RNEC - Resolución 2489 de 2025
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 2489 de 2025
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
ohGAML/CIÓN ti.t.CTOR.41. - • 1,1 I:, • • REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN 42 2 4 8 9 DE 2025 2 8 FEB. 2025 "Por la cual se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en e/ artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023". EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 7° del Decreto No. 1011 de 2000, y CONSIDERANDO Que, mediante Resolución No. 4171 de 2023 expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil se actualizó y adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos. Que, en el numeral 1° del artículo 26 del Código Electoral Colombiano se contempló como función del Registrador Nacional del Estado Civil la de dirigir el funcionamiento de todas las dependencias de la Entidad. Que, el Registrador Nacional del Estado Civil expidió la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, "por medio de la cual se reasignan y armonizan unas competencias funcionales en materia Disciplinaria y se derogan unas resoluciones". Que, el artículo 5° de la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, señala lo siguiente: "Artículo Quinto: La Gerencia del Talento Humano deberá realizar todas las gestiones para ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias
Que, el artículo 5° de la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, señala lo siguiente: "Artículo Quinto: La Gerencia del Talento Humano deberá realizar todas las gestiones para ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil para los profesionales que venían actuando como instructores y de juzgamiento en las delegaciones departamentales y en la Registraduría Distrital, de acuerdo con las necesidades del servicio. Así mismo, modificará las funciones del Jefe de la Oficina de Control Disciplinario, del Jefe de la Oficina Jurídica de la Registraduría Nacional del Estado Civil y de la Secretaría General". Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, la Gerencia del Talento Humano procedió a adelantar las gestiones requeridas para modificar las funciones de los empleos de Secretario General 0017-08, Jefes de Oficina 0120-05, Profesionales Especializados 3010-08 — 3010-07 — 3010-06 — 3010-05 y Profesionales Universitarios 3020-03 — 3020-02 — 3020-01 en dichas dependencias del Nivel Central, en el Anexo No. 1 — Fichas — Perfil de los Empleos requeridos en el citado acto administrativo. Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, la Gerencia del Talento Humano procedió a adelantar las gestiones requeridas para
acto administrativo. Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 878 del 28 de enero de 2025, la Gerencia del Talento Humano procedió a adelantar las gestiones requeridas para modificar las funciones de los empleos de Delegado Departamental 0020-04, RegistradorContinuación Resolución Noll--1 • 2 4 8 9 de 2 8 FEB. 2025 Por la cual se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023". Página 2 de 47 Distrital 0025-07 y Profesionales Universitarios 3020-02 dependencias del Nivel Desconcentrado, en el Anexo No. 1 Empleos requeridos en el citado acto administrativo. A su vez, se hace necesario derogar lo establecido en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 del 22 de febrero de 2023. En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar las funciones esenciales para el empleo de Secretario General 0017-08, del Anexo No. 01 de la Resolución No. 4171 de 2023, el cual quedará así:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Directivo
Denominación del Empleo: Secretario General
Código: 0017
Grado: 08
Cargo del Jefe Inmediato: Registrador Nacional del Estado Civil Dependencia: Secretaría General
ÁREA FUNCIONAL
Nivel Central - Secretaría General PROPÓSITO DEL.:EMPLEO Contribuir y orientar en la formulación de políticas y proyectos institucionales, así como
Cargo del Jefe Inmediato: Registrador Nacional del Estado Civil Dependencia: Secretaría General
ÁREA FUNCIONAL
Nivel Central - Secretaría General PROPÓSITO DEL.:EMPLEO Contribuir y orientar en la formulación de políticas y proyectos institucionales, así como representar y/o apoyar directamente al Registrador Nacional del Estado Civil en los asuntos que a nivel central y desconcentrado le designe, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.
UNCIONES,ESENCIALES
1. Establecer políticas, objetivos y metas corporativas, como marco de referencia para la definición de los planes indicativos y de acción anuales.
2. Evaluar los avances y grado de cumplimiento del plan indicativo por parte de las áreas de la organización, en relación con los objetivos, las decisiones, las orientaciones y los lineamientos señalados por el Registrador Nacional.
3. Revisar los actos administrativos y convenios con entidades y organismos del Estado que deba suscribir el Registrador Nacional en cumplimiento de la misión y de los objetivos institucionales.
4. Coordinar, de acuerdo con las instrucciones del Registrador Nacional, la labor de las dependencias desconcentradas y los asuntos de conocimiento de este que soliciten los delegados del Registrador Nacional y los Registradores del Distrito Capital.
5. Dirigir y controlar las funciones de asesoría de las oficinas Jurídica y Planeación de la Registraduría Nacional del Estado Civil en función de las necesidades internas y de las demandas externas presentadas a la Organización.
6. Gestionar el mejoramiento de los procesos y procedimientos de su dependencia, la racionalización de recursos y el control de inventarios, en cumplimiento de las políticas de austeridad, autocontrol y eficiencia administrativa.
7. Ejercer las funciones de gestión de personal en su dependencia mediante la aplicación de los
racionalización de recursos y el control de inventarios, en cumplimiento de las políticas de austeridad, autocontrol y eficiencia administrativa.
7. Ejercer las funciones de gestión de personal en su dependencia mediante la aplicación de los — 3020-01 en dichas — Fichas — Perfil de losContinuación Resolución NrEP . 2 4 8 9 de 2 8 FEB. 2025"Por la cual se modifican las de la 18 de la Página 3 de 47 funciones
Registraduría Resolución de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo No. 4171 de 2023". procesos de evaluación del desempeño y control disciplinario en cumplimiento de las prescripciones de ley y siguiendo los procedimientos establecidos.
8. Implementar y aplicar el Sistema de Evaluación de Desempeño Laboral de los Servidores
Públicos de Carrera Administrativa Especial y en periodo de prueba, en el área a su cargo.
9. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Registrador Nacional del Estado Civil o por encargo, según la naturaleza y el nivel del empleo. 5' l'Oi-., tIMIÉNTOSESENCIÁLIE VI .. %VI 11: ' ,-.;z1v< , „
Comunes:
1. Manejo de herramientas ofimáticas.
2. Constitución Política de Colombia - Estructura del Estado - Derechos FundamentalesMecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.
3. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Mecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.
3. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
4. Estatuto General de Contratación Pública y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
5. Estatuto Orgánico de Presupuesto - manejo de presupuestos y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
6. Código General del Proceso y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
7. Código Único Disciplinario y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Específicos:
1. Gestión Pública.
2. Racionalización de trámites administrativos. 3. derechos de petición, ejercicio de la acción de tutela, acciones populares.
4. Sistema Integrado de Gestión y/o Modelo Estándar de Control Interno. r~ tE ciZINIP,ÉTEN0141;00.M.PORTAMENUM ' :',,,,,, Además de las competencias comunes y por nivel jerárquico establecidas en la Resolución No.
4171 de 2023 y las que la adicionen, modifiquen o deroguen, y su Anexo No. 2, deberá cumplir con las siguientes competencias comportamentales: - Conocimientos técnicos. - Prudencia. - Comunicación eficaz. - Pensamiento conceptual. - Manejo de crisis. - Relaciones públicas.
NIVEL DE PROFUNDIDAD: 3 gINI li''l -: ' • • , , -,,,1 .5 1111 e Q Ul$ITO, Ve 1 ', 'a INiii 41 '15 1 3, ^11159 4'
gINI li''l -: ' • • , , -,,,1 .5 1111 e Q Ul$ITO, Ve 1 ', 'a INiii 41 '15 1 3, ^11159 4' 1''' , .. t • ..' 1 1 • .Ex''ei:01,1E a ,', x4 1 " ; í, Ocho (8) años de experiencia profesional relacionada con el cargo. 1 1.1;k1', 1) 11 illály ian'.14 > , ‹. , EAP11, Título universitario en las profesiones o disciplinas académicas relacionadas con las funciones del empleo, de los siguientes núcleos básicos del conocimiento: Administración; Ciencia Política y Relaciones Internacionales; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería Industrial y afines.Título de formación avanzada en áreas relacionadas con las funciones del empleo.
1E,QUIVALeNCIAS114
Título de formación avanzada o de postgrado y su correspondiente formación académica por: tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título universitario. - o título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo. O Continuación Resolución Noll' e 2 4 8 9 de 2 8 Fra 2025 "Por la cual se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la
O Continuación Resolución Noll' e 2 4 8 9 de 2 8 Fra 2025 "Por la cual se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023". Página 4 de 47 ARTÍCULO 2. Modificar las funciones esenciales para el empleo de Profesional Especializado 3010 — 08 de la Secretaría General, del Anexo No, 01 de la Resolución No. 4171 de 2023, el cual quedará así:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Profesional
Denominación del Empleo: Profesional Especializado
Código: 3010
Grado: 08
Cargo del Jefe Inmediato: Secretario General
Dependencia: Secretaría General
►IELINOICINAls
Nivel Central - Secretaría General. PROPOSIMIWEIVIIIIEW Analizar, proyectar, recomendar y participar en el diseño, ejecución y seguimiento de las acciones conducentes al desarrollo de los planes, programas y proyectos para el logro de los fines institucionales, conforme a lo establecido en la normatividad vigente y las funciones del área a la cual sea asignado.
FUNCIONESIZSENCIALES
1. Formular, proponer, desarrollar y hacer seguimiento a las políticas y los proyectos que adelante la dependencia para responder a los requerimientos o necesidades institucionales.
2. Revisar y validar los actos administrativos y demás documentación que sea remitida a la Secretaría General, con el fin de verificar que cumpla con los requisitos legales y la calidad exigidos.
3. Elaborar los conceptos, actos administrativos y/o contratos que sean competencia del
Secretaría General, con el fin de verificar que cumpla con los requisitos legales y la calidad exigidos.
3. Elaborar los conceptos, actos administrativos y/o contratos que sean competencia del Despacho de la Secretaría General según lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
4. Responder por la administración, diseño y desarrollo de los proyectos de investigación que le sean asignados, y que propendan por el mejoramiento de la prestación del servicio por parte de
la Registraduría Nacional del Estado Civil.
5. Participar en los comités y/o grupos de trabajo que se le designen, en representación del Secretario General, en razón a sus funciones y su profesión.
6. Elaborar los informes que sean requeridos por el Secretario General, de acuerdo con parámetros técnicos necesarios, lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
7. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Registrador Nacional del Estado Civil del Estado Civil o el jefe inmediato, según la naturaleza y el nivel del empleo.i Continuación Resolución Noili2 . 2 ii 0 9 de 2 8 FEB. 2Ü25 "Por la cual se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023".
Página 5 de 47 ,' 153,1 lt NOMIENT 1?.BASICOOtIENCIA), '''.,,' oe : ' — 13W'
Comunes:
1. Manejo de herramientas ofimáticas.
2. Constitución Política de Colombia - Estructura del Estado - Derechos FundamentalesMecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.
Comunes:
1. Manejo de herramientas ofimáticas.
2. Constitución Política de Colombia - Estructura del Estado - Derechos FundamentalesMecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.
3. Acceso a la información y protección de datos.
4. Sistema Integrado de Gestión y/o Modelo Estándar de Control Interno.
5. Técnicas de Redacción.
6. Código Único Disciplinario y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Específicos:
1. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
2. Estatuto General de Contratación Pública y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen. m , ' -; , 1 MFITENCIA1.:5 OMP.0.11., MENTAL'. .< ,.. ,, „,,ei.; Además de las competencias comunes y por nivel jerárquico establecidas en la Resolución No.
4171 de 2023 y las que la adicionen, modifiquen o deroguen, y su Anexo No. 2, deberá cumplir con las siguientes competencias comportamentales: - Tolerancia a la Presión del Trabajo.
- Pensamiento Conceptual.
NIVEL DE PROFUNDIDAD: 3 .11 ,. c ,•9REQUISITO ,,, • ,,..f. '111: ' . W" , VOilittlili.
Cuatro (4) años de experiencia profesional relacionada con el cargo. Educación Título universitario en las profesiones o disciplinas académicas relacionadas con las funciones del empleo, de los siguientes núcleos básicos del conocimiento:
Cuatro (4) años de experiencia profesional relacionada con el cargo. Educación Título universitario en las profesiones o disciplinas académicas relacionadas con las funciones del empleo, de los siguientes núcleos básicos del conocimiento: Administración; Bibliotecología y otras ciencias sociales y humanas; Ciencia política y relaciones internacionales; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines; Ingeniería Industrial y afines; Matemática, Estadística y afines; Sociología, trabajo Social y afines; Geografía e Historia. Título de formación avanzada relacionado con las funciones del cargo. , - 'It11, '1.1) 9,IVALENCIA, .. 4ib ., ''''' 4' '140.1 ' Y'llb . - Título de formación avanzada o de postgrado y su correspondiente formación académica por: tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título universitario. - o título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo. - o terminación y aprobación de estudios universitarios adicional al título universitario exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con lasMO Continuación Resolución No.le , 2 4 8 9 de 2 8 FEB. 2025„Por la cual la la 47 se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de
la la 47 se modifican las funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de Resolución No. 4171 de 2023". Página 6 de funciones del cargo, y un año (1) de experiencia profesional específica o relacionada. - Título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, por tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada. - Título universitario por el grado Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, a partir del grado de Capitán o Teniente de Navío. ARTÍCULO 3. Modificar las funciones esenciales para el empleo de Profesional Especializado 3010 - 07 de la Secretaría General, del Anexo No. 01 de la Resolución No. 4171 de 2023, el cual quedará así:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Profesional
Denominación del Empleo: Profesional Especializado
Código: 3010
Grado: 07
Cargo del Jefe Inmediato: Secretario General Dependencia: Secretaría General w1p,,,, ,, eil . FoucionAt ' ~2.. ,,, Nivel Central - Secretaría General. "PRÓPÓSITaDEIZEMPLIEOWI' ' í , Analizar, proyectar, recomendar y participar en el diseño, ejecución y seguimiento de las acciones conducentes al desarrollo de los planes, programas y proyectos para el logro de los fines institucionales, conforme a lo establecido en la normatividad vigente y las funciones del área a la cual sea asignado.
FUNCIONESIeSENCI LIE' ,, 1 '
acciones conducentes al desarrollo de los planes, programas y proyectos para el logro de los fines institucionales, conforme a lo establecido en la normatividad vigente y las funciones del área a la cual sea asignado.
FUNCIONESIeSENCI LIE' ,, 1 '
1. Proponer, desarrollar y hacer seguimiento a las políticas y los proyectos que adelante la dependencia para responder a los requerimientos y necesidades institucionales.
2. Gestionar los convenios interinstitucionales de competencia de la Secretaría General, con base en los lineamientos legales vigentes.
3. Validar los conceptos, actos administrativos y demás documentos que sean remitidos a la Secretaría General, con el fin de verificar que cumpla con los requisitos legales y la calidad exigidos.
4. Emitir las respuestas o conceptos a las solicitudes recibidas por la Secretaría General según lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
5. Planear y coordinar las reuniones y/o grupos de trabajo que se conformen para el diseño y ejecución de proyectos en razón a sus funciones y su profesión.
6. Elaborar los informes que sean requeridos por la Secretaría General de acuerdo con parámetros técnicos necesarios, lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
7. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Registrador Nacional del Estado Civil del Estado Civil o el jefe inmediato, según la naturaleza y el nivel del empleo.
,•: , ..ONOCIMiENTOSSAII0,0SyISENO ,., IALContinuación Resolución No.0 • 2 4 8 9 de 2 8 FEB. 2025 - —"Por la cual se modifican las
funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023". Página 7 de 47
Comunes:
1. Manejo de herramientas ofimáticas.
2. Constitución Política de Colombia - Estructura del Estado - Derechos FundamentalesMecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.
3. Acceso a la información y protección de datos.
4. Sistema Integrado de Gestión y/o Modelo Estándar de Control Interno.
5. Técnicas de Redacción.
6. Código Único Disciplinario y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Específicos:
1. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
2. Estatuto General de Contratación Pública y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES , Además de las competencias comunes y por nivel jerárquico establecidas en la Resolución No. 4171 de 2023 y las que la adicionen, modifiquen o deroguen, y su Anexo No. 2, deberá cumplir con las siguientes competencias comportamentales: - Tolerancia a la Presión del Trabajo.
- Pensamiento Conceptual.
NIVEL DE PROFUNDIDAD: 3 „: - „o: ' s As ":r.„, rj , ,RE110,1Stit001‘ x o '''1# 4,1 , . '' ..,411510:1 ,1. .`"
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tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título universitario. - o título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo. - o terminación y aprobación de estudios universitarios adicional al título universitario exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un año (1) de experiencia profesional específica o relacionada.Continuación Resolución NoN - 2 4 8 9 de ? 6 FEB. 0 21 L.u&mPor la cual se modifican las la la funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de Resolución No. 4171 de 2023". Página 8 de 47 - Título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, por tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada. - Título universitario por el grado Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, a partir del grado de Capitán o Teniente de Navío. ARTÍCULO 4. Modificar las funciones esenciales para el empleo de Profesional Especializado 3010 - 06 de la Secretaría General, del Anexo No. 01 de la Resolución No. 4171 de 2023, el cual quedará así:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Profesional
Denominación del Empleo: Profesional Especializado
Código: 3010
Grado: 06
Cargo del Jefe Inmediato: Secretario General
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Profesional
Denominación del Empleo: Profesional Especializado
Código: 3010
Grado: 06
Cargo del Jefe Inmediato: Secretario General Dependencia: Secretaría General Z1 ,. . -x,k _ t.:AREAYUNCIÓNA " ,7 :- t' - 11 ' .r r,...,':-:, Nivel Central - Secretaría General. ry y 1,yr R `k ROPMIT,C1DELzmet: o wa«,, ,.,0, 1Analizar, proyectar, recomendar y participar en el diseño, ejecución y seguimiento de las acciones conducentes al desarrollo de los planes, programas y proyectos para el logro de los fines institucionales, conforme a lo establecido en la normatividad vigente y las funciones del área a la cual sea asignado. ,_'. r tx--' rl Y'''tc ' 4,UN00 : SIESEÑOIMIEg. ' '' k :: : x 111111,
1. Participar en la organización y elaboración de las políticas y los proyectos que adelante la dependencia para responder a los requerimientos y necesidades institucionales.
2. Gestionar y proyectar los convenios interinstitucionales de competencia de la Secretaría General, con base en los lineamientos legales vigentes.
3. Elaborar los actos administrativos, conceptos y demás documentación que le sea requerida por la Secretaría General, con el cumplimiento de los parámetros legales y la calidad exigidos.
4. Responder las solicitudes o derechos de petición de competencia de la Secretaría General según lineamientos institucionales y normatividad vigente.
5. Proyectar los informes que sean requeridos en el Despacho de la Secretaría de acuerdo con
4. Responder las solicitudes o derechos de petición de competencia de la Secretaría General según lineamientos institucionales y normatividad vigente.
5. Proyectar los informes que sean requeridos en el Despacho de la Secretaría de acuerdo con parámetros técnicos necesarios, lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
6. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Registrador Nacional del Estado Civil del Estado Civil o el jefe inmediato, según la naturaleza y el nivel del empleo. _.5y,,:, , , 1/4 ;ZONOCIIIIIIENTAIOMICOOltENglikLÉS m114- - .,:l-tolvw ,.,
Comunes:
1. Manejo de herramientas ofimáticas.
2. Constitución Política de Colombia - Estructura del Estado - Derechos FundamentalesMecanismos de Participación Ciudadana - Funciones de la Organización Electoral.Continuación Resolución No.N9 .. 2 hí 9 de 2 8 FELI 2025 "Por la cual se modifican las 4 funciones
Registraduría Resolución de algunos empleos en el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de la Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la No. 4171 de 2023". Página 9 de 47
3. Acceso a la información y protección de datos.
4. Sistema Integrado de Gestión y/o Modelo Estándar de Control Interno.
5. Técnicas de Redacción.
6. Código Único Disciplinario y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Específicos:
1. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
Específicos:
1. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen.
2. Estatuto General de Contratación Pública y/o las normas que lo deroguen, modifiquen o adicionen. pompErgNqips'coml,' RUMENThill ',, .., , Además de las competencias comunes y por nivel jerárquico establecidas en la Resolución No.
4171 de 2023 y las que la adicionen, modifiquen o deroguen, y su Anexo No. 2, deberá cumplir con las siguientes competencias comportamentales: - Tolerancia a la Presión del Trabajo.
- Pensamiento Conceptual.
NIVEL DE PROFUNDIDAD: 3 drffills ',11111,5. '1 - '',id r SeQUISII ' , ,, ,., 5, 1«, ,;1X,Ii,,,,I1; ' . '
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internacionales; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines; Ingeniería Industrial y afines; Matemática, Estadística y afines; Sociología, trabajo Social y afines; Geografía e Historia. Título de formación avanzada relacionado con las funciones del cargo. ,i, ' ' ' , •z.' .' '''' ' EQ Uisolte ciil , Q , á , i t , ,p, - Título de formación avanzada o de postgrado y su correspondiente formación académica por: tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título universitario. - o título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo. - o terminación y aprobación de estudios universitarios adicional al título universitario exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un año (1) de experiencia profesional específica o relacionada. - Título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, por tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada. - Título universitario por el grado Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, a partir del grado de Capitán o Teniente de Navío.25 Continuación Resolución No110 G. 4 8 9 de 2 8 F. 21r - Por la cual se modifi funciones de algunos empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laboralescan de las
de las la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Fondos Adscritos y se deroga lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución No. 4171 de 2023". Página 10 de 47 ARTÍCULO 5. Modificar las funciones esenciales para el empleo de Profesional Especializado 3010 - 05 de la Secretaría General, del Anexo No
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