RNEC - Resolución 07 del 11 de diciembre de 2017 - San Cayetano, Norte de Santander
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 07 del 11 de diciembre de 2017 - San Cayetano, Norte de Santander
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
RESOLUCION 07 DE 2017
(11 DE DICIEMBRE DE 2017)
Por la cual se archiva la iniciativa de “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 - 2019” cuyo promotor fue reconocido según Resolución 01 del 28 de marzo de 2017
EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE SAN CAYETANO – NORTE DE
SANTANDER
En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 del año 2000, y ley 1757 de 2015 y la ley 134 de 1994, y
CONSIDERANDO
Que uno de los fines esenciales del Estado señalados en el artículo 2° de la Constitución Política; es el de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la toma de decisiones de todo aquello que afecte la vida política y administrativa.
Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido, y participar en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática, incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporaciones públicas y la revocatoria del mandato.
Que, el día 17 de marzo de 2017 la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ , identificada con C.C. No. 60.344.805, radicó en la Registraduría Municipal de San Cayetano , el formulario de inscri pción y los demás requisitos legales para ser reconocido como vocero
identificada con C.C. No. 60.344.805, radicó en la Registraduría Municipal de San Cayetano , el formulario de inscri pción y los demás requisitos legales para ser reconocido como vocero de la iniciativa ciudadana denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER
AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 - 2019”.
Que, mediante Resolución 01 del 28 de marzo de 2017 se reconoció al solicitante como Promotor / Vocero de la Iniciativa registrada con número de radicado RM-2017-09-001-25079 “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 - 2019”, y el día 28 de marzo de 2017, se le hizo entrega al vocero del respectivo formulario de recolección de apoyos elaborado por la Registraduria Nacional del Estado Civil.
Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley 1757, a partir de la entrega del formulario de recolección de apoyos el promotor tiene un plazo de seis (6) meses para la recolección de firmas de apoyo a la iniciativa.
Que el 27 de septiembre de 2017, dentro del plazo legal de los seis (6) meses, la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ, informó la decisión de desistir de la inicativa ciudadana.
Que mediante Acta 002 del 03 de octubre de 2017, suscrita entre la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ y el REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE SAN CAYETANO, se reciben cuatro (4) formularios con cuarenta y nueve (49) firmas de apoyo
PEÑALOZA LOPEZ y el REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE SAN CAYETANO, se reciben cuatro (4) formularios con cuarenta y nueve (49) firmas de apoyo del proceso de “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO
ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 – 2019”.
Que dando cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, “Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación del desistimiento, la Registraduria efectuará el conteo, hará público el número de firmas recogidas y señalara el plazo para que un nuevo comité de promotores, cumpliendo con todos los requisitos, se inscriba y recoja el número de apoyos requerido para tal efecto y continuar con el procedimiento respectivo”.Por la cual se archiva la iniciativa de “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 - 2019” cuyo promotor fue reconocido según Resolución 01 del 28 de marzo de 2017
Que, como lo establece el Artículo 11 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, “Quince días después de la entrega de los formularios de los que trata este artículo, o del vencimiento del plazo para la recolección de firmas, o su prórroga si la hubiere, el promotor o comité promotor deberá entregar los estados contables de la campaña de recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre mecanismo de participación ciudadana. En los estados conta bles figurarán los aportes, en dinero o en especie, que cada persona natural o jurídica realice
promotor deberá entregar los estados contables de la campaña de recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre mecanismo de participación ciudadana. En los estados conta bles figurarán los aportes, en dinero o en especie, que cada persona natural o jurídica realice durante la campaña respectiva”. (Subrayado fuera del texto). Y que conforme el parágrafo del artículo 15 de la citada Ley “El Registrador del Estado Civil corre spondiente no podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley…”
Que el día 19 de octubre de 2017, se recibió de parte de la p romotora de la iniciativa señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ la certificación de los estados contables de la “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 – 2019”.
Que debido a la naturaleza de la revocatoria y el total de votos validos para la elección del señor LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO, Alcalde del municipio de San Cayetano, la cantidad de apoyos a recolectar es de 706, según el formulario E -26. En este entendido, y teniendo en cuenta que las firmas hast a ahora recolectadas no han sido objeto de verificación y validación sino tan solo contabilizadas.
Que mediante Resolución 02 del 20 de octubre de 2017 se aceptó el desistimiento de la Revocatoria del Mandato de origen ciudadano denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015
Revocatoria del Mandato de origen ciudadano denominada “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 – 2019” radicado ante la Registraduria Municipal del Estado Civil de San Cayetano, el 27 de septiembre de 2017, por la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ.
Que se c omunicó a la ciudadanía que se recolectaron cuarenta y nueve (49) firmas de apoyo a la iniciativa y los mismos fueron entregados en esta Registraduria.
Que se señaló el plazo para que un nuevo comité de promotores se inscriba con el cumplimiento de todos los requisitos en los términos que están contemplados en el artículo 16 de la ley estatutaria N° 1757 del 6 de julio de 2015 a partir de la publicación de esta Resolución.
Que una vez vencido los términos que están contemplados en el artículo 16 de la ley estatutaria N° 1757 del 6 de julio de 2015 , el Registrador del Estado Civil correspondiente procederá a archivar la propuesta.
Que en virtud con lo anterior:
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: ARCHIVAR la iniciativa “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 – 2019”, cuyo Promotor / Vocero fue reconocido mediante Resolución 01 del 28 de marzo de 2017.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR sobre el presente acto administrativo a la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 60.344.805
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR sobre el presente acto administrativo a la señora ALICE LEONOR PEÑALOZA LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 60.344.805 de Cúcuta, vocera de la iniciativa “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 – 2019” reconocida mediante Resolución 01 del 28 de marzo de 2017.Por la cual se archiva la iniciativa de “REVOCATORIA DE MANDATO DE LUIS JAVIER AGUDELO GUERRERO ALCALDE DE SAN CAYETANO PERIODO 2015 - 2019” cuyo promotor fue reconocido según Resolución 01 del 28 de marzo de 2017
ARTICULO TERCERO: la presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en San Cayetano, a los 11 días del mes de diciembre de 2017.
LUIS DANILO ROBLEDO MURILLO
Registrador Municipal Del Estado Civil