RNEC - Resolución 058 del 08 de octubre de 2021, Medellín
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 058 del 08 de octubre de 2021, Medellín
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
KEGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 058 (08 de octubre de 2021) Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de una iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato del Alcalde de Medellín EL REGISTRADOR ESPECIAL DEL ESTADO CIVIL DE MEDELLIN En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto - Ley 1010 de 2000, las Leyes Estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que el primero (01) de marzo de 2021, los señores Narlly Yessenia Bedoya Gallego, Odair Augusto Trujillo Orozco y Juan Andrés Jaramillo Villa, presentaron ante la Registraduría Especial de Medellín la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria de mandato del Alcalde de Medellín, denominada "Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín" Que en la solicitud se consigna como vocera de la iniciativa a la señora Narlly Yessenia Bedoya Gallego, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.254.997. Que en la solicitud se señalan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos: No. 1 2 3
NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA
Narlly Yessenia Bedoya Gallego 43.254.997 Odair Augusto Trujillo Orozco 5.916.849 Juan Andrés Jaramillo Villa 1.216.728.305 Registraduría Especial de Medellín-Antioquia
Narlly Yessenia Bedoya Gallego 43.254.997 Odair Augusto Trujillo Orozco 5.916.849 Juan Andrés Jaramillo Villa 1.216.728.305 Registraduría Especial de Medellín-Antioquia Calle 48 No. 42-41 -teléfono (+57 4) 2162727 ext. 2136-C.P 050016 -Medellín www.registraduria.gov.coREGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 058 de 2021 Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de una iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato Que los Artículos 6° y 7° de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 señalan los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra la revocatoria de mandato, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que la señora Narlly Yessenia Bedoya Gallego, al momento de presentar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, la solicitud de inscripción para adelantar la revocatoria de mandato denominada "Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín ", allegó el citado formulario, así como la exposición de motivos complementada con el protocolo de bioseguridad Covid 19. Que los Registradores Especiales del Estado Civil de Medellín, una vez radicada la solicitud de inscripción por parte de la vocera de la iniciativa, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar
los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la revocatoria de mandato denominada "Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín" se encuentra ajustada a la Ley. Que el 02 de marzo de 2021, se reconoció al solicitante como vocero de la iniciativa No. RM-2021-09-002-01-001, mediante Resolución No. 004 del 02 de marzo 2021. Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante concepto del 7 de abril de 2021 con radicado No. 202121000531051, determinó que para las actividades de recolección de apoyos adelantadas por los comités promotores de los mecanismos de participación ciudadana deben aplicarse las medidas de bioseguridad contenidas en la Resolución 666 de 2020, modificada por las Resoluciones 223 y 392 de 2021 proferidas por el dicha cartera ministerial, que establecieron entre otras medidas de bioseguridad los cuatro componentes generales para asumir riesgos de contagio, por lo tanto es viable la entrega de los formularios de recolección de apoyos. Que, como consecuencia de lo anterior, el día 18 de junio de 2021, se le hizo la entrega al vocero de la iniciativa el formulario de recolección de apoyos elaborado por la Registraduria Nacional del Estado Civil. Que de conformidad con el artículo 1 O de la Ley Estatutaria 1757, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el vocero cuenta con un plazo de seis (6) meses para la recolección de las firmas de quienes apoyan la iniciativa. Registraduría Especial de Medellín-Antioquia
del formulario de recolección de apoyos el vocero cuenta con un plazo de seis (6) meses para la recolección de las firmas de quienes apoyan la iniciativa. Registraduría Especial de Medellín-Antioquia Calle 48 No. 42-41 -teléfono (+57 4) 2162727 ext. 2136 -C.P 050016 -Medellín www.registraduria.gov.co LA REGISTftADUAÍAREGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 058 de 2021 Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de una iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato Que el 05 de octubre de 2021, dentro del plazo legalmente establecido, los señores Narlly Yessenia Bedoya Gallego, Odair Augusto Trujillo Orozco y Juan Andrés Jaramillo Villa, informaron la decisión de desistir de la iniciativa ciudadana con radicado No. RM2021-09-002-01-001. Que dando cumplimiento al artículo 16 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, "Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduría efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalará el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo con todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo", se procedió a realizar el respectivo conteo de los folios entregados por el vocero de la iniciativa dando como resultado que hasta el día 05 de octubre de 2021, habían suscrito aproximadamente 8.000 apoyos ciudadanos, contenidos en 564 folios.
vocero de la iniciativa dando como resultado que hasta el día 05 de octubre de 2021, habían suscrito aproximadamente 8.000 apoyos ciudadanos, contenidos en 564 folios. Que, debido a la naturaleza de la revocatoria de mandato, la cantidad de apoyos a recolectar es de 91.211. En este entendido, y teniendo en cuenta que las firmas recolectadas no han sido objeto de verificación y validación, hacen falta aproximadamente 83.211 apoyos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria de mandato del Alcalde de Medellín, denominada "Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín ", radicada bajo el No. RM2021-09-002-01-001 por el Comité Promotor de la iniciativa, señores Narlly Yessenia Bedoya Gallego, Odair Augusto Trujillo Orozco y Juan Andrés Jaramillo Villa, en la Registraduría Especial de Medellín, el día 05 de octubre 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la ciudadanía que el número de apoyos recolectados a la fecha del desistimiento y entregados en esta Registraduría fueron aproximadamente 8.000, contenidos en 564 folios.
Registraduría Especial de Medel lín-Antioquia Calle 48 No. 42-41 -teléfono (+57 4) 2162727 ext. 2136 -C.P 050016 -Medellín www.registraduria.gov.co LA REGISTHADUHÍAREGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 058 de 2021
www.registraduria.gov.co LA REGISTHADUHÍAREGISTRADUKÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 058 de 2021 Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de una iniciativa ciudadana de revocatoria de mandato ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para su publicación en la página web de la Entidad.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los ocho días (08) )
LAS GOMEZ GIRALDO
Registrador Especial de Medellín
Revisó y Aprobó: Raúl Nicolas Gómez Giralda
Proyectó: Natalia Casas - Juan Grisales
Registraduría Especial de Medell ín-Antioquia Calle 48 No. 42-41 -teléfono (+57 4) 2162727 ext. 2136-C.P 050016 -Medellín www.registraduria.gov.co