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RNEC - Resolución 4415 de 2016

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 4415 de 2016
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año
2016

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓNHNO. 4 4 15 DE 27 MAYO 2016

Por la cual se reconoce el Vocero de un Referendo Constitucional Aprobatorio y se inscribe el Comité Promotor EL REGISTRADOR DELEGADO EN LO ELECTORAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y CONSIDERANDO Que el señor RICHARD HUMBERTO FUELANTALA DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.511.412, actuando en nombre de las siguientes organizaciones: Dignidad Agropecuaria Colombiana, Corporación Nacional de Comerciantes en alimentos - CONALCO, Central Unitaria de Trabajadores de Colombia - CUT, Asociación de Prosumidores Agroecológicos -— AGROSOLIDARIA, Confederación de Trabajadores de Colombia — CTC, Confederación General del Trabajo - CGT, el 13 de mayo de 2016, presentó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar el Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional”. Que las organizaciones, según consta en las respectivas actas: Dignidad Agropecuaria Colombiana — Acta No. 001 del 20 de enero 2016 Dirección Nacional de Delegados, Corporación Nacional de Comerciantes en Alimentos CONALCO - Acta del 19 de abril de 2016 Junta Directiva, Central Unitaria de Trabajadores de Colombia CUT — Acta reunión del 9 de febrero de 2016 Comité Ejecutivo, Asociación de Prosumidores

Agroecológicos AGROSOLIDARIA — Acta no. 45 del 5 de marzo de 2016 Consejo Directivo, Confederación de Trabajadores de Colombia CTC -— Acta del 18 de marzo de 2016 Comisión Política y Administrativa, Confederación General del Trabajo CGT — Acta del 15 de abril de 2016 Mesa Ejecutiva Ampliada; eligieron como miembros del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos:

NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA

1. RICHARD HUMBERTO FUELANTALA DELGADO 87.511.412

2. LUIS GONZAGA CADAVID YEPES 4.532.901

3. EUDORO ALVARES COHECHA 3.297.185

4. MARTHA LUCIA QUINTERO RANGEL 63.310.882

5. CARLOS ANCIZAR RICO ALVAREZ 6.231.092

6. GONZALO WILHEIM WOHLMEYER GÓMEZ 19.172.850

7. PEDRO GERMÁN GUZMÁN PÉREZ 80.215.869

8. RODRIGO GARAVITO AGUILAR 79.319.810

9. LUIS ALEJANDRO PEDROZA BECERRA 4.111.902

Que igualmente en el Acta No. 001 del 20 de enero 2016 en la reunión de la Dirección Nacional de Delegados de la Organización Dignidad Agropecuaria Colombiana, quedo registrado como Vocero del Comité Promotor el señor RICHARD HUMBERTO FUELANTALA DELGADO identificado con Cédula de Ciudadanía No. 87.511.412. REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución 4 4 1 3 de 21 MAYO 2016

Por la cual se reconoce el Vocero de un Referendo Constitucional Aprobatorio y se inscribe el Comité Promotor Que el Artículo 6 de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra el Referendo Constitucional Aprobatorio, estableciendo que para la inscripción de una iniciativa el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor Richard Humberto Fuelantala Delgado el 13 de mayo de 2016 al momento de presentar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil la solicitud de inscripción de la iniciativa para adelantar el Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional” allegó el citado formulario, así como también anexó el proyecto de articulado, la exposición de motivos y las actas de las organizaciones donde constan los nombres de los ciudadanos que integrarán el comité promotor y el vocero del comité que actuara en representación de la iniciativa. Que la Registraduría Delegada en lo Electoral, una vez radicada la solitud de inscripción de la iniciativa ciudadana, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la convocatoria el Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional”, se encuentra ajustada a la Ley. Que en virtud de los anterior y estando dentro del plazo legalmente establecido para la revisión del cumplimiento de los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana este Despacho,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la solicitud de inscripción para la realización del Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional” cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa del Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional” al señor

RICHARD HUMBERTO FUELANTALA DELGADO identificado con Cédula de Ciudadanía No. 87.511.412.

PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.

ARTÍCULO TERCERO: Inscribir a los siguientes ciudadanos como integrantes del

Comité Promotor de la presente iniciativa así:

NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA

1. RICHARD HUMBERTO FUELANTALA DELGADO 87.511.412

2. LUIS GONZAGA CADAVID YEPES 4.532.901

3. EUDORO ALVARES COHECHA 3.297.185 ra

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución R 4 4 1 5 de Por la cual se reconoce el Vocero de un Referendo Constitucional Aprobatorio y se inscribe el Comité Promotor

4. MARTHA LUCIA QUINTERO RANGEL 63.310.882

5. CARLOS ANCIZAR RICO ALVAREZ 6.231.092

6. GONZALO WILHEIM WOHLMEYER GÓMEZ 19.172.850

7. PEDRO GERMÁN GUZMÁN PÉREZ 80.215.869

8. RODRIGO GARAVITO AGUILAR 79.319.810

9. LUIS ALEJANDRO PEDROZA BECERRA 4.111.902

ARTÍCULO CUARTO: A la iniciativa para el Referendo Constitucional Aprobatorio denominado “Referendo por el Agro Nacional” se le asignará el consecutivo RCA-201602-003 de 2016, de conformidad con el artículo 7% de la Ley 1757 de 2015.

La presente Resolución rige a partir de su comunicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., alos 2 1 MAYO 2016

CARLOS ANTONI

Registrador Delegado en lo Electoral

Elaboró: Martha Lucia Isaza R.

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