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RNEC - Resolución 9922 de 2024

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 9922 de 2024
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

:1 451 `da., NVI V.(4 11-11.r4f-1! 011GANIZM1CIÓ ,, CiECTORAL

'il---k711EGISTRAIDURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN NOF ";" 9 9 2 2 DE 2024 ( 12 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022 EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 2, y 4 del artículo 25 del Decreto Ley 1010 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 79 de la Constitución Política dispone: "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines". Que a su turno, el artículo 80 de la Constitución Política establece que el "Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución", y que tendrá además, el deber de "...prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados". A su vez, el artículo 366 determina como fin del Estado el bienestar general, el mejoramiento de la calidad de vida de la población, y el saneamiento ambiental.

las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados". A su vez, el artículo 366 determina como fin del Estado el bienestar general, el mejoramiento de la calidad de vida de la población, y el saneamiento ambiental. Que de conformidad con el artículo 4 del Decreto 1010 de 2000, la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene como misión institucional: "...garantizar la organización y transparencia del proceso electoral, la oportunidad y confiabilidad de los escrutinios y resultados electorales, contribuir al fortalecimiento de la democracia mediante su neutralidad y objetividad, promover la participación social en la cual se requiera la expresión de la voluntad popular mediante sistemas de tipo electoral en cualquiera de sus modalidades, así como promover y garantizar en cada evento legal en que deba registrarse la situación civil de las personas, que se registren tales eventos, se disponga de su información a quien deba legalmente solicitarla, se certifique mediante los instrumentos idóneos establecidos por las disposiciones legales y se garantice su confiabilidad y seguridad plenas". Que en cumplimiento de los principios de desarrollo sostenible y de las disposiciones legales vigentes, la Registraduría Nacional del Estado Civil debe desarrollar sus actividades misionales y de apoyo propendiendo por el respeto y la protección del medio ambiente, implementando, manteniendo y mejorando continuamente lasTOP"' ., M4 1

Continuación de la Resolució n N?. C _ n O. a ) 1 LL de 1 2 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022"

O. a ) 1 LL de 1 2 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" prácticas ambientales, de conformidad con las políticas, normas y regulaciones aplicables.

Que mediante Resolución No. 9786 del 10 de diciembre de 2020, se creó el Grupo de Trabajo de Gestión Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se estableció que este grupo, desarrollará actividades dirigidas al fortalecimiento de la gestión ambiental de la entidad, con base a la normativa ambiental vigente y en conductas ambientalmente responsables, a fin de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental y fomentar una cultura ambiental. Que mediante Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022 se adoptó la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el fin de implementar las directrices y la mejora continua de la entidad hacia las buenas prácticas ambientales. Que mediante Resolución No. 19127 del 15 de julio de 2022 se adoptó la NTC ISO 14001:2015, el Manual de Gestión Ambiental como instrumento del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) y se determinan los responsables y los roles de los directivos y servidores públicos de la Registraduría Nacional del Estado Civil en el SGA". Que mediante Resolución No. 10285 del 18 de mayo de 2023, se estableció la integración y el funcionamiento del Comité de Gestión Ambiental, se asignaron responsabilidades para la gestión ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictaron otras disposiciones. Que teniendo en cuenta que la Registraduría Nacional del Estado Civil el 12 de

integración y el funcionamiento del Comité de Gestión Ambiental, se asignaron responsabilidades para la gestión ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictaron otras disposiciones. Que teniendo en cuenta que la Registraduría Nacional del Estado Civil el 12 de diciembre de 2023, fue certificada en la norma NTC ISO 14001:2015 del Sistema de Gestión Ambiental, y que la Enmienda 2024 incluyó el Cambio Climático en los Sistemas de Gestión, se hace necesario dejar sin efectos la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022, y en su lugar dictar un nuevo acto administrativo que se ajuste a los requisitos de la norma y a los nuevos lineamientos de gestión ambiental adoptados por la Entidad. En mérito de lo expuesto anteriormente, RESUELVE: Artículo 1° Adopción de la Política Ambiental. Adoptar la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil como una política transversal a todos los procesos de la entidad, con el fin de hacer de la Registraduría una entidad respetuosa del medio ambiente y que contribuye a la mitigación del cambio climático. Esta política se integra al conjunto de principios, objetivos, estrategias que desarrolla la entidad en cumplimiento de su misionalidad. Asimismo, establece roles, responsabilidades y controles para la evaluación periódica de las estrategias y la adopción de mejoras que impacten positivamente el medio ambiente.Continuación de la Resolución N-07 9 9 2 2 de 12 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" que 1)

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adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" que 1)

  1. 3) los PIGA, en

El Artículo Registraduría registro cuidado estrategias: Artículo prevención, Artículo implementación Registraduría 14001:2015, Calidad. Artículo ambiental 2°. Política Ambiental de la Regístraduría Nacional del Estado Civil. Nacional del Estado Civil se compromete a mitigar el impacto ambiental ocasiona el cumplimiento de su misionalidad (identificar a los colombianos, llevar civil y organizar los procesos electorales del país) mediante la promoción del medio ambiente y el desarrollo sostenible, con base en las siguientes Preservar los recursos naturales bajo los valores de eficiencia, responsabilidad compromiso; Mejorar continuamente su Sistema de Gestión Ambiental, basado en la NTC ISO 14001:2015. Acatar lo estipulado en la legislación relacionada con la gestión ambiental. 3°. Programas de Gestión Ambiental. La política ambiental se soportará programas ambientales definidos en el Plan Institucional de Gestión Ambiental los cuales son el resultado de las medidas adoptadas por la entidad para control, mitigación y compensación de los impactos ambientales. 4°. Manual de Gestión Ambiental. Los lineamientos generales para de esta política se establecen en el Manual de Gestión Ambiental de Nacional del Estado Civil (documento identificado con el código GAMNO1 el Sistema de Gestión Ambiental de la entidad). Manual de Gestión Ambiental describe, documenta y define bajo la NTC ISO los requisitos de la implementación y control del Sistema de Gestión

Nacional del Estado Civil (documento identificado con el código GAMNO1 el Sistema de Gestión Ambiental de la entidad). Manual de Gestión Ambiental describe, documenta y define bajo la NTC ISO los requisitos de la implementación y control del Sistema de Gestión 5°. Responsables. Serán responsables de la implementación de la política los siguientes: La su del y en la la la de RESPONSABLE RESPONSABILIDAD Comité de Gestión Ambiental - Liderar la Gestión Ambiental de la Entidad. - Revisar el estado del SGA y adoptar las medidas preventivas o correctivas que garanticen el funcionamiento del sistema. - Evaluar la implementación de la política ambiental. Comité de Control Interno - Aprobar la revisión de los procesos y los riesgos institucionales, así como establecer las directrices del mejoramiento institucional. Oficina de Planeación - Administrar, programar y gestionar los cambios en el SGA. - Revisar técnicamente los procesos y procedimientos del SGA. - Realizar el control documental y publicar en la Intranet y la página web los documentos del SGA. - Consolidar la medición, seguimiento y análisis del SGA y del desempeño ambiental,-,-- ñ A eln =12 SET. 2024

Continuación de la Resolución Nc7.7_,--7 J 1 ¿ ¿ de "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" institucional.

adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" institucional. Oficina de Control Interno - Elaborar el Plan de Auditoría Interna del SGA. - Liderar las Auditorías Internas del SGA. - Revisar y hacer seguimiento a los planes de mejoramiento. Registradores Delegados, Gerentes, Directores y Jefes de Oficina Implementar y mantener el SGA. - Liderar y revisar los procesos y procedimientos del SGA que se encuentren a su cargo. - Garantizar la aplicación de los procesos, procedimientos y formatos del SGA a su cargo. Registradores Distritales y Delegados Departamentales - Implementar y mantener el SGA. - Garantizar la aplicación de los procesos, procedimientos y formatos del SGA a su cargo. - Realizar el seguimiento a los planes, programas, proyectos y políticas asociadas al SGA. Grupo de Gestión ambiental - Liderar y formular la implementación de políticas, programas y proyectos asociados a los procesos de SGA. - Coordinar, orientar y aplicar lineamientos para la ejecución de procedimientos, protocolos, guías, manuales y herramientas de mejoramiento institucional relacionados con el SGA. - Realizar seguimiento a la implementación de la política ambiental institucional. - Promover el mejoramiento continuo del SGA de la entidad. Gestores ambientales de nivel desconcentrado

mejoramiento institucional relacionados con el SGA. - Realizar seguimiento a la implementación de la política ambiental institucional. - Promover el mejoramiento continuo del SGA de la entidad. Gestores ambientales de nivel desconcentrado - Implementar acciones encaminadas al fortalecimiento del SGA. - Cumplir con los requerimientos exigidos por la entidad o por instituciones externas, encargadas del control y seguimiento de la normatividad ambiental vigente. - Desarrollar los planes, programas, proyectos relacionados con el SGA. Registradores especiales, registradores municipales y registradores auxiliares - Implementar acciones encaminadas al fortalecimiento del SGA. - Aplicar los procesos, procedimientos y formatos SGA. Servidores públicos y contratistas de prestación de servicios - Adoptar las directrices establecidas por la entidad en relación con el SGA. - Aplicar los procesos, procedimientos y formatos SGA. Supervisor e interventor de contratos - Ejercer el control sobre la ejecución de los contratos y evaluar el desempeño de los proveedores externos a través de los informes de supervisión e interventoría. - Aplicar los procesos, procedimientos y formatos SGA.Re ER ÁN PENAGOS GIRALDO istrador Nacional del Estado Civi Continuación de la Resolución Zo7 9 9 2 2 de 12 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la

istrador Nacional del Estado Civi Continuación de la Resolución Zo7 9 9 2 2 de 12 SET. 2024 "Por la cual se adopta la Política Ambiental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022" Artículo 6°. Socialización. En el nivel central el Grupo de Gestión Ambiental de la Oficina de Planeación socializará la política ambiental; en el nivel desconcentrado lo harán los Gestores Ambientales designados, quienes serán capacitados para ello por el Grupo de Gestión Ambiental. Artículo 7°. Evaluación y Seguimiento. La política ambiental será evaluada integralmente al finalizar cada vigencia por el Comité de Gestión Ambiental. El seguimiento, será desarrollado por el Grupo de Gestión Ambiental con el apoyo de los gestores ambientales designados del nivel desconcentrado. Artículo 8. Vigencia y Derogatoria. El presente acto administrativo rige a partir de su publicación y deroga la Resolución No. 19126 del 15 de julio de 2022. Dada en Bogotá, D.C., a los 12 SET, 2024

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Aprobó Camilo A. Mancera M.— Secretario General (E) Revisó Renato Rafael Contreras Ortega, Jefe de la Oficina Jutídica Juan Enrique Zambrano Gutierrez, Abogado Oficina Jurídica Zamira M. Gómez — Jefe de la Oficina de Planeació. Elaboró Johan Sebastián Arango Duque — Coordinador del Grtpb de Gestión Ambiental I 5 Carolina Bohorquez Beltrán — Auxiliar Administrativo Grupo de Gestión Ambiental

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