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RNEC - Resolución 004 del 9 de octubre de 2017 -Mocoa, Putumayo

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 004 del 9 de octubre de 2017 -Mocoa, Putumayo
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

'"' ""j-' / ·"t"ª _«""'""• ' '""""'r\C;'fifi•crofi:- , KEGISTRADUKIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RES OLUCIÓN No. 004 DE 2017 (9 de Octubre de 2017) Por la cual se ordena el archivo de una Iniciativa de Revocatoria de Mandato EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial !as que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994. y CONSIDERANDO Que la señora DILSA MARY FALLA AROCA, identificada con cédula de ciudadanía No. 26.542.231, actuando como ciudadano, el 21 de marzo de 2017, presentó ante la Registraduría Especial de Mocea - Putumayo la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la Revocatoria del Mandato denominada "MOCOA MERECE UN BUEN TRATO". Que la Registraduría Especial del Estado Cívil de Mocea - Putumayo una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, conforme con lo dispuesto en el Artículo 6. Que en virtud de tal revisión se verificó que la propuesta para la convocatoria a !a Revocatoria de Mandato de Origen Ciudadano denominada "MOCOA MERECE UN BUEN TRATO", se encuentra ajustada a la Ley, cumpliendo con los requisitos exigidos. Que mediante oficio REM-0158 del 21 de marzo de 2017 se remitió dicha sollcitud a !a

encuentra ajustada a la Ley, cumpliendo con los requisitos exigidos. Que mediante oficio REM-0158 del 21 de marzo de 2017 se remitió dicha sollcitud a !a Registraduría Delegada en lo Electoral anexando el formulario de inscripción del comité y la exposición de motivos. Que mediante comunicado del 04 de abril de 2017 La Registraduria Delegada en lo Electoral asigno el radicado RM-2017-09-001-64-001 de 2017, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015 "Artículo T". Registro de propuestas sobre mecanismos de partícipacíón ciudadana. El registrador correspondiente asignará un número consecutivo de identificación a las propuestas de origen popular sobre mecanismos de participación ciudadana, con el cual indicará el orden en que estos han sido inscritos y la fecha de su inscripcíón. En el registro se tendrá en cuenta si la propuesta hace referencia a la convocatoria a un referendo, a una iniciativa legislativa o normativa, a una consulta popular de origen ciudadano o a la revocatoria de un mandato, el cual será publicado en la página web de la entidad." Al momento de la notificación de la Resolución, se hará entrega del Formulario de Recolección de Apoyos diseñado para la respectiva iniciativa, fecha a partir de la cual iniciará el plazo de los seis (6) meses con que cuentan los promotores para recolectar los apoyos necesarios para llevar a cabo el Mecanismo de Participación Ciudadana correspomlienle. Que de conformidad de conformidad con el art. 10 de la ley 1757 de 2015, se fija como fecha límite para la recolección de firmas el día 07 de octubre de 2017, con un número mínimo de firmas requerido de 3.531.

Que de conformidad de conformidad con el art. 10 de la ley 1757 de 2015, se fija como fecha límite para la recolección de firmas el día 07 de octubre de 2017, con un número mínimo de firmas requerido de 3.531. Que, de acuerdo al art. 11 de la ley 1757 de 2015, nos dice: "Entrega de /os formularios y estados contables a la Regístraduría. Al vencer el plazo para la recolección de apoyos, el promotor presentará los formularios debidamente diligenciados, al Registrador del Estado Civil correspondiente. Vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número de apoyos requeridos, la propuesta será archivada. Quince días después de la entrega de los formularios de los que trata este artículo, o del vencimiento del plazo para la recolección de firmas, o su prórroga si la hubiere, el promotor o,'.Oll(i\J'fiftr'H""fifi, IIBGISTKADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CML ContinLación Resolución No. 004 de 2017 Por la cual se ordena el archivo de una Iniciativa de Revocatoria de Mandato comité promotor deberá entregar /os estados contables de la campaña de recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre mecanismo de participación ciudadana. En los estados contables figurarán los aportes, en dinero o en especie, que cada persona natural o jurídica realice durante fa campafla respectiva.". Vencido el término legal y que el Comité Promotor "Mocoa merece un buen trato'; no presentó ante la Registraduria Nacional del Estado Civil el número de apoyos requeridos, se observa ajustado a la ley archivar la iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Mocoa.

ante la Registraduria Nacional del Estado Civil el número de apoyos requeridos, se observa ajustado a la ley archivar la iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Mocoa. Por lo manifestado se archiva la iniciativa popular de revocatoria de mandato al Alcalde de Mocoa propuesta por et Comité Promotor "Mocoa merece un buen trato''. ya que no presentó ante fa Registraduria Nacional del Estado Civil el número de apoyos requeridos para dar trámite dicha iniciativa. En virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTiCULO PRIMERO: ARCHIVAR .'a iniciativa popular de revocatoria de mandato al Alcalde de Mocoa propuesta por el Comité Promotor "Mocoa merece un buen trato", ya que no presentó ante la Registraduria Nacional del Estado Civil el número de apoyos requeridos para dar trámite dicha iniciativa de acuerdo a la parte motiva de fa presente resolución.

ARTiCULO SEGUNDO: Notificar e\ presente acto al comité promotor "MOCOA MERECE UN

BUEN TRATO", y al Alcalde Municipal de Mocea.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

La presente Resolución rige a partir de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Mocea a los 09 días del mes de octubre de 2017 ¿,_ f) )G,.fi fi {) OBED ROMERO DUARTE Re trador Especial del Estado Civil Mocea - Putumayo

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