SC04-06-1958
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SC04-06-1958
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1958
JICIO ORDINARIO DE ABEL BARBOSA RAMNIREZ CONTRA AURA OSPINA. DI! BARBOSA, "n:.…=::::=::=..::::…º= — En n CORTE hata SenU lPeRiEM be Afrc dms dasDt Eaa ha JtuarUtos SSe TtaIatCraItmmAa tpaeo= rjon Seá ALAD E CASACIÓN CIVIL Bog0tá,gunlo cuatro de mil novecientos cincuenta y ocho, (Nagistrado Ponente Dr. Alfredo Géekfarangól 5 7 ABTECEDESNTES KD“E“£-:3“U ICIO Á¡ºJI El señor Abel Barbosa Hamfres demandó en reivin. dicación de un inmueble situado en fbagué en la Carrera2. éntro “calles 23 y 24, a la 8enora Aura Ospina de Barbesn, | Adenás de la declaratoría sobre dominio selisi. t6 el pago de prestaciones (civiles y naturales) considerandola eoño poseedora de ma;a_£é;—1gualmente suplicó condenaciónal pa= 50 de reparaciones de la cosas por éañoa¿3u£ri&osg la…inséríyé ción del fallen ol a 0£ié&a&>&e=aegistta_&e'$¡P?¿de Ivagué,y la efden de reatituif.1a¿césa'materia de la ga;vin&ícae&¿h…4 - | El Juez de instancia (20 Cividel l a exprecada= ciudad) falló el 19 de noviembred e 1,955 de acuerdo con íaáz== pretenciones aducidas, salvo en cuanto limitó la cbligacíéh de
restituir a dos biezas de la casas no decidió sobre las plantacáenee_exístgntea…en-el terreno donde está la casa, | — El Tribumal del Distrito Judiciol de Thagué revocó el fállo por sentencía de 14 de sceptiembre de 1…956 y absale vió a la derandada de los cargos ée la demanda. | Interpuso recurso de casación el vencidos, recur= - 80—que fué otarga&o y se ha tramítaẠhasta 11egar al estado de fallo, al cual se procede, El recurrente formla 1os cargos a la sentencia en dos Capítulos que son: INTERPRETACION ERRONEADS LA PRUEDA": Y ERROR DE HECHO Y DE DENECHO-VIOLACION DE JA LEY SUSTANTIVA" Resye0ta del primeo hace une extensa exposición sobre que el Tribunal interpreot6 ma1 los tftulos alegados al == juicio, pero no hece ninguna referenciani , a las incidencido= que esa pretendida interpretatcieineó ne n reíací€a lo que cons= tituye motivos de casación, ni indica si hubo errord e hechoy — — — r a EA — 917 de derecho del cunl resulto violación directa o indirecta de leg | sustantivas, ni ce citan disposiciones que hayan sido vicladas, En otros términos, mo exí…eten niguno de los 91wew—za too de la que conformo al artículo 520 del Cads canat&w<m me—- tivos de casación: — - Se rechasa el eaége;._ | m cuanto a la segunde acusación, úlce el recurrónte que el ºribmxaí $x33mtíé£? incurvió en errar de ah'_é::&xº al apró= ¿ím'r las prucbas ;,r> que ese crror de f¿éulse éen6 es al error de = derecho consistente ca ”£aabazríe dade al actor el $£%ulo de cim= yle “coprop£etaxia“; que ha metem&í&a áividir el p:;ºcaáíe común yor si y anto al pin contárruon loe ótaoo coparticipcs, cuando 0n lo cierto que en el 3ai.cio no exiate s aeéíén &c <0e predio conún sobre el cusl pueda ineiatr _ 3M&áeamente él título de có= participos yy luego de re£ºr£rse al cago cancreto mneluye; "E 3u…gaúor > Duey, al darle al aemaa&am:e e'.g fí—» tulo —e'3e &ápart£eípe, que es es—máa en ol caco debetidos porgue 20 hay cosa eex:ún que co. <3f1 eupuesto juríáico de este título lo ha desconocildo el derecho: de pvey£e%ariac cuyo título ejercita con pmebaa baatam%e, lo cual conduce a de viclación de loo Q tíeuias 946 ; <35e, 952 y 961 del C.C o ses las norUNB mustaati…. vas que anpyaran ése fAerecho y en 1as cualea ss £tm<iamnta la e= yresente acción xeívin&íca£oría“ |
Aunqué tampoco ento Ganí%nlo sa waz&om a 1aa É condiciones “e la témíca; sin eaharga, pcr cuanto de —aeñalan como v£ela&aa algunas disposicióonos; paaa 15 .:ala, por amplitua, a estu&í&rl% . sE COVSIDENA: Todo el probleña eotriba en que el reivindicante oxtió Rocer venir a los autos da lo £erma entableeida por la = Ley, l18 esér&tara núxero 1.063 de 26 de septicsbre de 1:945, 0= torgade en la Notaría 20, de Thagué y registrada en el libro == Irivero Tuyar, Yomo T£I; foldo 352, partido 381, por nedio (e = X E E A o | u I L o y | f | ! : i 1 1a í $ E [ E [ j i — íN e Y cual Erasm> Quiroga le vendas a tarío Ascensign 3arbm Nonfres la conotrucción 1wmtaña en terrenos t3&1 funicipio de Thaguó, terrenoo = g_m ccmg>rá el &ema&ante Abo2l Bardbone Hemímz por escritura némero 1.028 de 23 ée 3u3.m de = 1,952s Sotaría ?r£mem de xwvaé. se tiene canoeim$am£a de la e&stencia 8s cete títa&…a poa lo expresado en el mmerol YI del 6e£%ñ€º He 422s .eapcaúíaº por 91 señor “.&egia%m&or de
Zastmen%aa Páblicos y = Privados del dircuito ñº 1&ogué qué aa—we olics 139 c'tel C, Prín cipal us alie%aae áehádmrertw £umate el juicios yor el Genoo»> dantos …aa Nomfj ¿'aw lo asmyz-£$ al fiumiciplo el to- “reeno, como ya se dijo, y Su nedre Acconsión conpró la casa » xistento en ane terreno yoOr el 3m¿&meum aue ce acaba de men= cionar y due ro £$gum en loo autona A B:m'ixaaa se le cdjudiod = 1a mitad de la cuon en la suecsión de Aanmíóa eo concta de = — r…eaaeet&va H 3u91a que 0s aconpoBó: a m &e:mmm&a, la etra ni= $a la eompró el áem&anº£:e yor esnrí… g€?b1&ca 3.568 “e R? de novierbro de 1,954, Sotaría las e Thogué a maeíáa %amáígv Forres que la Bubo POT horencioa de zwa¡maíán Barbosde ' —£l Cribunal cón bose en Jurisprudencia 1&e las cor£e» y en mnnep%e de los doctrin %aa convidera que la hijueia m:geáí&a a favor del &emas&mte en lo cx…nesi—.éa de su molro = no sO -—mzfímíezs$e vyara acreñitaw e3… &mm de gmgierla& aabw = la mitad de la cana que horeás de ella y que no €es has%an£e que
conote en el Ger£1£&w&o de Regiotro que é&eh& señoro la núquí.—— ºí& f e decir la ca&m) pO empm a Erasuo Quirogas pOT la non cionada cmrátºzm £nitanto en €l arervo 3mb…£aoríº del reivin». — díconte que es la míncro 1,063 de 26 de m39%=w'&r& de 3.945, yS eitadas Prectivanente la forto ha declarado que "les i= quelas sen títuloo de adgudicación deciarativos de propieGad y — 914 no atributivos de dominio y lo micmo Clicen las Goctrinas de los autores. (De la prueba en Gerccho" por Antonio Rocha. pUg: 205. 3a edáíción 2,94I-Carcta Judicial TT, 488 y otras) y que no es muficiente paro lo mieno Corte la censtºmci& del Recistrador de Instrumentos Públicos modro el Registro del $Ttulo que se echa de menos ¿áam suplirlo como prueba del destalo de bicnec rai SECCONSÍDERA: E'saa eoacep&ca tan abanlu%as en 3.u que se rofiero a la mecesidad de aconmpañar a 1os títulos aueesnma e 2xi3uelaa de — 03 »&iweí¿n en Juicios de partiaiáa, el título del causanto,= ; yara acreditar el derecho a relvixndicar, no puede prohijaroe oe n0 en los casós en que so trate de une comparación de títulos,
cosa due no ocurre en el prosente lítizio, por ha%&"¿w acompatado . el actoz los inotrmentos coeriturarios, por modío de los cuales dquirió el terreno la mitad de la coea y la hiºmía de naigudis coción en la sucesión. de Aacensión Barbosa Ranfrez, “todes lºs = cuales aparecen debidomento wgaatra&aa;v Ya la denendada no troe jo 2 los antes tftulo alguno g=am oponér a loo exhibidos por el demnñan%a, de donta mwlta quée no de tata de una cormparación de títuíw en c3;¡ze 8e puela aplicar Ya doctrina éemníaáo enc 1 invocatia. po“ºº el “=:íhural en que So ayoya el í':—.:wlía… En oftros tém n00, al exicír el Tribunal en 1a Some tmcia acusada la prosencio de Ia enerítua núrcro 1,063 de 26 de soptienbre de 1,954, otorgada en la Tetaría Sa. de Ibagué, = yr conviderar que la hijuela expedián a favors del demandonte = n la sucesión de eu mai Aucención Barbona de Ranfrez para de | croditar su derecho de propicand sobre una mitad áe la casa que heraáó de - ella, xz£elá en el cacoe nb_ 1í2"¿ posieionos cuDta m la h£jucla mencionado cono elemento sufiaian%e paz&a ex=,eáié | tor el dorecho a .?éív&€'£m por parte de Abel Sarhoon Mamiros,
lo cosa matería del litigios Por lo tanto lá Corte hatrá de cue sor el ?aí"l-3¿_r;recmºf£é_o… SENTURCIA D5 SUSTITUCION .. Coro la Corte considera guficientenento proba= do el derocho del nctor a reivindicar ol imme» | ble deserito ea leo hechos fundanentales de la .Aonanda, en du totalidad, por holiarse é's£á_m poder de lu de randado Auro eupina de Barbona con ánimo de duella, ES El caNO de aea:&exf lan yeticióones de le €i&…anña, SALYO on euanto a considee. rar a la Genondado como waeváeº—a de mala £6, por no nberea == gxreb£:dº 麓=cim mlo E Por tañtos la Corte º“upma ac 3uatícía—$ala áe Canación Cávil= cáministrando Justicia en an0sbre de la República de Galmbía y pom astoridad de la Leya 6A…—.A 3.a seu%em5.n vatería . &el w:cumc y ea u lugar fm13.a: _ 4 lº… «Portenece en ¿iomízaía glema y absslute ax, sez”íºr» Ábol Barboco Ras MOYOT Y sre.c$au de Xñag&é…, un ím;eble u= bano ubicado en la £ºa…f 28y úabre cslles 23 y 24 de la none» - c1&—tum acma1 de la eíuáa&, c:mst£m de yor on0a de. habí%coáán, anstru&aa de adobe o la&ríílm, con cubierta de tega áe L
e1 mw de tarreno o sa'ísm en que de encuentro edifi "e:a89… el == . cnal tienoe uno cabido 9ugañíciaría de 334 m ecm-mn&&ú& to=- de »r tos elguient tes 1&náama "207 ol HNorte, unao línea recta E de cineo (5) matmfa, noventa y acho centínotros (5-99 nto) con 10 Carrera 20: DO7 61 Sur zam lfnea recta de ache netrod; Setonta centínetres t€3—?&m%…) con Pañión Barrios; por el Qriento 3 que en parte á2&e vehe motros, noven nta y cínco centí- una 1íí.'-f… 4 netras l M5) y en varto treinta y cuatro notron, %aenta cene tí&e%_ro—º (34-60 mts), lo que en total dá cuarenta y treo metron, — eíncuenta y cineo centínotros (43-55 mto), con Rafacl Hernández y Pedro Vargas; y, vor el Cecidente, uno líneo que en parte mi= de ocho metron, cincuenta aen'tímtma (6-50nto) y en parto == twima y cisco motroo, noventa centínetros, lo que en total de — cuarenta ;r cuatro motroo, Cuarento centizatros (40-=40 s%£33 con — "'“F—-““"IÍ'-—“':"""ÍÍ“".”IÍ”—Í'"”“J" “ - e E _I_;M_1—_'m | | 4 — 91£ Cilma losda mm Aurero Mscam'º
i1 — EEN ea — — 29 . Cezo aongecuoncia de la axtorior &eclamº£án de | &onínáo en Yavor del t3war;&ma£e, cenúémae a lo derendado Aus "-;f=' Copino de Barbaca, e ro..... stiteir, soio áíon denpués de a3euatº%a—:' Ie — de eota eohtancia, ol ccfor fbol Darbeoo Boníreo, el immeblo = urmoano de qae trito el mmorol naterior. | ¡ 3%a la Garandoda Auro Copins de Der:cnap 4 .r&$€325 a. …ºº“º los fzutos asturaloo y eivilos del roferido inmueblo | ,L porcibido o que el dueño hubicora polico percivir a y_;—r__;¡vgw de = | " la motificación de la demanda loo que so deteminarán por as L procekiniento eotablecida en el arti Teulo 553 del C.ds x1 49 Ejcentoricao ecto sentencia oe imserib ¿m' n = - 1a 922.a3m de Eesietro de 11.5P. Col Circuito de Ibagué en el a | _Z;3bzm aamºgpmá SOBtCa , _ É 3wma S enrco de 20 yarto 8.em&¿a&a¿ ,
mnm…&,,zw&3&&ma M,COPIRCO, T5ONNIOO EN LA CA
CETA 3WX&XAL T DIVUSIVASE A LA OPICIOA DD OSPCEN
_. — Alfecdo CoeE ÁYONAOsS Zanacio Soenlláns Josó Mersández Arbeloes, — Armmdo Intorre Migo. Arturo C. Fosndas frtero Telencioa Zo0s Jorge Soto Sotos 14 | " , _