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RNEC - Resolución 035 vocero cabildo abierto

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 035 vocero cabildo abierto
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

a 5

RANeG LECTORA

REGISTRADURÍA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

RESOLUCIÓN No. 035

Del 28 de Agosto de (2018) Por la cual se reconoce el Promotor / Vocero de una Iniciativa para un Cabildo Abierto EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que el(a) señor(a) DEANY EDITH MARIO ECHEVERRY identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 25990419, actuando como ciudadano, el 09 de AGOSTO de 2018, presentó ante la Registraduría Municipal de Montelibano Córdoba, la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar un Cabildo Abierto, tema a tratar

“PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL MUNICIPIO DE]

MONTELIBANO CORDOBA”.

Que en la solicitud se señalan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos: Que en la solicitud se consigna como Vocero de la Iniciativa al(a) señor(a) DEANY EDITH MARIO ECHEVERRY, identificado con cédula de ciudadanía No. 25990419. Que el Artículo 6% de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra Cabildo Abierto, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar

el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el(a) señor(a) DEANY EDITH MARIO ECHEVERRY el 09 de AGOSTO de 2018, al momento de presentar ante la Registraduría Municipal de Montelibano Córdoba la solicitud de inscripción de un Cabildo Abierto, tema a tratar “PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL MUNICIPIO DE MONTELIBANO CORDOBA”, allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos. a wy)

ANDPO EEEC ON

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 035 del 28 de Agosto de 2018 Por la cual se reconoce el Vocero de una Consulta Popular de Origen Ciudadano y se inscribe el Comité Promotor Que la Registraduría Municipal de Montelibano - Córdoba una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor/Vocero, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la convocatoria a el Cabildo Abierto de Origen Ciudadano tema a tratar “PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL MUNICIPIO DE MONTELIBANO CORDOBA”, se encuentra ajustada a la Ley. Que el artículo 5° de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: “Resolución de Inscripción del Promotor o Comité Promotor y entrega del Formulario de Recolección de Apoyos. Con el lleno de los

requisitos y sin exceder el término de quince (15) días contados a partir de la solicitud de inscripción, la Registraduría del Estado Civil correspondiente notificará al Vocero de la iniciativa la Resolución por medio de la cual se reconoce al Vocero de la iniciativa y la inscripción del Promotor o Comité Promotor, (...) Que el artículo 3°, parágrafo, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, señala: “Verificación de los requisitos legales para la inscripción del promotor y/o Comité Promotor. El funcionario electoral deberá verificar que los ciudadanos que se pretenden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación — ANI.” Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que el Cabildo Abierto de Origen Ciudadano, tema a tratar “PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL MUNICIPIO DE MONTELIBANO CORDOBA”. cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero(a) de la iniciativa Cabildo Abierto, tema a tratar “PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL

MUNICIPIO DE MONTELIBANO CORDOBA”.

REGISTRADURIA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Continuación Resolución No. 035 del 28 de Agosto de 2018 Por la cual se reconoce el Vocero de una Consulta Popular de Origen Ciudadano y se inscribe el Comité Promotor A el(a) señor(a) DEANY EDITH MARIO ECHEVERRY, identificado(a) con cédula de ciudadanía No.25990419. - PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.

ARTÍCULO TERCERO: A la Iniciativa Cabildo Abierto de Origen Ciudadano, tema a tratar “PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PBOT) DEL MUNICIPIO DE MONTELIBANO CORDOBA”, se le asignará el consecutivo CA-2018-11-001-13-025 de 2018, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1757 de 2015.

La presente Resolución rige a partir de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Montelibano Córdoba eintiocho (28) días del mes de Agosto de 2018. caf)

UIS EDUARDO SANCHEZ ROMERO

istrador Municipal Del Estado Civil Montelibano Córdoba

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