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RNEC - Resolucion 2009 1139

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolucion 2009 1139
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2009

REPUBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

1139 RESOLUCIÓN No. DE 2009 ( 1 de diciembre ) Por la cual se fijan los valores correspondientes a la reposición de cada voto válido depositado a favor de listas de candidatos a Congreso de la República período constitucional 20102014, en las elecciones que se celebrarán el 14 de marzo de 2009 EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las que le confieren los artículos 13, literal d) del 39 y 40 de la Ley 130 de 1994, y CONSIDERANDO Que el artículo 109 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 01 de 2009, dispone que el Estado concurre a la financiación de las campañas que adelanten los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, lo mismo que las de los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que avalen candidatos, mediante el sistema de reposición por votos válidos depositados, y delegó en la ley la determinación del porcentaje necesario para tener derecho a dicha financiación. Que el artículo 109 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, determinó que la cuantía de la financiación de las campañas electorales será por lo menos tres veces la aportada en el período 1999 2002 en pesos constantes de 2003, la cual incluye el costo del transporte del día de elecciones y el costo de las franquicias de correo. Que mediante Resolución 3352 del 12 de diciembre de 2005 se fijó el valor de

reposición por voto válido obtenido en las campañas electorales para Congreso de la República correspondiente al periodo 2006-2010, valor que tenía incorporado la equivalencia retomada en el actual artículo 109 Superior, por lo que solo resta actualizar tal valor de conformidad con la variación del índice de precios al consumidor durante el periodo de referencia.

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CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Resolución No. 1139 de 2009 Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE certificó la siguiente variación en el Índice de Precios al Consumidor, I. P. C.: Para el Año 2006 4,48 % Para el Año 2007 5.69 % Para el Año 2008 7,67 % Para el año 2009 a octubre 31 1,98 % Que efectuadas las operaciones matemáticas correspondientes, se tiene que el valor actualizado respecto del fijado en diciembre de 2005, es de Cuatro Mil Doscientos Diecisiete pesos m/lgal. Colombiana ($4.217).

RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Fijase el valor de reposición por voto válido depositado a favor de las listas de candidatos al Congreso de la República, período constitucional 2010-2014, que se realizarán el 14 de marzo de 2010, en la suma de Cuatro Mil Doscientos Diecisiete pesos m/lgal. Colombiana ($4.217).

ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., al 1º día del mes de diciembre de 2009.

OSCAR GIRALDO JIMÉNEZ

REPUBLICA DE COLOMBIA 3

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Resolución No. 1139 de 2009 Presidente

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