RNEC - Resolución 021 del 10 de junio de 2022, San Alberto - Cesar
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 021 del 10 de junio de 2022, San Alberto - Cesar
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
., REGISTRADURIA NACIONAL DEL ES'D\.00 CML RESOLUCIÓN No. 021 DE (10 de junio de 2022) Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado REVOCARORIA DE MANDATO rad;cado bajo el consecutivo RM-202 1-09-001-12-800.
RADICADO DEL MECANISMO RM-2021-09-001-12-800
EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL EN SAN ALBERTO-CESAR En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que el señor (a) LUIS DALMIRO TORRES GALLEGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.835.720, actuando como Vocero (a) en nombre del Comité Promotor del Mecanismo de Partidpación Ciudadana para adelantar la revocatoria del mandato det Alcalde del municipio de San Alberto-Cesar-denominado "REVOCATORIA DE MANDATO" conforme lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, el día 06 de enero de 2021 inscribió ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de San Alberto-Cesar, el Comité promotor para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática. Que mediante Resolución Nº 001 de fecha 13 de enero de 2021, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecan¡smo
adelantar un Mecanismo de Participación Democrática. Que mediante Resolución Nº 001 de fecha 13 de enero de 2021, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecan¡smo de Participación y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor LUIS DALMIRO TORRES GALLEGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.835.720 de Bucaramanga y a los miembros del comité promotor Que a la soticitud de Mecanismo de Participación Democrática denominada "REVOCATORIA DE MANDATO" le fue asignado el número de Radicado RM-2021-09-001-12-800 y cuya propuesta es la siguiente: "De las causales de insatisfacción de la Ciudadanía en general que lo eligió frente a la labor del mandatario y de los incumplimientos al Programa de Gobierno inscrito en la Registraduria." Que el día 04 de mayo de 2021, el Registrador (a) Municipal del Estado Civil en San Alberto Cesar, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registradu.ría Nacional del Estado Ci-vfiI al Comité. Promotor del Mecanismo. Que dentro del término legal establecido, le fue entregado a la Registraduría Municipal de San Alberto-Cesar, por parte de los ciudadanos promotores del Mecanismo de Participación Registraduria del Estado Civil Calle 7No 4-12 teléfonos (5)5645958-código postal205070-San Alberto, Cesar sanamertoeesartmreg1stradUna.go11.co LA REBISTRADURiA DEL SIGLO XContinuación Resolución No. 20 de 1 O de junio de 2022
sanamertoeesartmreg1stradUna.go11.co LA REBISTRADURiA DEL SIGLO XContinuación Resolución No. 20 de 1 O de junio de 2022 Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos., nulos y el NO cumplimiento de /c,s requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado •REVOCATORIA DE MANDATO" radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-12-800. Ciudadana, los formularios de recolección de apoyos diligenciados 3 carpetas que decían contener el número de folios 212 y firmas 2.722 tal y como consta en el Acta de recibo de formularios de apoyo No. 001 de 2021 de fecha 16 de septiembre de 2021. Que mediante Oficio radicado 41 O RDE-DCE-4642 , el Director de Censo Electoral da traslado al vocero de la iniciativa, del Informe Técnico del Proceso de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo del Radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-12-B00 , con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral SIC 134872 DE 2021, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° numeral 1 O y 11 de la Resolución No. 6245 del 22 de diciembre de 2015, del Consejo Nacional Electoral. Que en cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo del artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley y que de conformidad con el Articulo 6 de la Resolución Nº 0150 DE 2021 reflejan que la campaña
de 2015, fueron entregados los estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley y que de conformidad con el Articulo 6 de la Resolución Nº 0150 DE 2021 reflejan que la campaña no dio respueta a las observaciones efectuadas por el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Políticas. Que la sala plena del consejo electoral conforme a lo dispuesto en el Artículo 8 de la Resolución Nº 0150 del 2021 previa revisión de los estados contables y de acuerdo con el informe presentado por el fondo nacional de financiación política en sesión del 11 de mayo de 2022, resolvió, NO CERTIFICAR los estados contables presentados por el vocero de la iniciativa de revocatoria de mandato denominada "REVOCATORIA DE MANDA TO", el señor LUIS DALMIRO TORRES GALLEGOJ en razón a que no cumple con la normatividad contable y electoral aplicada. Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 1 O del Artículo Tercero de la Resolución 6245 de 2015 proferida por el Consejo Nacional Electoral, una vez realizado el proceso de verificación de apoyos acJE»antado por la Coordinación Grupo Verificación de Ftrmas - Dirección de Censo Electoral, el Informe Técnico de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo fue publicado en la página Web de la Registraduría Nacional Que una vez realizado el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo, realizado por la Registraduría Nacional del Estado CivilDirección de Censo Electoral, se encontró, tar como consta en er Informe Técníco Defínítívo del Proceso Verífícacíón de ras Firmas de Apoyo Nº 3.180 que: - El numero total de respaldos consignados fue 3.180
encontró, tar como consta en er Informe Técníco Defínítívo del Proceso Verífícacíón de ras Firmas de Apoyo Nº 3.180 que: - El numero total de respaldos consignados fue 3.180 - El número total de apoyos validos fue 1.085 El número total de apoyos dato ilegible fue 52 El número total de apoyos fecha no corresponde 33 - El número total de apoyos no censo antes de 1988 fue 3 El número total de apoyos no censo nacional fue 14 - El número total de apoyos datos incompletos fue 327 - El número total de apoyos de registro duplicado fue 55 - El número total de apoyos no ANI fue 134 El número total de apoyos renglón en blanco fue 403 - El número total de apoyos no en censo fue 255 El número total de apoyos nombre no corresponde fue 147 - El número total de apoyos registro uniprocedentes fue 518 El número total de apoyos huella no corresponde (firma arruego) fue 8 Reg,strddufla del Estado C1-.1il Calle 7No 4-12 teléfonos (5)5645958-código postal205070-San Alberto, Cesar finalbertocefiafire istracrv11a _ _g_ov.fi tA RE&ISTRADURfA DEL SIOLD XREGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ES'D\00 CML Continuación Resolución No. 20 de 1 O de junio de 2022 Por la cual se certifica eJ número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado • REVOCATORIA DE
Por la cual se certifica eJ número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado • REVOCATORIA DE MANDA TO" radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-12-BOO. El número total de apoyos no manuscrito por la misma mano fue 146 - El número mínimo de apoyos a recaudar según el censo electoral y la clase de iniciativa son 1.282
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática denominada "REVOCATORIA
DE MANDATO" Radicado RM-2021-09-001-12-800
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar la presente, al vocero de la iniciativa ciudadana con Radicado RM-2021-09-001-12-800 señor LUIS DALMIRO TORRES GALLEGO, identificado con cédula de ciudadanía No 13.835.720.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente certificación al Alcalde CARLOS ARTURO RIOS VERA del municipio de San Alberto-Cesar de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 1757 de 2015, para los trámites correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en San ALBERTO-Cesar, a los diez (1 O) días de junio de 2022 Registraduria del Estado Civil Calle 7No 4-12 teléfonos (5)5645958-código postal205070-San Alberto, Cesar sanalbenooesar:<mre91straduna.gov.co
Registraduria del Estado Civil Calle 7No 4-12 teléfonos (5)5645958-código postal205070-San Alberto, Cesar sanalbenooesar:<mre91straduna.gov.co lA RE&ISTHAOURÍA