocero de la iniciativa ciudadana de Revocatoria del Mandato "DIGNIDAD POR HERVEO", con Radicado RM-2017-09-001-29-061 y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.

ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese la presente resolución al Gobernador del Departamento de Tolima de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en HerveoTolima, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de Dos Mil Diecisiete (2017). CIEL Registradora Municipal del Estado Civil de HerveoTolima

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