RNEC - Resolución 8084 de 2016
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 8084 de 2016
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2016
se
Ve NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIdIA Nog 0 8 4 DE 30 AGO. 2016
Por la cual se reconoce el Vocero de una Iniciativa Legislativa de Origen Ciudadano y se inscribe el Comité Promotor EL REGISTRADOR DELEGADO EN LO ELECTORAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 1757 de 2015 y la Ley 134 de 1994, y
CONSIDERANDO
Que el señor RICARDO ARIAS MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.529.251, actuando como ciudadano, el 12 de agosto de 2016 presentó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil la solicitud de inscripción de una Iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones” . Que en la solicitud se consignan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos:
NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA
1. RICARDO ARIAS MORA 7.529.251
2. HECTOR JOSÉ PARDO VELASQUEZ 17.020.557
3. CAPITOLIO RIAÑO CAMACHO 17.624.880
4. SAMUEL DIAZ ESCANDON 5.963.255
5. JOSE MARIA VILLANUEVA RAMIREZ 79.115.844
6. LUIS FERNANDO PIÑEROS CHIQUINQUIRA 79.041.951
7. CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO 80.425.665
8. UILFRAN BENAVIDES ALVAREZ 79.210.725
9. JULIO CESAR GARCIA LÓPEZ 80.409.102
Que en la solicitud se designa como Vocero de la Iniciativa al señor RICARDO ARIAS MORA identificado con Cédula de Ciudadanía número 7.529.251, Que el Artículo 6% de la Ley 1757 de 2015 señala los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, entre los cuales se encuentra la Iniciativa Legislativa, estableciendo que para la inscripción de una iniciativa el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor Ricardo Arias Mora el 12 de agosto de 2016 al momento de presentar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil la solicitud de inscripción de la Iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones” allego el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos y el proyecto de articulado que fundamenta la solicitud de la Iniciativa. Que la Registraduría Delegada en lo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil una vez radicada la solitud de inscripción por parte del Promotor, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la propuesta para la Iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones”, se encuentra ajustada a la Ley. Que aunque el Señor Ricardo Arias Mora presenta la solicitud de la Iniciativa Legislativa como ciudadano, pretende inscribir un Comité Promotor del cual él será el Vocero, y por tanto, cabe
ay A a $ A conumi, 5) DOoRGANIZAC qIÓN EL ECTORAL) Al Continuación Resolución $ 8 0 8 á de Por la cual se reconoce el Vocero de una Iniciativa Legislativa de Origen Ciudadano y se inscribe el Comité Promotor señalar que según el Parágrafo del Articulo 5 de la Ley 1757 de 2015 “Para todos los efectos legales, el vocero del comité promotor será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa popular legislativa o normativa, así como la vocería durante el trámite del referendo, la consulta popular de origen ciudadano o de la revocatoria del mandato” Que en virtud de lo anterior y estando dentro del plazo legalmente establecido para la revisión del cumplimiento de los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la Iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones” cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones” al señor RICARDO ARIAS MORA, identificado con Cédula de Ciudadanía número 7.529.251.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería
durante el presente proceso.
ARTÍCULO TERCERO: Inscribir a los siguientes ciudadanos como integrantes del Comité
Promotor de la presente iniciativa así:
NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA
1. RICARDO ARIAS MORA 7.529.291
2. HECTOR JOSÉ PARDO VELASQUEZ 17.020:557
3. CAPITOLIO RIAÑO CAMACHO 17.624.880
4. SAMUEL DIAZ ESCANDON 5.963.255
5. JOSE MARIA VILLANUEVA RAMIREZ: - 79,115,844
6. LUIS FERNANDO PIÑEROS CHIQUINQUIRA 79.041.951
7. CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO 80.425.665
8. UILFRAN BENAVIDES ALVAREZ 79.210.725
9. JULIO CESAR GARCIA LÓPEZ 80.409.102
ARTÍCULO CUARTO: A la Iniciativa Legislativa “Por medio de la cual se crea el Ministerio de la Familia y se dictan otras disposiciones” se le asignará el consecutivo IL-2016-01-005 de 2016, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 1757 de 2015.
La presente Resolución rige a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 3 0 AG 2016
CARLOS ANTONIS'CORONEL HERNAN
Registrador Delegado en lo Electoral
Proyectó: Martha Lucia Isaza Rodríguez