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RNEC - Resolución 014 de 02 de agosto de 2018 - Campo Alegre, Huila

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 014 de 02 de agosto de 2018 - Campo Alegre, Huila
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2018

l_ REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CML RESOLUCIÓN No. 014 DE (02 de agosto de 2018) Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal. EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE CAMPOALEGRE -HUILA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 1010 de 2000, Ley Estatutaria 134 de 1994, la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y, CONSIDERAN DO: Que, el señor ANYELO AUGUSTO DIAZ ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 83.091.038, actuando como Promotor y Vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana "REVOCATORIA DE MANDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA" el día treinta (30) de mayo de dos mil diecisiete (2017), se inscribió ante la Registraduria Municipal del Estado Civil de Campoalegre - Huila para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato, denominado "REVOCATORIA

DE MANDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA".

Que, mediante Resolución Nº 001 del 12 de Junio de 2017, de la Registraduria Municipal de Campoalegre - Huila, se reconoció como Promotor y Vocero del Mecanismo al señor ANYELO AUGUSTO DIAZ ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 83.091.038 y a otros miembros del comité promotor:

de Campoalegre - Huila, se reconoció como Promotor y Vocero del Mecanismo al señor ANYELO AUGUSTO DIAZ ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 83.091.038 y a otros miembros del comité promotor:

NOMBRES Y APELLIDOS

1. EDGAR CARVAJAL FLOREZ

2. NELSON SANCHEZ QUINTERO

3. EMILIO MOTTA

4. JAVIER POLANIA ROCHA

5. ALFONSO VIDAL

CEDULA DE CIUDADANÍA

83.090.251 83.088.928 52.127.469 7.709.148 4.894.582 Que, a la solicitud de Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada "REVOCATORIA DE MANDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA", le fue asignado el número de Radicación RM-2017-09-001-19-022. Que, el día 12 de Junio de 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de Campoalegre - Huila, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registraduria Nacional del Estado Civil al Vocero y Promotor del Mecanismo Inscrito.

REGISTRADURIA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL

Calle 19 N" 7-44 - Teléfono: 0988381329Código Postal 413010 - Campoalegre - www.registraduria.gov.co "Colombia es democracia, Registraduria su garantía"2 REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ES1)U)() CML Continuación Resolución No.014 de 02 de Agosto de 2018 "Por la cual se certifica el número total de apoyos

"Colombia es democracia, Registraduria su garantía"2 REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ES1)U)() CML Continuación Resolución No.014 de 02 de Agosto de 2018 "Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal.• Que, dentro del término legal establecido, le fueron entregados a la Registraduria Municipal de Campoa/egre - Huila, por parte del ciudadano promotor y vocero del Mecanismo de Participación Ciudadana, los formularios de recolección de apoyos diligenciados que decían contener el número de folios y firmas, tal y como consta en las Actas de recibo de formularios de apoyo No. 001 de fecha 26 de Diciembre 2017. Que, mediante oficio No.214 de fecha 26 de diciembre 2017, el Registrador Municipal del Estado Civil de Campoalegre - Huila remitió a la Dirección de Censo Electoral de la Registrad u ria Nacional del Estado Civil, los formularios que contienen las firmas de apoyo relacionadas en las Actas del 26 de diciembre 2017. Que, mediante Oficio radicado No. 010335 del 23 de febrero de 2018, el Director de Censo Electoral da traslado al Vocero de la Revocatoria del Mandato Inscrita, del Informe Técnico del Proceso de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo del Radicado RM-2017 -09-00119-022, con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral No. 547, y a la ciudadanía en general mediante publicación en la página web de la Registraduria

19-022, con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral No. 547, y a la ciudadanía en general mediante publicación en la página web de la Registraduria Nacional del Estado Civil, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3°, numerales 1 O y 11 de la Resolución No. 6245 del 22 de diciembre de 2015, del Consejo Nacional Electoral. Que, dentro del término de los cinco (5) días hábiles para controvertir el informe técnico de apoyo por apoyo y resumen, no se presentó objeción alguna ante la Dirección de Censo Electoral. Que, una vez emitido el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo por la Registraduria Nacional del Estado Civil - Dirección de Censo Electoral y enviado a esta Registraduria mediante oficio RDE-DCE-410-666 del 22 de Febrero de 2018, se encontró, tal como consta en el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo Nº 547 que: - El número total de respaldos consignados fue 2.160 - El número total de apoyos validos fue 639 - El número total de apoyos nulos fue 1.521 - El número mínimo de apoyos requeridos según el censo electoral y la clase de iniciativa son 1.628 Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO cumplimiento de los apoyos mínimos requeridos y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada

REVOCATORIA DE MANDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA", Radicado

y de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática de Revocatoria del Mandato denominada

REVOCATORIA DE MANDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA", Radicado

RM-2017-09-001-19-022.

REGISTRADURIA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL

Calle 19 N9 7-44-Teléfono: 0988381329-Código Postal 413010-Campoalegre - www.reqistraduria.gov.co "Colombia es democracia, Registraduria su garantía"a RBGISTRADURÍA 3 l'IACIOl'!AL OOL llSTADO CML Continuación Resolución No.014 del 02 de Agosto de 2018 "Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática de Revocatoria del Mandato de carácter Municipal." ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese la presente resolución al señor ANYELO AUGUSTO DIAZ ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 83.091.038, vocero de la iniciativa ciudadana de Revocatoria del Mandato denominada REVOCATORIA DE

MA NDATO ALCALDE DE CAMPOALEGRE - HUILA", con Radicado RM-2017-09-00119-022.

ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese la presente resolución al Alcalde Municipal, Ministerio Público, Consejo Nacional Electoral, Gestión Electoral de la Registrarla Nacional del Estado Civil y Delegación Departamental del Huila, para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

Ministerio Público, Consejo Nacional Electoral, Gestión Electoral de la Registrarla Nacional del Estado Civil y Delegación Departamental del Huila, para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Campoalegre - Huila, a los dos (02) días del mes de Agosto de Dos Mil Dieciocho (2018). LLOPATIÑf Civil de c!poalegre - Huila

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