RNEC - Resolución 0496 del 27-04-2026
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 0496 del 27-04-2026
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 0496 (27 DE ABRIL DE 2026) Por la cual se archiva la iniciativa de Revocatoria de Mandatq del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya! LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el veinticinco (25) de septiembre de 2025 los señores DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE, LUISA FERNANDA CASTRO SÁNCHEZ y GERMAN BULLA MONTAÑA, presentaron ante la Registraduría Distrital del Estado Civil la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria del mandato del señor alcalde mayor de Bogotá D.C., Doctor Carlos Fernando Galán Pachón. Que mediante la Resolución 1070 del 1° de octubre de 2025 proferida por la Registraduría Distrital del Estado Civil, se inscribió el comité promotor y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.149.501. Que como integrantes del Comité Promotor se registraron a los siguientes ciudadanos: No. NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA DE CIUDADANÍA 1_| DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE 1.019.149.501 2 | LUISA FERNANDA CASTRO SANCHEZ 1.030.681.976
No. NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA DE CIUDADANÍA 1_| DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE 1.019.149.501 2 | LUISA FERNANDA CASTRO SANCHEZ 1.030.681.976
3_| GERMAN BULLA MONTAÑA 13.884.695
Que a través de Acta de Entrega del Formulario de Recolección de Firmas (formato MPFT12) del día 24 de octubre de 2025, se hizo entrega del formulario de recolección de apoyos (formato MPFTOS5) al vocero de la iniciativa, indicándole el número de firmas válidas requeridas, la fecha de inicio de la recolección de apoyos y estableciendo como fecha límite para a entrega de las firmas el día 24 de abril de 2026. Que uno de los fines esenciales del Estado señalados en el artículo 2° de la Constitución Política, es la de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que: “Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede: 1. Elegir y ser elegido. 2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática. 3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas. 4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley...” Que los Artículo 6° y 7° de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, señalan los requisitos para la
forma que establecen la Constitución y la ley...” Que los Artículo 6° y 7° de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, señalan los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra laContinuación de la Resolución No. 0496 del 27 de abril de 2026 “Por la cual se archiva la iniciativa de Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya!” Pág. 2/2 Revocatoria del Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el artículo 11 de la Ley 1757 de 2015, establece: “ENTREGA DE LOS FORMULARIOS Y ESTADOS CONTABLES A LA REGISTRADURIA. Al vencer el plazo para la recolección de apoyos, el promotor presentará los formularios debidamente diligenciados, al Registrador del Estado Civil correspondiente. Vencido el plazo sin que haya logrado completar el número de apoyos requeridos, la propuesta será archivada.” Que vencido el plazo definitivo para la recolección de los apoyos el día 24 de abril de 2026, el Vocero de la iniciativa de la Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., denominada “i REVOCATORIA YA!”, no presentó los apoyos ciudadanos requeridos ante la Registraduría Distrital del Estado Civil. Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa de Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya!, la cual fue reconocida
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa de Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de
Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya!, la cual fue reconocida mediante la Resolución No. 1070 del 1° de octubre de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo al señor DANIEL RICARDO
MALAGÓN LAVERDE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.149.501, en su calidad de vocero de la iniciativa.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto administrativo al señor CARLOS
FERNANDO GALÁN PACHON, Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Delegada en lo Electoral-Dirección de Gestión
Electoral.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE I de dos mil veintiséis (2026). |
6 MD o ‘ DIKNA [AZ RINCON YOUSSEF SEFAIR SILVA
Registradores Distritales del Estado/Civil
Reviso: Oscar Fernando Barón Mantilla - Coordinación Grupo Soporte Electoral.