🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

RNEC - Resolucion 20 fomeque cabildo abierto

Registraduría Nacional del Estado Civil

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
RNEC - Resolucion 20 fomeque cabildo abierto
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

REGISTRADURÍA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 20 (6 de junio del 2018) “Por la cual se certifica el número total de apoyos consignados, válidos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un cabildo abierto ante el Honorable Concejo Municipal." EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE FOMEQUE - CUNDINAMARCA en uso de sus alribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y

CONSIDERANDO

1. Que el día DIECINUEVE (19) de enero de dos mil dieciocho (2018) el señor NESTOR ORLANDO LARA VELASQUEZ, identificado con cédula de

ciudadanía No. 1.071.628.150 de Fomeque Cundinamarca, presentó ante la Regisiraduría Municipal solicita (...)se sirva certificar la población del último censo electoral, y hacernos llegar los formularios con el fin de convocar a un CABILDO ABIERTO para discutir lo correspondiente a dar trámite en el Concejo Municipal, del cambio de uso al predio identificado con numero catastral 25-279-01-00-00-00-0044-0001, con el objeto de que en dicho predio se pueda desarrollar un proyecto de vivienda de interés social y de interés prioritario para la comunidad que actualmente requiere vivienda, (...).

2. Que mediante comunicación interna No. 15079-019 de fecha 2 de febrero

del 2018, emanado en el Despacho de la Registraduria Municipal, dirigido al Señor NESTOR ORLANDO LARA VELASQUEZ con cédula de ciudadanía No. 1.071.628.150 de Fomeque Cund. se hace la remisión de los formularios de Recolección de apoyos, iniciativa ciudadana con radicación CA-2018-11001-001-15-079, legalizada mediante notificación personal “RESPUESTA

SOLICITUD CABILDO ABIERTO RAD CA-2018-11-001-001-15079".

3. Que, dentro del término legal establecido, le fue entregado a la Registraduría Municipal del Estado Civil de Fomeque Cundinamarca por parte del Señor NESTOR ORLANDO LARA VELASQUEZ Con cedula de

ciudadanía No. 1.071.628.150 de Fomeque, los formularios de recolección de apoyos debidamente diligenciados, tal como consta en el Acta No, 02 de fecha 6 de marzo de 2018.

4. Que en cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, fueron entregados los estados dontables dentro del plazo contemplado en la referida leyy reflejan que la campaña no excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por! el Consejo Nacional Electoral, de acuerdo a la constancia expedida por el Fondo de Financiación PolíticaConsejo Nacional Electoral de fecha 22 de mayo de 2018, obrante en tres (3) folios. istraduria Municipal de Fomeque - Cundinamarca “Colombia es democracia, Registraduría su garantia”.

REGISTRADURIA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL oyos consignados, Continuación Resolución No. 20 de 20187 “Por la cual se certifica el número total de al ara la propuesta de un válidos, nulos y el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos p. cabildo abierto ante el Honorable Concejo Municipal.”

5. Que una vez realizado el proceso de verificación de apo os realizado por la Registraduría Nacional del Estado CivilDirección de Censo Electoral se: encontró, tal como consta en el informe Técnico Definitivo de Verificación de Firmas N° 605 comunicado mediante oficio No. RDE-DCE-1418 firmado or el Director de Censo Electoral, la cual se relaciona a dontinuación: ORD DESCRIPCION TOTAL 1 | Ok. En Censo Investigación 113 2 | Dato ilegible 1 3 | Nombre No Corresponde 3 4 | No Ani 4 5 | No en Censo de Investigación 1 6 | Renglón en Blanco 2 7 | Registros Uniprocedentes ó

6. Que de acuerdo a la certificación expedida por Director de Censo Electoral de la Registraduria Nacional del Estado Civil que el núme: TO mínimo a recaudar corresponde a cuarenta y ocho (48) a poyos.

En mérito de lo expuesto anteriormente, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: CERTIFICAR el cumplimiento de los requisito: constitucionales y legales para la propuesta de un Mecanismo de Participación Democrática denominada “CABILDO ABIERTO" ante el Honorable Concejo Municipal según Radicación CA-2018-11-001-001-15-079.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución de acuel do ala Ley 1437

de 2011, articulo 67 y subsiguiente, al vocero de la iniciativa ciu: 'adana (Cabildo Abierto) con Radicación CA 2018-11-001-001-15-079, señor N ESTOR ORLANDO LARA VELASQUEZ con cédula de ciudadanía No. 2.951.1 5 de Fomeque Cundinamarca ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente Resolución al Hohorable Concejo Municipal de Fomeque Cundinamarca, Personería Municipal Y Alcaldía Municipal donde se pretende llevar a cabo el “CABILDO ABIERTO”.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE | Dada en Fomeque Cundinamarca los seis (6) días del mes de jul io de dos mil dieciocho (2018) Ne GOMEZ Registrador Municipal del Estado Civil de romeque Cundit inamarca

Consultar sobre este documento ...