🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

RNEC - Resolución 005 del 21 de noviembre de 2017 - Madrid, Cundinamarca

Registraduría Nacional del Estado Civil

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
RNEC - Resolución 005 del 21 de noviembre de 2017 - Madrid, Cundinamarca
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2017

l)ll(L\l\u.ltl•• a [('TÓm

KEGISTRADURÍA J"i!ACION,4.L DEL· ESTADO CIVll.

RESOLUCIÓN No. 005 DE 2017 (21 DE NOVIEMBRE de 2017) Por la cual se archiva una Iniciativa para una Revocatoria de Mandato, cuyo promotor Nocero fue reconocido según resolución Número 002 del 17 de mayo de 2017 EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL O.E MADRID CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones constitucional.es y legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que mediante resolución número 002 del 17 de mayo de 2017, proferida por el Registrador del Estado Civil de Madridfi Cunoinamarca, se reconoció al promotorNocero de una iniciatíva para una revocatoria del Mandato. Que uno. de los fines esenciales d.el Estado, señalados en el Artículo 2º de la Constitudón Polí.tica es el de fac.illtar la participación de todos los ciudadanos que los afecten la. vida política. y administrativa. Que el artículo 40 de l·a Constitución Polftjca, dispone que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido y participar en eleccion.es. Plebisc.itos, referendos, consultas populares y otras formas de participa_ción democracia incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporadones públicas y la revocatoria del mandato. Que vencido el plazo definitivo para la recolección de: apoyo el 17de noviembre de 2017,

participa_ción democracia incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporadones públicas y la revocatoria del mandato. Que vencido el plazo definitivo para la recolección de: apoyo el 17de noviembre de 2017, el prometor-/ vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato del Municipio de Madrid Cundinamarca, no presento los ap.oyos requeridos. Que el artículo 11 de la ley 1757 dé 2015, consagro que "al vencer el plazo para la recolección de apoyos, el promotor presentara los formularios debida.mente diligenciados al registrador del estado civil corres.pondiente, vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número de apoye requeridos, la propuesta será archivada". Que en consecuencia por lo anteríor, se hace necesario adoptar un protocolo general para todas las dependencias que deben actuar al interior de la Registraduria del estado Civil., de manera que la actuación frente al archivo de una iniciativa ciudadana; siempre y cuando teniendo como referencia el cumplimiento de la ley y la mejor atención q-ue preten,dan ejercer el derecho a la participación atreves de estos me:canismo. Que en mérito de lo anterior este despacho 'RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa para una revocatoria de mandato cuy() promotor fue reconocido mediante resolución 002 del 17 de ma,yo de 2017..REGISTRADURIA ·NI\CIONAL D.EL ESTADO CIVIL Continuació.n Res.oltición No. 005. de 2017 Pot la cuál se archivá la refiocatoria de, Mandato ARTÍCULO SEGUNDO: Se notificara del presente acto administrativo al señor OSCAR

Continuació.n Res.oltición No. 005. de 2017 Pot la cuál se archivá la refiocatoria de, Mandato ARTÍCULO SEGUNDO: Se notificara del presente acto administrativo al señor OSCAR RUBEN ORTIZ PEÑA, identificado con cédula de ciudadanía No·.7.318.235 promotor/vocero de la iniciativa para la revocatoria del mandato reconocido mediante resolución 002 del 17 de mayo de 20,17.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su comunicación COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Madrid Cund'inamarca a los 21 días (2.1) füas de Noviembre de 2017

PEDR MIGUE M_ORA CORTS

Registrador Municipal del Estado Madrid - Ctmdi ,..,.

Consultar sobre este documento ...