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RNEC - Resolución 004 del 06 de marzo de 2018 - Gachancipá, Cundinamarca

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 004 del 06 de marzo de 2018 - Gachancipá, Cundinamarca
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2018

/

REGISTRADURIA NAClONAl DEt EST/\00 CIVll,

RESOLUCIÓN No. 004 DE 2018 (06 DE MARZO DE 2018) Por la cual NO se certífica el número total de apoyos consignados. válidos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucíonales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoría del Mandato de carácter Municipal. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 1010 de 2000, Ley Estatutaria 134 de 1994, !a Ley Estatutaria 1757 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que, el señor GIOVANNY MORENO FONSECA, ídentificado con cédula de ciudadanía No. 3.029.345, actuando como Promotor y Vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana "GACHANCIPA ACTIVA", el día veintíséis (26) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), se inscribió ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de GACHANCIPÁ - CUNOINAMARCA para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato, denominado "GACHANCIPA ACTIVA". Que, medíante Resolución N" 001 del 6 de octubre de 2017, de la Registraduría Municipal de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecídos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció

Municipal de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecídos para la realización del Mecanismo de Participación Ciudadana de Revocatoria del Mandato y se reconoció como Promotor y Vocero del mismo al señor GIOVANNY MORENO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.029.345. Que, a la solicitud de Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "GACHANCIPA ACTIVA, le fue asignado el número de Radicación RM-2017-09-001-15-1 OO. Que, el dia nueve (9) de octubre de dos mil diecisiete (2017), el Registrador Municipal del Estado Civil de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente díser'íado por la Regístraduría Nacional del Estado Civil al Vocero y Promotor del Mecanismo Inscrito. Que, dentro del término legal establecido, le fueron entregados a la Registraduría Municipal de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA por parte del ciudadano promotor y vocero del Mecanísmo de Participación Ciudadana, los formularios de recolección de apoyos diligenciados que decían contener e! número de folios y firmas tal y como consta en el Acta de recibo de formularios de apoyo No. 001 del 27 de diciembre de 2017. Que, con oficio No. RMG-910-125 del 27 de diciembre de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA remite a la Dirección de Censo Electoral de !a Registraduría Nacional del Estado Civil, los formularios que

Municipal del Estado Civil de GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA remite a la Dirección de Censo Electoral de !a Registraduría Nacional del Estado Civil, los formularios que Despacho Registrador Municipal del Estado Civil - Gachancipá Cundínamarca Calle 5 No. 3-83 Teléfonos: (1) 8578150 C.P. 251020 gac!1ancipacun@reqistraduria.gov.co "Colombia es democracia, Regístraduría su garantía"2 ,, REGISTRADUKIA MCIONAl OU ESTADO CIVll Continuación Resolución No. 004 de 20·18 ·Por fa cual se ce1tifica el número total ele apoyos consignados. validos. nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exígídos par<J la propuesta ele un mecanismo de ¡;articípacíón clemocratica de Revocéiloria del Ma11dato de carácter Municipal. •• contienen las firmas de apoyo relacíonadas en el Acta 001 de 2017 adjunta al mismo, los cuales fueron recibidas en la Dirección de Censo. Que, medíante Oficio RDE-DCE-410-356 radicado No. 006937 difi! 07 de febrero de 2017, el Director de Censo Electoral da traslado al Vocero dE: la Revocatoria del Mandato Inscrita, del Informe Técnico del Proceso de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo del Radicado RM-2017-09-001-15-100, en la Dirección de Cifinso Electoral, y a la ciudadanía en general mediante publicación en la página web de la Registraduría Nacional de! Estado Civil el día nueve (9) de febrero de 2018, para dar cumplimiento a

ciudadanía en general mediante publicación en la página web de la Registraduría Nacional de! Estado Civil el día nueve (9) de febrero de 2018, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3°, numerales 10 y 11 de la Resolución No. 6245 de! 22 de diciembre de 2015, del Consejo Nacional Electoral. Que. en cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo del Artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015. los estados contables fueron entregados dentro del plazo. contemplado en esta Ley, de acuerdo a lo preceptuado en la Resolución número 2335 del 13 de septiembre de 2013 proferida por el Consejo Nacional Ele·ctoral Que, vencido el término de cinco (5) días hábiles, para controvertir el informe técnico de apoyo por apoyo, no se presentó ninguna contradicción ante la Dirección de Censo Electoral. Que, una vez emitido el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo por la Regístraduría Nacional del Estado Civil - Dirección de Censo Electoral y enviado a esta Regístraduría mediante oficio RDE-DCE-410-700 Radicado No. 010676 27/02/2018 se encontró, tal como consta en el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo Nº 565 que: - El número total de respaldos consignados fue 1140 - El número total de apoyos valídos fue 437 - El número total de apoyos nulos fue 703 El número mínimo de apoyos requeridos según el censo electoral y la clase de ínicíativa son 649 Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

  • El número total de apoyos nulos fue 703

El número mínimo de apoyos requeridos según el censo electoral y la clase de ínicíativa son 649 Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: NO Certificar el cumplimiento de los apoyos mínimos requeridos y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanísmo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada

"GACHANCIPA ACTIVA" Radicado RM-2017-09-001-15-100.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese la presente resolución al señor GIOVANNY

MORENO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.029.345, en su calídad de vocero de la "GACHANCIPA ACTIVA" Despacho Registrador Municipal del Estado Civil - Gachancipá Cu111dinamarca Calle 5 No. 3-83 Teléfonos: (1) 8578150 C.P. 251020 gacha11cipacun@re!Jistraduria.gov.co "Colombia es democracia, Registradurfa su garantla"" "f. -! ,:;,:,.:fu;fi :i."'i?.ifit fi-fifi:":'lfil-i;fifi1iHfi: 3

REGISTRADURÍA NJ\CIONAf. DEL E.S1Al)O ClV!l'.

Continuación Resolución No. 004 de 2018 "Por la cual se ce,tífíca el número tola! de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento rle los requisitos constitucionales y legales exigidos para hi propuesta de un mecanismo de pa,tícípación clemocr/itica de Revocato1ía del Mandato de carácter Munici al.·

nulos y el cumplimiento rle los requisitos constitucionales y legales exigidos para hi propuesta de un mecanismo de pa,tícípación clemocr/itica de Revocato1ía del Mandato de carácter Munici al.· ARTICULO TERCERO: Notifíquese la presente resolución al Gobernador del Departamento de Cundinamarca de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para los trámites correspondiente·s y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en GACHANCIPÁ - CUNDINAMARCA, a los seis (6) días del mes de marzo de Dos Mil Dieciocho (2018), --- ----,. '\fifi r --· """'\ fi,1i1:PfiNORfi FUEN S ROORIGUEZ ') fi fi-fi-fifitfifi-fi_CiyíLde G· • .-

-- HANCIPA - CUNfiAMARCA -----------, ...... ---

Despacho Rfigistrador Municipal del Estado Civí! - Gachancipá Cundinamarca Calle 5 No. 3-83 Teléfonos: (1) 8578150 C.P. 251020 gachancipacun@regístraduria.gov.co "Colombia es democracia, Registraduria su garantía"REGISTRA0URIA MUNICIPAL DE GACHANCIPÁ CUN0INAMARCA DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL En el Municipio de Gachancipa a los seis (6) días del mes de m::1 rzo de dos mil dieciocho (2018) siendo las 04:00 p.m .. comparece a este Despacho a diligencia

DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL En el Municipio de Gachancipa a los seis (6) días del mes de m::1 rzo de dos mil dieciocho (2018) siendo las 04:00 p.m .. comparece a este Despacho a diligencia de Notificación personal, el Señor GIOVANNY MORENO FONSECA Vocero Comité Promotor RM-2017-09fi001-100. identificado con Cédula de Ciudadanía No. 3.029.345 de Gachancipá - Cund. , con el fin de notificarse del contenido de la Resolución No. 004 del 6 de marzo de 2018 "Por la cual NO se certifica el número total de apoyos consignados, válídos, nulos y el cumplímíento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municípar. En la presente diligencia, se hace la entrega de copia integrada, auténtica y gratuita en tres (3) folios, del acto admin istrativo anteriormente mencionado, Notificación de Resolución. Por lo anterior queda Comunicada la Resolución al Interesado. El Notificado, A1rfi!tatd-Y--,MQRENO FONSECA Vocero Comité Promotor RM-201 7-09-001 -15-10 0 Despacho Registrador Municipal del Estado Civil - Gachanclpá Cundinamarca Calle 5 No. 3-83 Teléfonos: (1) 8578150 C.P. 251020 gachancipacun@registraduria.gov.co

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