RNEC - Voto fraudulento
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - Voto fraudulento
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- —
DELITOS ELECTORALES EN COLOMBIA VOTO FRAUDULENTO El que suplante a un sufragante, vote más de una vez o sufrague en una elección sin tener derecho incurrirá en: prisión de multa de 4 a 8 años 50 a 200 S.M.L.M.V. Salarios mínimos legales mensuales vigentes. Artículo 391. Voto fraudulento. (Artículo modificado por el artículo 8 de la Ley 1864 de 2017) El que suplante a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley o vote más de una vez, o sin derecho consigne voto en una elección, plebiscito, referendo, consulta popular, o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
EJEMPLO
DEL DELITO
VOTO FRAUDULENTO
¿? María coge a escondidas la cédula de su hermana y vota por ella el día de las elecciones. Un jurado de votación vota en la mesa donde ejerce su función, y a la hora del almuerzo vota en la mesa donde está inscrita su cédula; es decir, ejerce el voto más de una vez.