RNEC - Resolución 0496 del 27 de abril de 2026
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 0496 del 27 de abril de 2026
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
REGISTRADURÍANACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 0496(27 DE ABRIL DE 2026)
Por la cual se archiva la iniciativa de Revocatoria de Mandata del Alcalde Mayorde Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya! LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de2000, la Ley 1757 de 2015 y la ley 134 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el veinticinco (25) de septiembre de 2025 los señores DANIEL RICARDO MALAGÓNLAVERDE, LUISA FERNANDA CASTRO SÁNCHEZ y GERMAN BULLA MONTAÑA,presentaron ante la Registraduría Distrital del Estado Civil la solicitud de inscripción de unainiciativa ciudadana para adelantar la revocatoria del mandato del señor alcalde mayor deBogotá D.C., Doctor Carlos Fernando Galán Pachón. Que mediante la Resolución 1070 del 1° de octubre de 2025 proferida por la RegistraduríaDistrital del Estado Civil, se inscribió el comité promotor y se reconoció como vocero de lainiciativa al señor DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE identificado con cédula deciudadanía No. 1.019.149.501. Que como integrantes del Comité Promotor se registraron a los siguientes ciudadanos: No. NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA1 | DANIEL RICARDO MALAGÓN LAVERDE 1.019.149.5012 | LUISA FERNANDA CASTRO SANCHEZ 1.030.681.9763 | GERMAN BULLA MONTAÑA 13.884.695
Que a través de Acta de Entrega del Formulario de Recolección de Firmas (formato MPFT12)del día 24 de octubre de 2025, se hizo entrega del formulario de recolección de apoyos (formatoMPFT05) al vocero de la iniciativa, indicándole el número de firmas válidas requeridas, la fechade inicio de la recolección de apoyos y estableciendo como fecha límite para a entrega delas firmas el día 24 de abril de 2026. Que uno de los fines esenciales del Estado señalados en el artículo 2° de la ConstituciónPolítica, es la de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vidaeconómica, política, administrativa y cultural de la Nación. Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que: “Todo ciudadano tiene derecho aparticipar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo estederecho puede: 1. Elegir y ser elegido. 2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos,consultas populares y otras formas de participación democrática. 3. Constituir partidos,movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente ydifundir sus ideas y programas. 4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en laforma que establecen la Constitución y la ley...” Que los Artículo 6” y 7” de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, señalan los requisitos para lainscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra laContinuación de la Resolución No. 0496 del 27 de abril de 2026 “Por la cual se archiva la iniciativa deRevocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria ya!” Pág. 2/2
Pág. 2/2 Revocatoria del Mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotordeberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el artículo 11 de la Ley 1757 de 2015, establece: “ENTREGA DE LOS FORMULARIOS YESTADOS CONTABLES A LA REGISTRADURIA. Al vencer el plazo para la recolección deapoyos, el promotor presentará los formularios debidamente diligenciados, al Registrador delEstado Civil correspondiente. Vencido el plazo sin que haya logrado completar el número deapoyos requeridos, la propuesta será archivada.” Que vencido el plazo definitivo para la recolección de los apoyos el día 24 de abril de 2026,el Vocero de la iniciativa de la Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá D.C.,denominada “i REVOCATORIA YA!”, no presentó los apoyos ciudadanos requeridos ante laRegistraduría Distrital del Estado Civil. Que en virtud de lo anterior este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa de Revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor deBogotá D.C., promovida por el Comité Promotor ¡Revocatoria yal, la cual fue reconocidamediante la Resolución No. 1070 del 1° de octubre de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo al señor DANIEL RICARDOMALAGÓN LAVERDE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.149.501, en su calidadde vocero de la iniciativa.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto administrativo al señor CARLOSFERNANDO GALÁN PACHON, Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Público, alConsejo Nacional Electoral y a la Registraduría Delegada en lo Electoral-Dirección de GestiónElectoral.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C,, a los veintisiete (27) dias del mes de abril de dos mil veintiséis (2026). 6LQ oa ‘DIANA ÁZ RINCÓN YOUSSEF SEFAIR SILVARegistradores Distritales del Estado/Civil Reviso: | Oscar Fernando Barón Mantilla - Coordinación Grupo Soporte Electoral.