RNEC - Resolución 031 del 08 de noviembre de 2022, Barrancabermeja - Santander
Registraduría Nacional del Estado Civil
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 031 del 08 de noviembre de 2022, Barrancabermeja - Santander
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
, REGISTRADURIA NACIONAL DEL ES'IADO CIVIL Resolución No 031. Del 08 de noviembre de 2022, Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la ley 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentado por el señor HELIODORO HUMBERTO BUITRAGO LUNA sobre el "mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del alcalde del municipal de Barrancabermeja
ALFONSO EUACH MANRIQUE"
RESOLUCIÓN No. 031
(Noviembre 08 de 2022) Por la cual se archiva el "mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del alcalde del municipio de Barrancabermeja ALFONSO ELJACH MANRIQUE denominada "LA ESCLAVITUD DE LOS LIDERES A LA REVOCATORIA BARRANCABERMEJA PRESENTE" cuyo promotor y vocero fue el señor. HELIODORO HUMBERTO BUITRAGO LUNA según Resolución 09 del 31 de agosto de 2021. LOS REGISTRADORES ESPECIALES DEL ESTADO CIVIL DE BARRANCABERMEJA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que confiere el Decreto 101 O del año 2000, Ley 1757 de 2015 y la ley 134 de 1994, CONSIDERANDO Que con Resolución No. 005 del 20 de agosto de 2021, este despacho reconoció al promotor/vocero de la iniciativa de revocatoria del mandato, denominada "LA ESCLAVITUD DE LOS LIDERES A LA REVOCATORIA BARRANCABERMEJA PRESENTE" para adelantar la Revocatoria de Mandato de conformidad con el Artículo
promotor/vocero de la iniciativa de revocatoria del mandato, denominada "LA ESCLAVITUD DE LOS LIDERES A LA REVOCATORIA BARRANCABERMEJA PRESENTE" para adelantar la Revocatoria de Mandato de conformidad con el Artículo 7 de la ley 1757 de 2015 del alcalde municipal de Barrancabermeja ALFONSO ELJACH
MANRIQUE.
Que uno de los fines esenciales del Estado señalados en el Artículo 2 de la Constitución Policita de Colombia, es el de facilitar la participación de todos en las decisiones. que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. Que el Artículo 40 de la constitución Política de Colombia dispone que: Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:KEGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Resolución No 031. Del 08 de noviembre de 2022, Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015 como consecuencia del desistimiento presentad<¡ por el señor HELIODORO HUMBERTO BUITRAGO LUNA sobre el "mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del alcalde del municipal de 0arrancabermeja
ALFONSO EUACH MANRIQUE"
1. Elegir y ser elegido, 2. Tomar parte en elecciones, plebiscito, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática. 3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas. 4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen las Constitución y la Ley ...
movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas. 4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen las Constitución y la Ley ... Que el día 04 de noviembre de 2022, posterior al plazo de los seis- (6) meses establecidos como fecha definitiva para la entrega de los formularios de recolección de Apoyos, el señor HELIODORO HUMBERTO BUITRAGO LUNA desiste de la iniciativa . de la REVOCATORIA DEL MANDATO, mediante oficio radicado en el Despacho de la Registraduria Especial de Barrancabermeja. En virtud de lo expuesto este despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar el mecanismo de participación ciudadana. de revocatoria del mandato del alcalde del municipio de Barrancabermeja ALFONSO
ELJACH MANRIQUE denominado "LA ESCLAVITUD DE LOS LIDERES A LA
REVOCATORIA BARRANCABERMEJA PRESENTE.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se notificará el presente acto administrativo al señor HELIODORO HUMBERTO BUITRAGO LUNA promotor/vocero del mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del Alcalde Municipal de
Barrancabermeja ALFONSO ELJACH MANRIQUE. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Barrancabermeja a los ocho (08) días del mes de noviembre de 2022.
JORGE JR MONTES CRISTO
Registradores Especiales del Estado Civil de Barrancabermeja