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RNEC - Resolución 022 del 25 de julio de 2018 - Cuaspud – Carlosama

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 022 del 25 de julio de 2018 - Cuaspud – Carlosama
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2018

RESOLUCIÓN No. 022

(Julio 25 de 2018)

Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, como consecuencia del desistimiento presentado por el Promotor y Vocero de la Revocatoria del Mandato, del Alcalde de Cuaspud – Carlosama Nariño), con radicado RM-2018-09001-23-034 de 2018

LA REGISTRADORA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y

CONSIDERANDO

Que el día 23 de enero de 2018, el señor TITO WILLIAM REVELO ROSERO, identificado con cédula de ciudadanía No.13.011.227 expedida en Ipiales, radicó en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Cuaspud – Carlosama(Nariño) el formulario de inscripción y demás requisitos legales para ser reconocido como promotor y vocero de una iniciativa de revocatoria del mandato del Alcalde Municipal.

Que el día 31 de julio de 2018, se reconoció al solicitante como promotor y vocero de la iniciativa SI AL CAMBIO SOCIAL”, mediante Ro. 001 del 31 de Enero de 2018 y en el día 1 de febrero de 2018, se le hizo entrega al vocero del respectivo formulario de recolección de apoyos elaborado por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley 1757 de 2015, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para la

Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley 1757 de 2015, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para la recolección de apoyos, con el número de firmas respectivo.

Que mediante oficio del 10 de julio de 2018, el Promotor y Vocero de la iniciativa – Revocatoria del Mandato del Alcalde de Cuaspud – Carlosama (Nariño), Sr. TITO WILLIAM REVELO ROSERO, identificado con cédula de ciudadanía No.13.011.227 expedida en Ipiales; solicita mediante oficio del 10 de julio de 2018, radicada en este Despacho con fecha 11 de julo de 2018, el desistimiento mediante acta al dar por terminada la iniciativa haciendo devolución del formulario en blanco, sin recolección alguna de apoyos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la Revocatoria del Mandato del Alcalde de Cuaspud – Carlosama (Nariño), denominada “SI AL CAMBIO SOCIAL”, radicada bajo el Nro. RM-2018-09-001-23-034 de 2018, por el señor: TITO WILLIAM REVELO ROSERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.011.227.Continuación Resolución No. 001 del 31 de Enero de 2018

Por la cual se reconoce el Vocero de una Revocatoria del Mandato y se inscribe el Promotor

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la ciudadanía que no se recolectó ninguna firma a la fecha del desistimiento y entregados a la Registraduría.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la ciudadanía que no se recolectó ninguna firma a la fecha del desistimiento y entregados a la Registraduría.

ARTÍCULO TERCERO: Señalar como plazo para que un nuevo Comité de promotores se inscriba con el cumplimiento de todos los requisitos en el término que están contemplados en el artículo 16 de la ley estatutaria No. 1757 del 6 de julio de 2015 a partir de la publicación de esta resolución.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Cuaspud – Carlosama, a los veinticinco (25)) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018),

AURA CECILIA TREJOS CORAL

Registradora Municipal del Estado Civil Cuaspud – Carlosama (Nariño)

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