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RNEC - Resolución 0236 del 21 de noviembre de 2023

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 0236 del 21 de noviembre de 2023
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 0236 DE 2023

21 de noviembre

Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana Revocatoria de Mandato denominado: “Dignidad para el pueblo Quindiano”

EL DELEGADO DEPARTAMENTAL DEL QUINDIO

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y

CONSIDERANDO

Que el señor CARLOS ARTURO LOPEZ RIOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.16.718.766, inscribió el 04 de enero de 2017, la Delegación Departamental del Quindío, un mecanismo de participación ciudadana para adelantar el cabildo abierto denominado: “Dignidad para el pueblo Quindiano”, actuando como vocero del comité promotor.

Que a la solicitud de inscripción del mecanismo de participación ciudadana denominada: “Dignidad para el pueblo Quindiano” le fue asignado el consecutivo -RM 2017-09-0126.

Que la Delegación Departamental del Quindío, hizo entrega al vocero de la iniciativa denominada: “Dignidad para el pueblo Quindiano”, el formulario de recolección de apoyos bajo radicado No. RM 2017-09-01-26.

Que el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, establece que vencido el término de revisión de los apoyos y hechas las verificaciones de ley, el respectivo Registrador del

Que el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, establece que vencido el término de revisión de los apoyos y hechas las verificaciones de ley, el respectivo Registrador del Estado Civil certificará si se ha cumplido o no con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de mecanismo de participación democrática, señalando igualmente que no se podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral.

Que la Revocatoria de Mandato denominada: “Dignidad para el pueblo Quindiano” con consecutivo No. RM 2017-09-01-26.NO cumplió con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta en el periodo constitucional de la corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto,Continuación Resolución No. 0236 del 21 de noviembre de 2023 Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos en el mecanismo de participación ciudadana revocatoria de mandato denominada: “Dignidad para el pueblo Quindiano”

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO CUMPLIMIENTO de los requisitos constitucionales y legales del mecanismo de participación ciudadana Revocatoria de Mandato denominado: “Dignidad para el pueblo Quindiano” con consecutivo No. RM

2017-09-01-26.

constitucionales y legales del mecanismo de participación ciudadana Revocatoria de Mandato denominado: “Dignidad para el pueblo Quindiano” con consecutivo No. RM 2017-09-01-26.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese al señor CARLOS ARTURO LOPEZ RIOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.16.718.76 6en calidad de vocero de la iniciativa ciudadana y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Armenia Quindío a los veintiún (21) días del mes de noviembre de 2023.

CARLOS EDUARDO GALLEGO GONZALEZ Delegado Departamental del Registrador Nacional en Quindío Encargado de Ambos Despachos Res. 26667 del 17/11/2023

Elaboro: C. A. C. G

Coord Electoral

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