RNEC - Resolución 584 del 10 de mayo de 2022, Bogotá D.C.
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 584 del 10 de mayo de 2022, Bogotá D.C.
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
RBGISTRADUKÍA NACIONAL DEL IlS'IAf)() CML RESOLUCIÓN No. 584 DE 2022 (1 O de mayo de 2022) Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria del mandato de la Alcaldesa de Bogotá D.C, denominada "BOGOTÁ REVOCA". con radicado No. RM-2021-09-003-16-001 LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confie re el Decreto 101 O del año 2000, y CONSIDERANDO: Que, el día veintitrés (23) de agosto de 2021 el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 79.626.783 de Bogotá D.C., actuando como ciudadano, presentó, ante la Registraduría Distrital del Estado Civil, la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la revocatoria de mandato de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, denominada "BOGOTÁ REVOCA". Que, los Registradores Distritales del Estado Civil, una vez radicada la solicitud de inscripción por parte del vocero de la iniciativa, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la Revocatoria de Mandato denominada "BOGOTÁ REVOCA" se encuentra ajustada a la Ley. Que, el día 25 de agosto de 2021, se reconoció al solicitante MANUEL ALBERTO
ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar la Revocatoria de Mandato denominada "BOGOTÁ REVOCA" se encuentra ajustada a la Ley. Que, el día 25 de agosto de 2021, se reconoció al solicitante MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.626.783, como vocero de la iniciativa No. RM-2021-09-003-16-001, mediante Resolución No. 0777 del 25 de agosto de 2021. Que, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional mediante Sentencia de Unificación SU-077-2018, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, profirieron la Resolución No. 4073 del 16 de diciembre de 2020 "Por medio del cual se garantiza el derecho de información y defensa por intermedio de audiencia pública dentro del procedimiento de revocatoria del mandato de conformidad con lo expuesto por la Corte Constit ucional en la Sentencia de Unificación SU-077 del 8 de agosto de 2018", dicha audiencia se desarrolló en las instalaciones del Honorable Consejo Nacional Electoral el día trece (13) de septiembre de 2021. Que, mediante el Decreto número 743 de 02 de julio 2021 se designó al doctor DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ, Ministro del Interior, como Alcalde Ad Hoc del Distrito Capital de Bogotá. Que, el día 11 de octubre del 2021 fue remitida una comunicación al Alcalde Ad Hoc el Doctor DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ donde se le informaba sobre la radicación de la Iniciativa de revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá O.O. denominada "BOGOTÁ REVOCA".
Doctor DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ donde se le informaba sobre la radicación de la Iniciativa de revocatoria de Mandato del Alcalde Mayor de Bogotá O.O. denominada "BOGOTÁ REVOCA". Que, por medio de la Resolución 022 de 2021 se designó como Secretario Distrital de Gobierno Ad Hoc al Doctor ROMÁN ALBORNOZ BARRETO, delegando la función de Dirección de Gestión Electoral Av calle 26 Nº 51-50 - teléfono 091 2202880Ext. 1302 - 1305 - CP 11321 - Bogotá - www.registraduria.gov.co ____________________ ""!!"'" ________ ,,_,,,,.;.,ft'!!,fi>;"fifi;.r.Q
LA REGISJRADURÍA
DEL SIGLO XXI
\,, KBGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CML Continuación Resolución No. 584 de 2022 "Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria del mandato de la Alcaldesa de Bogotá D.C, denominada "BOGOTÁ REVOCA" con radicado No. RM-2021-09-00316-001" vigilancia de los protocolos de bioseguridad para el tema de iniciativas de revocatoria del mandato. Que, el día 15 de octubre del 2021, fue remitido el protocolo de bioseguridad presentado por el señor MANUEL ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ vocero de la iniciativa de revocatoria de la Alcaldesa Mayor de Bogotá denominada "BOGOTÁ REVOCA" tanto al Alcalde Ad Hoc el Doctor DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ como al Doctor ROMÁN ALBORNOZ BARRETO, Secretario Distrital de Gobierno Ad Hoc.
Alcalde Ad Hoc el Doctor DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ como al Doctor ROMÁN ALBORNOZ BARRETO, Secretario Distrital de Gobierno Ad Hoc. Que, una vez culminada la correspondiente actuación administrativa señalada en el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señalada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante oficio No. 202121000531051, y la respuesta dada por el Doctor Román Albornoz Barreta en calidad de Secretario Distrital de Gobierno Ad Hoc, con relación a la actividad de recolección de apoyos por parte de los Voceros de los Mecanismos de Participación Ciudadana, se determinó viable la aplicación de las medidas de bioseguridad contenidas en la Resolución 666 de 2020, modificada por las Resoluciones 223 y 392 de 2021 derogadas por el Decreto 777 del 02 de junio de 2021 proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, que establecieron entre otras medidas de bioseguridad los cuatro componentes generales para asumir riesgos de contagio:
1. El lavado y desinfección de manos.
2. El distanciamiento físico (2 metros entre persona y persona).
3. Los espacios con adecuada ventilación.
4. El uso correcto del tapabocas de manera obligatoria La Registraduría Distrital del Estado Civil realizo la entrega de los correspondientes formularios de recolección de apoyos de la señalada iniciativa de revocatoria del mandato, el día 21 de octubre del 2021
Que, el día 29 de octubre del 2021, el vocero de la iniciativa de revocatoria de mandato denominada "BOGOTÁ REVOCA" radico un libro contable para consignar en él los
mandato, el día 21 de octubre del 2021 Que, el día 29 de octubre del 2021, el vocero de la iniciativa de revocatoria de mandato denominada "BOGOTÁ REVOCA" radico un libro contable para consignar en él los gastos que se llevarán durante el proceso de promoción y/o recolección de firmas de apoyos, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 0777 del 25 de agosto de 2021, expedida por el Consejo Nacional Electoral. Que, el 31 de marzo del 2022 se radico en la Registraduría Distrital del Estado Civil una solicitud de prórroga por parte del vocero de la iniciativa de revocatoria, el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ para la recolección de firmas, de acuerdo al artículo 1 O de la Ley 1757 de 2015, la cual fue trasladada por competencia a la Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral. No obstante, el vocero de la revocatoria el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, radico el día 22 de abril del 2022 en la Registraduría Nacional del Estado Civil la renuncia y el desistimiento a la solicitud de prórroga para la recolección de firmas. Que, el día 22 de abril del 2022, el vocero de la revocatoria el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ junto con la renuncia y el desistimiento a la solicitud de prórroga presento la renuncia y el desistimiento de la iniciativa ciudadana Dirección de Gestión Electoral Av calle 26 N° 51-50 - teléfono 091 2202880 - Ext. 1302 - 1305 - CP 11321 - Bogotá - www.registraduria.gov.co
Dirección de Gestión Electoral Av calle 26 N° 51-50 - teléfono 091 2202880 - Ext. 1302 - 1305 - CP 11321 - Bogotá - www.registraduria.gov.co LA REGISJRADURÍA DEL SIGLO XXIRBGISTRADURÍA NACIONAL DEL llS1)\I)() CML Continuación Resolución No. 584 de 2022 "Por la cual se acepta el desistimiento presentado por el vocero de la iniciativa ciudadana de revocatoria del mandato de la Alcaldesa de Bogotá D. C, denominada "BOGOTÁ REVOCA" con radicado No. RM-2021-09-00316-001" denominada "BOGOTÁ REVOCA" identificada bajo radicado interno No. RM-2021-09003-16-001, en los siguientes términos: "( .. .) me permito amablemente renunciar y desistir a: 1) la solicitud de prórroga para la recolección de firmas y 2) a la solicitud misma del trámite general para continuar con el Referéndum revocatorio de este ejercicio ciudadano, de acuerdo con los Artículos 1 O y 11 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015. (. . .) Por tal circunstancia no se prosigue con la iniciativa enunciada bajo la Ley estatutaria citada que regula la clase de procedimiento democrático, que estaba en curso, y el que, según la misma norma debe quedar archivado, dada la imposibilidad de continuar a tiempo en la recolección de apoyos por acción, omisión o inacción de la(s) institución(es) a cargo. ( ... ) " Que, el día 06 de mayo del 2022, el vocero de la revocatoria el señor MANUEL
inacción de la(s) institución(es) a cargo. ( ... ) " Que, el día 06 de mayo del 2022, el vocero de la revocatoria el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ realizó entrega en la Registraduría Distrital del Estado Civil de documentación relacionada al Formulario de Cuentas Claras y documentación con respecto al radicado del libro contable, así como de copias de los formularios de recolección de apoyos, indicando que se entregaban 263 folios de los formularios, bajo el radicado SIC 01007 4. Que en virtud de lo anterior estos Despachos, RESUELVEN: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento de la iniciativa de origen ciudadano denominada "BOGOTÁ REVOCA" identificada bajo radicado interno No. RM-2021-09003-16-001, por el señor MANUEL ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ en la Registraduría Nacional del Estado Civil el día veintidós (22) de abril de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Delegada en lo Electoral
Dirección de Gestión Electoral.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los diez (10) días del mes de mayo del dos mil veintidós (2022). Llanos Ayala - Coordinador Grupo de Soporte Electoral. a Su esca Carreña - Grupo de Soporte Electoral. Dirección de Gestión Electoral
Llanos Ayala - Coordinador Grupo de Soporte Electoral. a Su esca Carreña - Grupo de Soporte Electoral. Dirección de Gestión Electoral Av calle 26 N' 51-50 - teléfono 091 2202880 Ext. 1302 -1305 - CP 11321 - Bogotá - www.registraduria.gov.co