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Secretaría de la Junta Directiva BANREP - Concepto JDS-CA-11188 de 2019

Banco de la República

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Detalles

Título
Secretaría de la Junta Directiva BANREP - Concepto JDS-CA-11188 de 2019
Autor
Banco de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2019

JDS-CA-11188 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva Fecha Jueves, mayo 30 de 2019 - 12:00pm "(...) Damos respuesta a su comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si una agencia de viajes y turismo residente, vinculada con una agencia de viajes y turismo no residente, puede  recaudar divisas por la venta de servicios turísticos y hoteleros a una persona natural no residente, los cuales serán prestados por la agencia de viajes y turismo no residente; y si las divisas recaudadas pueden ser entregadas por la agencia de viajes y turismo residente a la agencia de  viajes y turismo no residente a través de las cuentas en divisas que cada una tiene en un  intermediario del mercado cambiario ( IMC).

Al respecto, nos permitimos manifestarle lo siguiente:

1. La operación de venta de servicios de hotelería y turismo no se considera una operación de cambio obligatoriamente canalizable a través del mercado cambiario (IMC o cuentas de  compensación), dado que estas operaciones no están incluidas dentro de las previstas en el

artículo 41 de la Resolución Externa No. 1 de 2018 expedida por la Junta Directiva del Banco de la República (R.E.1/18 J.D.) De acuerdo con lo anterior, esta Secretaría ha sostenido que las agencias de viajes y turismo pueden recibir de los residentes (turistas) el pago en divisas de los servicios de porción terrestre (alojamiento, alimentación, transporte aeropuerto hotel-aeropuerto y tours, entre otros) que   prestan las empresas del exterior (no residentes). De igual forma, los no 29/11/24, 7:20 a.m. JDS-CA-11188 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

entre otros) que   prestan las empresas del exterior (no residentes). De igual forma, los no 29/11/24, 7:20 a.m. JDS-CA-11188 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva https://www.banrep.gov.co/es/node/50124/printable/print 1/2residentes podrán recaudar a nombre de los residentes las divisas por concepto de ventas de servicios de hotelería.

Por otra parte, el régimen cambiario (artículo 85 de la R.E.1/18 J.D.) establece que las agencias  de turismo y los hoteles pueden recibir de los turistas extranjeros (no residentes) divisas por concepto de la venta de bienes o prestación de servicios. En este caso,  se debe identificar plenamente la persona con la cual realizan la transacción y conservar la información exigida en la mencionada norma.

2. El recaudo de las divisas por parte de la agencia de viajes y turismo

(residente) puede efectuarse a través de las cuentas del mercado no regulado del residente y por medio de estas cumplir la operación con el no residente. También las divisas se pueden recaudar a través de las cuentas en moneda extranjera que mantenga la agencia de viajes y turismo (residente) en un IMC (numeral 1. literal d) del artículo 8 de la R.E.1/18 J.D.).

3. Conforme a lo previsto en el artículo 82 de la R.E. 1/18 J.D. las divisas que reciban los residentes por concepto de operaciones que no deban canalizarse a través del mercado cambiario podrán utilizarse para operaciones distintas de aquellas que deban canalizarse a través del mercado cambiario, o para canalizarlas voluntariamente a través de dicho mercado.

4. La transferencia voluntaria de las divisas a través del mercado cambiario

cambiario podrán utilizarse para operaciones distintas de aquellas que deban canalizarse a través del mercado cambiario, o para canalizarlas voluntariamente a través de dicho mercado.

4. La transferencia voluntaria de las divisas a través del mercado cambiario debe efectuarse mediante el suministro de los datos mínimos de la operación de cambio por concepto de servicios,transferencias y otros conceptos

(Anterior Formulario No. 5). (...)" Tema del concepto Agencias de viajes y turismo Adquisición de divisas a turistas Source URL: https://www.banrep.gov.co/banco/junta-directiva/conceptos/jdsca-11188 29/11/24, 7:20 a.m. JDS-CA-11188 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva https://www.banrep.gov.co/es/node/50124/printable/print 2/2

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