RNEC - Resolución 027 del 23 de junio de 2022, Atrato (Yuto) - Chocó
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 027 del 23 de junio de 2022, Atrato (Yuto) - Chocó
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
,
KEGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML
RESOLUCIÓN No. 027 DE 2022
(del 23 de junio) • • Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado REVOCATORIA DEL MANDA TO radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002. LA REGISTRADORA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL EN ATRATO (YUTO)- CHOCO En uso de sus atribuciones lefiales y en especial las que le confiere el Decreto 101 O de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que el señor (a) JASSON YOVANNY CORDOBA MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No 1.193.532.426, actuando como Vocero (a) en nombre del Comité Promotor del Mecanismo de Participación Ciudadana REVOCATORIA DEL MANDATO denominado ''REVOCATORIA DEL MANDATO'' conforme lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, el día 19 de febrero de 2021 inscribió ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Atrato (Yuto) - Choco, el Comité promotor para adelantar un Mecanismo de Participación Democrática. Que mediante Resolución Nº 01 del 19 de febrero de 2021, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor
Que mediante Resolución Nº 01 del 19 de febrero de 2021, se declaró el cumplimiento del lleno de los requisitos legales y constitucionales establecidos para la realización del Mecanismo de Participación y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor JASSON YOVANNY CORDOBA MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.193.532.426, y a los miembros del comité promotor:
NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA
1. JASSON YOVANNY CORDOBA MORENO 1.193.532.426
Que a la solicitud de Mecanism0 de Participación Democrática denominada ''REVOCATORIA DEL MANDATO'', le fue asignado el número de Radicado RM-2021-09-001-17-002 y cuya propuesta es la siguiente: SEGÚN LO CONTEMPLADO EiN LA LEY 1757 DE 2015 PRESENTO MIS ARGUMENTOS AL INCUMPLIMIENTO CONTEMPLADO EN EL PROGRAMA DE GOBIERNO DEL MANDATARIO DEL MUNICIPIO DE ATRATO FUNDAMENTADA EN QUE NO SE HAN HECHO LAS INVERSIONES EN NIGUNA DE LAS LINEAS TRAZADAS EN SU PROGRAMA, ADEMAS DE ESTO LA POBLACION SE ENCUENTRA INCONFORME CON EL ACCIONAR DE LA
ADMINSITRACION MUNICIPAL.
Registraduria Delegada en lo Electoral Avenida Calle 26 No. 51 - 50 Oficina 304 - PBX (+571) 2202880 Ext: 1321-1322 - Código Postal 111321 - - Bogotá o.e. - www.registraduria.gov.co • ''Colombia ,s democracia, Registraduría su garantía''• OIGNUZMlÓfi tucrow, ,
REGISTRAD URJA NACIONAL DEL ESTADO CML
- Bogotá o.e. - www.registraduria.gov.co • ''Colombia ,s democracia, Registraduría su garantía''• OIGNUZMlÓfi tucrow,
, REGISTRAD URJA NACIONAL DEL ESTADO CML Cohtinuación Resolución No. 027 del 23 de junio de 2022 Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado REVOCORIA DEL MANDTO radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002. Que el día 26 de agosto de 2021, el Registrador (a) Municipal del Estado Civil en ATRATO (YUTO) - CHOCO, hizo entrega del formulario de recolección de apoyo debidamente diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Comité Promotor del Mecanismo. Que, dentro del término legal establecido, le fue entregado a la Registraduría Municipal de Atrato (Yuto), por parte de los ciudadanos promotores del Mecanismo de Participación Ciudadana, los formularios qe recolección de apoyos diligenciados que decían contener el número de folios y firmas tal y como consta en el Acta de recibo de formularios de apoyo No. 001 de 2022. Que mediante Oficio radicado No. 024235, el Director de Censo Electoral da traslado al vocero de la iniciativa, del Informe Tecnico Definitivo del Proceso de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo del Radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002, con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral 3793, para dar cumplimiento a lo establecido en
Apoyo del Radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002, con radicado de la verificación en la Dirección de Censo Electoral 3793, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° numeral 1 O y 11 de la Resolución No. 6245 del 22 de diciembre de 2015, del Consejo Nacional Electoral. Qufi en cumplimiento a lo estaplecido en el Parágrafo del artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los1 estados contables dentro del plazo contemplado en esta Ley. Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 1 O del Artículo Tercero de la Resolución 6245 de 2015 proferida por el Consejo Nacional Electoral, una vez realizado el proceso de verificación de apoyos adelantado por la Coordinación Grupo Verificación de Firmas - Dirección de Genso Electoral, el Informe Técnico Definitivo de Verificación de Firmas Apoyo por Apoyo fue publicado en la página Web de la Registraduría Nacional Que una vez realizado el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo, realizado por la Registraduría Nacional del Estado CivilDirección de Censo Electoral, se encontró, tal como consta en el Informe Técnico Definitivo del Proceso Verificación de las Firmas de Apoyo Investigación 1631 RM-2021-09-001-17-002 que: - El número total de registro analizados 1560 - El número total de apoyos validos fue 96 - El número total de apoyos nulos fue 1464 - El número mínim© de apoyos validos requeridos según el censo electoral y la clase de iniciativfi son 720
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales
- El número mínim© de apoyos validos requeridos según el censo electoral y la clase de iniciativfi son 720
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática denominada "REVOCATORIA DEL MANDATO'' Radicado RM-2021-09-001-17-002, Porque de acuerdo con el Resumen de Informe Técnico Procedimiento de Verificación de firmas Apoyo por Apoyo, no obtuvo los apoyos mínimos válidos para continuar con el proceso.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar la presente, al vocero de la iniciativa ciudadana con Radicado RM-2021-09-001-17-002 señor JASSON YOVANNY CORDOBA MORENO, identificado con
cédula de ciudadanía No 1.193.fi32.426.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente Resolución al señor JUAN GENECY BEJARANO MARTINEZ Alcalde Municipal de Atrato (Yuto) y la Direccion de Censo Electoral de
la Registraduria Nacional del Estado Civil.- OtUi.Wi'ACIÓ., ELlcrow, REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Coliltinuación Resolución No. 027 del 23 de junio de 2022 Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, validos, nulos y el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática Municipal denominado REVOCORIA DEL MANDTO radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002.
ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MANDTO radicado bajo el consecutivo RM-2021-09-001-17-002.
ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Atrato (Yuto) a los 23 días del mes de junio de 2022 Reg
Y E. A'SPRILLA PANDALES
radora Municipal del Estado Civil