RNEC - Resolución 032 del 06-05-2026
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 032 del 06-05-2026
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
Por la cual s cumplimien e LOS REGIST de las atribuqd de 1994 y 17 Que mediant revocatoria dé
CABE UN MQ
> 3 Que mediante 47-001-3160Marta, se am Distrital de Sa Que en conse modificar la R la iniciativa de denominada: ‘ PUDO”, en cu Santa Marta d Que el Juzgad mediante auto con radicado ordenar a la suspender de efectos del A relacionado ca participación c Que la Registra las autoridade Resolución No tanto se adopte Que, por lo anti ARTÍCULO PR de 2026 “Por | cumplimiento d con Funciones el No. 47-001-4 y aN PÚBLICA Los. cotora A :
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 032 DE 2026 (06 DE MAYO DE 2026) suspenden los efectos de la Resolución No. 029 del 20 de abril de 2026 en o a la medida provisional decretada por el Juzgado Décimo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta TRADORES ESPECIALES DEL ESTADO CIVIL DE SANTA MARTA, en uso iones conferidas en el Decreto Ley 1010 de 2000, las Leyes Estatutarias 134 57 de 2015, la Ley 1755 de 2015, la Resolucién No. 8628 de 2024 expedida por la Registraduria Nacional del Estado Civil, y
CONSIDERANDO:
57 de 2015, la Ley 1755 de 2015, la Resolucién No. 8628 de 2024 expedida por la Registraduria Nacional del Estado Civil, y CONSIDERANDO: Resolución No. 012 del 20 de febrero de 2026 se inscribió la iniciativa de | mandato del Alcalde Distrital de Santa Marta, inicialmente denominada “NO JÓN MÁS”. sentencia de tutela acumuladas No. 47-001-3333-01 1-2026-00087-00 y No. 005-2026-00142-00, proferidas por el Juzgado Once Administrativo de Santa pararon los derechos fundamentales al buen nombre y honra del Alcalde nta Marta y de los terceros intervinientes. cuencia, mediante Resolución No. 029 del 20 de abril de 2026 se resolvió esolución No. 012 del 20 de febrero de 2026, en el sentido de establecer que revocatoria del mandato del Alcalde Distrital de Santa Marta, anteriormente NO CABE UN MOJÓN MÁS”, en adelante se identificará como: “PINEDO NO mplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Once Administrativo de e fecha 17 de abril de 2026. o Décimo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta, de fecha de cuatro de mayo de 2026, proferido dentro de la acción de tutela No. 47-001-40-09-010-2026-00221-00, decretó como medida provisional Registraduría Nacional del Estado Civil y/o al Consejo Nacional Electoral manera inmediata y mientras se decide de fondo la acción de tutela, los ¡to 095 del 29 de abril de 2026 y de la Resolución 029 de 2026, en lo n el uso de la denominación “PINEDO NO PUDO” dentro de la iniciativa de udadana.
aduria Nacional del Estado Civil es respetuosa de las decisiones que ordenen S judiciales por lo que resulta procedente suspender los efectos de la | 029 de 2026, en cumplimiento de la medida provisional decretada, hasta = decisión de fondo dentro de la acción de tutela referida. eriormente expuesto, RESUELVEN: IMERO: SUSPENDER los efectos de la Resolución No. 029 del 20 de abril a cual se modifica la Resolución No. 012 del 20 de febrero de 2026”, en e la medida provisional decretada por el Juzgado Décimo Penal Municipal de Conocimiento de Santa Marta dentro de la acción de tutela radicada bajo 0-09-010-2026-00221-00.Continuación de No. 029 del 20 de abril de 2026 en cumplimiento a la medida provisional decretada por el Juzgado Décimo Penal Municipal con Funciones de Página 2 de 2
ARTÍCULO SEGUNDO: La suspensión dispuesta en el artículo anterior se mantendrá hasta tanto se adopte decisión de fondo dentro de la acción de tutela con radicado No. 47-00140-09-010-2026-00221-00.
ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese la presente decisión al señor MIGUEL IGNACIO MARTÍNEZ OLANO, al Consejo Nacional Electoral, al Alcalde de Santa Marta cuyo mandato se Participación Electoral, am ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no
Dada en Sant RENE A a Marta D.T.C.H., el 6 de mayo de 2026. A la Resolución No. 032 del 06 de mayo de 2026 “Por la cual se suspenden los efectos de la Resolución Conocimiento de Santa Marta
Dada en Sant RENE A a Marta D.T.C.H., el 6 de mayo de 2026. A la Resolución No. 032 del 06 de mayo de 2026 “Por la cual se suspenden los efectos de la Resolución Conocimiento de Santa Marta pretende revocar, al Ministerio Público, al Grupo de Mecanismos de Ciudadana adscrito a la Dirección de Gestión Electoral y al Consejo Nacional ás tardar el día hábil siguiente a la fecha de su expedición. procede recurso alguno, por tratarse de un acto de ejecución de orden judicial. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Y LBERTO FUENTES ORTEGA JUAN MANUEL ROMERO CRESPO egistiadores Especiales del do Civil de Santa Marta