RNEC - Resolución 13 de 2017 - Yopal, Casanare
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 13 de 2017 - Yopal, Casanare
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2017
KEGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCION Nº 13 "Por medio del cual se archivan las iniciativas para una Revocatoria de Mandato, NUEVA ERA, YO TAMBIÉN SOY YOPAL FIRME POR YOPAL cuyos voceros fueron reconocidos según resoluciones 002, 003, y 004 del 21 de febrero de 201 lrespectivamente," EL REGISTRADOR ESPECIAL DEL ESTADO CIVIL DE YOPAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el Decreto - Ley 101 O de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que se presentaron tres iniciativas ciudadanas para convocar la Revocatoria del Mandato del alcalde JHON JAIRO TORRES TORRES del Movimiento Significativo de Ciudadanos Movimiento Social la Bendición. Que se les dio reconocimiento mediante las resoluciones 002, 003 y 004 del 21 de febrero de 2017, a los promotores voceros de las iniciativas para la Revocatoria del Mandato. Que uno de los fines del estado señalados en el artículo 2º de la Constitución Política, es el de facilitar la participación de todos los ciudadanos que los afecten en la vida política y administrativa. Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido y participar en elecciones, plebiscitos, referendo, consultas populares y otras formas de participación democrática, incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporaciones públicas y la revocatoria del mandato. Que vencido el plazo definitivo para la recolección de los apoyos relacionados en
participación democrática, incluyendo el derecho a la iniciativa en las corporaciones públicas y la revocatoria del mandato. Que vencido el plazo definitivo para la recolección de los apoyos relacionados en cuadro, los promotores-voceros de las iniciativas radicadas en la Registraduria Especial de Yopal así·
RADICADO NOMBRE DE LA REVOCATORIA Nº VENCIMIENTO
RES
RM-2017-09-001-46-001 NUEVA ERA 002 21/08/2017
R M-2017-09-002-46-001 YO TAMBIEN SOY YOPAL 003 22/08/2017
R M-2017-09-003-46-001 FIRME POR YOPAL 004 22/08/2017
NO presentaron los apoyos respectivos. Que el artículo 11 de la ley 1757 de 2015 consagró que "Al vencer el plazo para la recolección de apoyos el promotor presentara los formularios debidamente diligenciados al Registrador del Estado Civil correspondiente. Vencido el plazo sin que haya logrado completar el número de apoyos requeridos, la propuesta será archivada". Que en consonancia con lo anterior, se hace necesario adoptar un protocolo general para todas las dependencias que se deben actuar al interior de la Registraduria del Registraduría Especial del Estado Civil de Yopal - Casanare Calle 15 Nº 17-59 Yopal Tels. 6358723 6358121 Ext 114 yopalCasanare@registraduria.gov.co" Colombia es democracia, Reqistraduría su garantía"REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Estado Civil, de manera que la actuación frente al archivo de una ini iativa ciudadana; siempre teniendo como referencia el cumplimiento de la Ley y la me or atención a los
Estado Civil, de manera que la actuación frente al archivo de una ini iativa ciudadana; siempre teniendo como referencia el cumplimiento de la Ley y la me or atención a los ciudadanos que pretendan ejercer el derecho a la participación a través de estos mecanismos. Que en virtud de lo anterior este despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Archivar las iniciativas para una revocat ria del mandato denominadas respectivamente, NUEVA ERA reconocido según reso ución 002 del 21 de febrero de 2017, YO TAMBIÉN SOY YOPAL reconocido según r solución 003 del 21 de febrero de 2017 y FIRME POR YOPAL reconocido según reso ución 004 del 21 de febrero de 2017 respectivamente.
ARTICULO SEGUNDO: Se notificara del presente acto administra , ti o a los voceros RODOLFO ANOREY PLAZAS M identificado con e.e 74770895; ED R RODRIGUEZ MOL/NA identificado con C. C 11383282; CESAR AUGUSTO ORTIZ ZORRO identificado con e.e 9430821 Y a los demás miembros del comité pr motor.
ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Yopal - Casanare a los 25 días de agosto de 2017. rfiUw R URIBE ORTEGA Registrador special de Estado Civil de Yopal Registraduría Especial del Estado Civil de Yopal - Casanare Calle 15 Nº 17-59 Yopal Tels. 6358723 6358121 Ext 114 o alCasanare re i raduria. ov.co" Colombia es democracia, Registraduría su garantía"