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RNEC - Resolución 6426 de 2020

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 6426 de 2020
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año
2020

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 'RESOLUCIÓNNo. 6 492 6 DE (0 9 SEP 2020 ?

Por la cual se archiva la iniciativa ciudadana para promover la Iniciativa Legislativa denominada “INICIATIVA LEGISLATIVA DE LEY DE CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE?” radicada bajo el consecutivo IL-2019-01005 de 2019 EL REGISTRADOR DELEGADO EN LO ELECTORAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 266 de la Constitución Política, el Artículo 26 numeral 2 del Decreto-Ley 2241 de 1986 y el Artículo 25 del Decreto-Ley 1010 de 2000, y CONSIDERANDO Que, mediante Resolución 21422 del 17 de diciembre de 2019 proferida por el Registrador Delegado en lo Electoral, se reconoció el vocero de la iniciativa ciudadana y se inscribió el Comité Promotor para promover la Iniciativa Legislativa denominada “INICIATIVA LEGISLATIVA DE LEY DE CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE” radicada bajo el consecutivo IL-2019-01-005 de 2019; cuya propuesta es la siguiente: “El actual orden jurídico constitucional no es el mismo al que aspiro el constituyente de 1991, conllevando a que en los distintos cambios sufridos, estemos frente al desconocimiento de los derechos humanos.” Que, de acuerdo con el artículo 155 de la Constitución Política de Colombia un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento (5%) del censo electoral en la

respectiva fecha, podrán presentar proyectos de ley o reforma constitucional. Que, de acuerdo con el artículo 376 de nuestra Carta Política, mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el período y la composición que la misma ley determine. Que, de conformidad con el literal a) del Artículo 9 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para que una iniciativa legislativa sea presentada ante el Congreso de la República, se requiere del apoyo de un número de ciudadanos igual o superior al 5% del censo electoral de la fecha respectiva. Que, de conformidad con la certificación RDE-DCE-1112 expedida por el Director de Censo Electoral el 28 de noviembre de 2019, el mínimo de firmas requerido como respaldo a la iniciativa ciudadana era de 1.885.058 apoyos, equivalentes al 5% del Censo Electoral nacional, que para esa fecha ascendía a 37.701.157 ciudadanos. Que, vencido el plazo definitivo para la recolección de los apoyos el 17 de junio de 2020, los promotores de la iniciativa no acreditaron el número mínimo de apoyos AAN 1 SN Y unta $1 ho coo 5) a REGISTRADURIA NACIONAL DEL. ESTADO CIVIL Continuación Resolución Mo= VA 2 6 de Por la cual se archiva la iniciativa ciudadana para promover la Iniciativa Legislativa denominada “INICIATIVA LEGISLATIVA DE LEY DE CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE” radicada bajo el consecutivo IL-2019-01-005 de

2019 requeridos de que trata la normativa referida en precedencia, necesarios para continuar con la iniciativa. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10% de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, mediante comunicación DRN-RDE-307 del 3 de julio de 2020, se solicitó al Consejo Nacional Electoral se informará si el vocero de la iniciativa ciudadana IL-201901-005 de 2019 presentó solicitud de prórroga para el proceso de recolección de los apoyos. Que, mediante oficio CNE-SS/APV/130820C1-20200005583-00, el Consejo Nacional Electoral manifiesta que no reposa documento y/o solicitud alguna relacionada con la prórroga para continuar el proceso de recolección de apoyos de dicha iniciativa ciudadana. Que, el Articulo 11 de la norma aludida anteriormente que preceptúa que, vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número de apoyos requeridos, la propuesta será archivada. Que, en virtud de lo anterior este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa ciudadana radicada bajo el consecutivo IL2019-01-005 de 2019 para la Iniciativa Legislatwa denominada “INICIATIVA

LEGISLATIVA DE LEY DE CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA NACIONAL

CONSTITUYENTE”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo al señor NIXON JOSE TORRES CARCAMO identificado con cedula de ciudadanía número 72.193.712, vocero de la iniciativa radicada bajo el consecutivo IL-2019-01-005 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional del Estado Civil para su publicación en la página web de la Entidad. - ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolucié rige a partir de la fecha de su notificación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los 0-8 SER EN / NICOLÁS FARFÁN'NNAMÉN rd Delegado en Wi Electoral Aprobó: José Antonio Parra Fandiño— Director de Censo Electoral -ÉE— 4

Revisó: María Alejandra Victoria Cajamarca— Cogrdinadora Grupo Jurídicoq ...

Proyectó: Martha Lucia Isaza Rodríguez - Coordinadora ¿Emupo ha de" Apoyos nn AO

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