RNEC - Resolución 7958 de 2025
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 7958 de 2025
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
REGISTRADURÍANACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN ff , 7958 ( 08 JUL. 202° ) Por la cual se establece el Calendario Electoral para la realización de las consultas populares,internas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatos de los partidos,movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, arealizarse el 26 de octubre de 2025. EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las consagradas en el inciso 2°artículo 266 de la Constitución Política, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto Ley 2241 de 1986(Código Electoral), artículo 6% de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, el numeral 11 del artículo 5 delDecreto Ley 1010 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar laparticipación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,administrativa y cultural de la nación. Que el inciso 2 del artículo 266 de la Constitución Política establece como función del registradornacional del estado civil, entre otras, la de dirigir y organizar el proceso electoral. Que el artículo 107 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 01 de2009 dispone: “(...) Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendráncomo principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber depresentar y divulgar sus programas políticos.
Para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos propios o por coalición, podráncelebrar consultas populares o internas o interpartidistas que coincidan o no con las elecciones aCorporaciones Públicas, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos y en la ley. En el caso de las consultas populares se aplicarán las normas sobre financiación y publicidad decampañas y acceso a los medios de comunicación del Estado, que rigen para las elecciones ordinarias.Quien participe en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas, nopodrá inscribirse por otro en el mismo proceso electoral. El resultado de las consultas será obligatorio. Que el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Ley 1010 de 2000, atribuye a la Registraduría Nacionaldel Estado Civil, la función de dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos departicipación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales. Que el artículo 6 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 prevé: "(...) En las consultas populares se aplicaránlas normas que rigen para las elecciones ordinarias y en las internas las disposiciones estatutariaspropias de los partidos y movimientos que las convoquen. La organización electoral colaborará para larealización de las consultas de los partidos y movimientos políticos, la cual incluirá el suministro detarjetas electorales o instrumentos de votación electrónica, la instalación de puestos de votación y larealización del escrutinio (...)”7958 Te AL A,Continuación de la Resolucity “Por la cual se establece el Calendario Electoral para la realizaciónconsultas populares, internas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatos de los partidos,movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, a realizarse el 26 de octubre de 2025”
Que el Consejo Nacional Electoral, mediante Resolución núm. 1586 de 2013, modificada parcialmentepor las Resoluciones núm. 2167 de 2013, 2948 de 2013 y 0509 de 2015, reglamentó el procedimientode convocatoria y realización de las consultas que los partidos y movimientos políticos con personeríajurídica, y/o grupos significativos de ciudadanos pueden utilizar con la finalidad de adoptar decisionesinternas o escoger sus candidatos, propios o de coalición, a cargos o corporaciones de elecciónpopular. Que, mediante el artículo cuarto de la Resolución núm. 3077 de 2018 se revocó el artículo segundo dela Resolución núm. 0509 de 2015. Que mediante la Resolución núm. 00701 de 19 de febrero de 2025, el Consejo Nacional Electoral fijóla fecha del 26 de octubre de 2025 para la realización de las consultas populares, internas ointerpartidistas para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos de los partidos ymovimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos que opten poreste mecanismo. Que de acuerdo con lo anterior se hace necesario establecer el calendario para la realización de lasconsultas populares, internas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatosde los partidos, movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos. En virtud de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer el Calendario Electoral de las diferentes etapas preclusivas yactividades que se deben desarrollar para la realización de las consultas populares, internas ointerpartidistas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativosde ciudadanos para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos que se realizarán el26 de octubre de 2025, así:
FECHA CONCEPTO SOPORTE LEGALInciso primero del artículo sextaVence el plazo para que los partidos, movi- [de la Resolución núm. 1586 demientos políticos y/o grupos significativos de 2013 del Consejo Nacionalciudadanos comuniquen por escrito al ConseElectoraljo Nacional Electoral, su decisión de realizarconsultas populares, internas o interpartidistas | Parágrafo primero del artículopara la toma de sus decisiones o la primero de la Resolución núm.escogencia de sus candidatos. 00701 de 2025 del ConsejoNacional Electoral(Por lo menos 3 meses antes de la26 de julio de elección)2025 Artículo 35 de la LeyInicio de la realización de propaganda Estatutaria 1475 de 2011.electoral empleando el espacio público.Artículo décimo octavo de la(3 meses antes de la elección) Resolución núm. 1586 de 2013del Consejo Nacional Electoral Página 2 de 6consultas populares,movimientos políticos con personería jurídica US JUL. 2025Continuación de la Resolucidls “ 7 9 5 8,., la cual se establece el Calendario Electoral para la realización de lasintemas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatos de los partidos,y/o grupos significativos de ciudadanos, a realizarse el 26 de octubre de 2025” FECHA CONCEPTO SOPORTE LEGAL Publicación del Censo Electoral (3 meses antes de la elección)Artículo 8 de la Ley 6 de 1990 26 de julio de2025 Vence el plazo para que los comandantes delas Fuerzas Armadasy la Policía Nacionalremitan el listado de cédulas de los miembrosde las distintas armas, que se deben excluirdel censo electoral
(3 meses antes de la elección) Artículo 86 del Decreto Ley2241 de 1986 (CódigoElectoral) Resolución núm. 10105 de2020 de la RegistraduríaNacional del Estado Civil 28 de julio de2025 Los registradores distritales y municipalesiniciarán la solicitud a las entidades públicas yprivadas, directorios políticos y estableci-mientos educativos de las listas de laspersonas que pueden prestar el servicio dejurados. (90 días calendario antes de la elección) Numeral 1 del artículo 5 de laLey 163 de 1994 Artículo décimo noveno de laResolución núm. 1586 de 2013del Consejo Nacional Electoral 30 de julio de2025 Inicio de la realización de propaganda através de los medios de comunicación social ydel espacio público. (Dentro de los 60 días anteriores a la fechade la votación) Inciso 2 del artículo 35 de laLey Estatutaria 1475 de 2011. Artículo décimo octavo de laResolución núm. 1586 de 2013del Consejo Nacional Electoral 11 de septiembrede 2025 Vence el plazo para que los partidos ymovimientos políticos y/o grupos significativosde ciudadanos adelanten los mecanismosinternos estatutarios (encuestas, sondeos deopinión, convenciones, asambleas, entreotros), que permitan seleccionar losprecandidatos que participarán en la consultapopular, interna o interpartidista. Parágrafo primero del artículosegundo de la Resolución núm.00701 de 2025 del ConsejoNacional Electoral Finaliza el plazo para que los partidos,movimientos políticos o grupos significativosde ciudadanos que hayan solicitado larealización de consultas para la toma dedecisiones, presenten las preguntas alConsejo Nacional Electoral.
Artículo tercero de laResolución núm. 00701 de2025 del Consejo NacionalElectoral Página 3 de 608 JU 0“Por la cual se establece el Calendario Electoral para la realización de lasecisiones o escogencia de candidatos de los partidos,de ciudadanos, a realizarse el 26 de octubre de 2025”7958Continuación de la Resoludlóneconsultas populares, internas O interpartidistas para la toma de dimovimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos FECHA CONCEPTO SOPORTE LEGAL 19 de septiembrede 2025 Inicia la inscripción de precandidatos ante laRegistraduria Nacional del Estado CivilArtículo segundo de laResolución núm. 00701 de2025 del Consejo NacionalElectoral 21 de septiembrede 2025 Vence el término para que el Consejo Nacio-nal Electoral se pronuncie con relación a laspreguntas presentadas por los partidos ymovimientos políticos y/o grupos significativosde ciudadanos. tercero de la Resolución núm.Inciso segundo del artículo 00701 de 2025 del ConsejoNacional Electoral Vence el plazo para que el partido,movimiento político o grupo significativo deciudadanos al que se le hayan devuelto laspreguntas presentadas que no fueronaprobadas, las subsanen en el términomáximo de cinco (5) días calendario Inciso tercero del artículotercero de la Resolución núm.00701 de 2025 del ConsejoNacional Electoral 26 de septiembrede 2025 Vence el plazo de inscripción de losprecandidatos ante la Registraduria Nacionaldel Estado Civil.
Artículo segundo de laResolución núm. 00701 de2025 del Consejo NacionalElectoral Vence el plazo para que los partidos y movi-mientos políticos y/o grupos significativos deciudadanos se retracten de su voluntad inicialde participar en la consulta. Parágrafo segundo del artículoprimero de la Resolución núm.00701 de 2025 del ConsejoNacional Electoral 29 de septiembrede 2025 Inicia periodo de modificación deprecandidatos (Siguiente día hábil al vencimiento delperiodo de inscripción) Artículo 31 de la LeyEstatutaria 1475 de 2011 20253 de octubre de Finaliza periodo de modificación deprecandidatos (5 días hábiles siguientes al cierre delperiodo de inscripción) Artículo 31 de la LeyEstatutaria 1475 de 2011 Fecha límite para la designación de los (Dentro de los 15 días anteriores a ladelegados del Consejo Nacional Electoral.Inciso 2 del artículo 175 delDecreto Ley 2241 de 1986(Código Electoral) elección) Página 4 de 608 JUL. 7Continuación de la Resolució . 7 9 5 8. la cual se establece el Calendario Electoral para la realizaci 129, lasconsultas populares, intemas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatos de los partidos,movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, a realizarse el 26 de octubre de 2025"
FECHA CONCEPTO SOPORTE LEGAL
Designación de Comisiones Escrutadoras yClaveros por los Tribunales Superiores de lArtículos 148,149,157 y 158 del10 de octubre di2006 e Distrito Judicial Decreto Ley 2241 de 1986(Código Electoral)(10 días antes de la elección) . . Artículo 101 del Decreto LeyFecha límite para la realización del sorteo y 2241 de 1986 (Código11 de octubre de designación de jurados de votación. Electoral) 2025 5 E(A más tardar 15 días calendario antes de | Artículo décimo noveno de lala elección) Resolución núm. 1586 de 2013del Consejo Nacional Electoral Artículo 105 del Decreto Ley2241 de 1986 (CódigoPublicación de lista de jurados de votación Electoral)16 de octubre de2025 : ; ap1(10 dias calendario antes de la votación) AñcUlO decimo noveno da la Resolución núm. 1586 de 2013del Consejo Nacional Electoral Inicia la inmunidad de los miembros de las24 de octubre de comisiones escrutadoras, sus secretarios y Artículo 127 del Decreto Ley2025 claveros 2241 de 1986 (CódigoElectoral)(48 horas antes de iniciarse el escrutinio) Artículo primero de laResolución núm. 00701 deDIA DE LA CONSULTA 2025 del Consejo NacionalElectoral Los miembros de la comisión escrutadoradeben estar en la sede del escrutinio. Artículo 42 de la Ley26 DE OCTUBRE Estatutaria 1475 de 2011
DE 2025 (Desde las 3:30 de la tarde) Inicio de los escrutinios distritales,municipales y auxiliares Artículo 41 de la Ley(A partir de las 4 de la tarde y hasta las 12 Estatutaria 1475 de 2011de la noche) Página 5 de 60Continuación de la Resolucidt 2 79 3“Por la cual se establece el Calendario Electoral para la realización de lasconsultas populares, internas o interpartidistas para la toma de decisiones o escogencia de candidatos de los partidos,movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, a realizarse el 26 de octubre de 2025" FECHA CONCEPTO : SOPORTE LEGAL Continuan los escrutinios distritales,municipales y auxiliares a al de (Desde las 9 de la mañana del lunes al pee asiguiente a la votación hasta las 9 de lanoche y así sucesivamente hasta terminarel escrutinio) Inician los escrutinios generales aie le de (Desde las 9 de la mañana del martes ende ahisiguiente a la votacion hasta las 9 de la 8noche) ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente resolución al presidente del Consejo Superior de laJudicatura, al presidente del Consejo Nacional Electoral, al procurador general de la nación, al ministrodel interior, a los registradores distritales de Bogotá y a los delegados departamentales del registradornacional del estado civil.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su publicación.
08 JUL. 2025Dado en Bogotá, D.C.,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Registrador Nacional del Estado Civil TM—~ R RAFAEL CONTRERAS ORTEGA JAIME HERNANDO SUÁREZ BAYONASecretario General (E) Registrador Delegado en lo Electoral Aprobó: Rafael Antonio Vargas González— director de gestión electoral y director de censo electoral SNRevisó: Maria Alejandra Victoria Cajamarca — coordinadora grupo jurídico - RDEElda Judith Vela Perez - coordinadora grupo de divipole y logística elector4l EPRMaria Eleine Arzuaga Zuleta - dirección censo electoral uty Elaboró: Grupo de Divipole y Logística Bearley, Pagina 6 de 6