SFC - Resolución 0843 de 2025

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0843 de 2025
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

fi Superintendencia Financiera de Colombia ; l ll ll llll ll ll lllll 1111111111111111 fi :fifiJ!ltfifific(o • • _ Radicación 2024167498-0fi9-000 . fi F}o:t!'1_tjera .dfi :C:fiOCT\Íl)?:ha: 30/04/Z026 03:22 PI! Sec. D1a: 2382181

TraÍlÚe: 78-M OFICINAS DE REPRESENTACIO Ane,¡os: Si Interno , l Tipo Doc: SO-RESOLUCIONES Fo! 10s: 3 , , A J • A: - Encadenado: NO ' ' Rfilfinte: 314000 314000-DIRECCION LEGAL Solicitud: Resolucion 0843 2025.

Destinatario: ATil12128I 314000-DIRECCION Teléfono: 684 02 00

Carro: Ent: Caja: Pos: 13/08/2025

RESOLUCIÓN NÚMERO «) 8 4 3 rrDE 2025 { 3 O ABR 2025 ) Por medio· de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de representación del BANCO DE BOGOTÁ {PANAMÁ) S.A. a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. (Colombia), y se modifica la Resolución 1724 de 2014

EL SUPERINTENDENTE DELEGADO ADJUNTO PARA INTERMEDIARIOS

FINANCIEROS Y SEGUROS, Y LA SUPERINTENDENTE DELEGADA ADJUNTA PARA MERCADO DE CAPITALES En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de l2s que les confiere el numeral 21 del artículo 11.2.1.4.32 y el numeral 22 del artículo 11.2.1.4.42,

ADJUNTA PARA MERCADO DE CAPITALES En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de l2s que les confiere el numeral 21 del artículo 11.2.1.4.32 y el numeral 22 del artículo 11.2.1.4.42, ambos del Decreto 2555 de 2010, respectivamente, y CONSIDERAN DO: PRIMERO: Que mediante la Resolución 1724 de 2014, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) autorizó al BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. para realíza_r actos de promoción y publicidad de los siguientes productos y servicios bancarios, mediante la figura del Representante y a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A.: " ( ... ) a. Opciones de Liquidez: cuenta corriente, cuenta de ahorros. b. Tarjetas débito y crédito. c. Opciones de Comercio Exterior: Cartas de crédito de importación y exportación, avales y garantías. d. Opciones de financiación: Créditos denominados en moneda extranjera, por concepto de capital de trabajo, prefinanciación de exportaciones. e. Cash Management: Pago de nómina y Proveedores en Panamá y Nassau. f. Servicios de banca electrónica, transferencias y giros internacionales." SEGUNDO: Que de conformidad con lo.dispuesto en el numeral 1.1.3., Capítulo II, Titulo II, Parte I de la Circular Básica Jurídica (CBJ) expedida por esta Superintendencia, "[l]a promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la SFC, requiere la autorizaclón prevía de este ente de control, sin perjuicio de las sanciones y/o demás medidas

Superintendencia, "[l]a promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la SFC, requiere la autorizaclón prevía de este ente de control, sin perjuicio de las sanciones y/o demás medidas a las que haya lugar, en el evento en que dicha actividad se realice sin la <-\fi autorización correspondiente".

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá o.e., Colombia Conmutador: ( +57) 601 594 0200 - 601 594 0201

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RESOLUCIÓN NÚMERO '@ 8 4 3Dfi 2025 HOJA No. 2

Por medio de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de representación del BANCO DE BOGOTÁ {PANAMÁ) S.A. a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. {Colombia), y se modifica la Resolución 1724 de 2014.

TERCERO: Que mediante la comunicación No. 2024167498-000, el señor Mauricio Acosta, actuando en su calidad de representante legal del BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A., solicitó autorización para que dicha entidad pueda adelantar la promoción y publicidad de nuevos productos y servicios a través del esquema de representación previamente autorizado por la SFC.

CUARTO: Que, según consta en la versión actualizada del Plan de Funcionamiento1 remitida por el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A., los productos y servicios que promocionará a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A.

serán los siguientes: a. Opciones de Liquidez: cuenta corriente, cuenta de ahorros, cuenta Money Market.

productos y servicios que promocionará a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. serán los siguientes: a. Opciones de Liquidez: cuenta corriente, cuenta de ahorros, cuenta Money Market. b. Tarjetas débito y crédito. e: Opciones de Comercio Exterior: Cartas de crédito de importación y exportación, avales y garantías. d. Opciones de financiación: Créditos denominados en moneda extranjera (USO), por concepto de capital de trabajo, prefinancia•ción de exportaciones, giros financiados, confirming y leasing internacional. e. Opciones de inversión: Depósitos a plazo fijo, fondos mutuos de inversión internacional, bonos de deuda, acciones y ETF 's. f. Servicios de banca electrónica, transferencias y giros , internacionales. gfi Fideicomisos de inversión, de garantía y de tipo sucesora!. En el caso de los fideicomisos de inversión, estos son del tipo "portafolios modelados y activos puros y otros fondos mutuos". El listado y detalle de los fondos mutuos de inversión internacional, bonos de deuda y ETF fue aportado por el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. en los siguientes documentos, que reposan en la comunicación No. 2024167498-010: (i) "finexo N°3Detalle de fondos mutuos.pdf"; (ii) "Anexo N°4Listado de bonos.xls"; y (iii) "Anexo N4Listado de ETFs .xlsx".

QUINTO: Que el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. allegó la información requerida en la lista de chequeo M-LC-AUT-074 implementada por la SFC.

QUINTO: Que el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. allegó la información requerida en la lista de chequeo M-LC-AUT-074 implementada por la SFC.

SEXTO: Que en ejercicio de las facultades previstas en el numeral 2 del artículo 11.2.1.4.39 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.46, ambos del Decreto 2555 de 2010, y de acuerdo con la evaluación que consta en el estudio técnico2 la Superintendente Delegada para Conglomerados Financieros y el Supfirintendente Delegado para Intermediarios Financieros, respecti\lamente, propusieron otorgar la autorización solicitada.

SÉPTIMO: Que la Dirección Jurídica de la SFC, mediante memorando No. 2023120756-003, estableció que la secuencia del proceso previsto para la autorización a las instituciones del exterior interesadas en promover y publicitar sus productos y servicios a través de la matriz, filial o subsidiaria establecida en fiolombia, se agota en las Delegaturas Adjuntas para Intermediarios Financieros

1 Radicado 2024167498-015, documento "Anexo No. 2 Plan de Funcionamiento marzo 6 2025.pdf" 1 Radicado 2024167498-018.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá o.e., Colombia Conmutador: ( +57) 601 594 0200 - 601 594 0201

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RESOLUCIÓN NÚMERO O 8 4 3oE 2025 HOJA No. 3

Por medio de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de representación del BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. (Colombia), y se modifica la Resolución 1724 de 2014. y Seguros y para Mercado de Capitales, por lo que estas delegaturas adjuntas son las instancias de autorización competentes para este tipo de esquemas de representación. En virtud de lo expuesto, estas Delegaturas Adjuntas, RESUELVEN: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la adición de nuevos productos y servicios que puede promocionar y publicitar BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. a través del esquema de representación que le ha sido autorizado por la SFC a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A., los cuales fueron señalados en el considerando CUARTO de la presente resolución. f'RTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR, en consecuencia, el ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución 1724 de 2014, en lo que se refiere a los productos y servicios que pueden ser promocionados en Colombia por el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A., a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A., el cual quedará como se indica a continuación:

que pueden ser promocionados en Colombia por el BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A., a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A., el cual quedará como se indica a continuación: "ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR a BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. para realizar actos de promoción o publicidad de productos y servicios financieros en Colombia que se señalan a continuación, mediante la figura del representante y a través de BANCO DE BOGOTÁ S.A.: a. Opciones de Liquidez: cuenta corriente, cuenta de ahorros, cuenta Money Market. b. Tarjetas débito y crédito. c. Opciones de Comercio Exterior: Cartas de crédito de importaciór:i. y exportación, avales y garantías. d. Opciones de financiación: Créditos denominados en moneda extranjera (USD), por concepto de capital de trabajo, prefinanciación de exportaciones, giros financiados, confirming y leasing internacional. e·. Opciones de inversión: Depósitos a plazo fijo, fondos mutuos de inversión internacional, bonos de deuda, acciones y ETF 's. • f. Servicios de banca electrónica, transferencias y giros internacionales. g. Fideicomisos de inversión, de garantía y de tipo sucesora!. En el caso de los fideicomisos de inversión, estos son del tipo "portafolios modelados y activos puros y otros fondos mutuos. El listado de los fondos mutuos de inversión internacional, los bonos de deuda y los ETF se incluyen como anexos que hacen parte integral de la presente resolución, así: (i) Anexo No. 1 - Detalle de fondos mutuos de inversión internacional (ii) Anexo No. 2 - Listado de bonos de deuda

ETF se incluyen como anexos que hacen parte integral de la presente resolución, así: (i) Anexo No. 1 - Detalle de fondos mutuos de inversión internacional (ii) Anexo No. 2 - Listado de bonos de deuda (iii) Anexo No. 3 - Listado de ETFs ·PARÁGRAFO PRIMERO: La autorización para la promoción de los productos y servicios descritos en esta resolución se entiende otorgada bajo el entendido que las condiciones que han sido acreditadas serán mantenidas durante la vigencia de la firepresentación y sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá o.e., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov .cofi i,» Superintendencia Financiera de Colombia

RESOLUCIÓN ·NÚMERO©) 8 4 3ot ·2025 HOJA No. 4

Por medio de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de representación del BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. (Colombia), y se modifica la Resolución 1724 de 2014. operaciones celebradas entre residentes y agentes del exterior, conforme al régimen cambiario colombiano.

PARÁGRAFO SEGUNDO: La autorización que se imparte a través del presente acto administrativo no implica calificación, ni responsabilidad alguna por parte de la SFC acerca de la entidad del exterior, las personas naturales o jurídicas vinculadas a ésta, ni sobre la bondad o seguridad de los productos y servicios que serán objeto de promoción, así como tampoco respecto de las demás entidades del exterior que

acerca de la entidad del exterior, las personas naturales o jurídicas vinculadas a ésta, ni sobre la bondad o seguridad de los productos y servicios que serán objeto de promoción, así como tampoco respecto de las demás entidades del exterior que intervienen en su administración, gestión y distribución.

PARÁGRAFO TERCERO: La promoción de productos y/o servicios se deberá limitar a aquellos que fueron listados y remitidos a la SFC, sobre los cuales recae exclusivamente la presenta autorización. Por esta razón, la promoción de productos o servicios d_istintos a los señalados requerirá autorización previa. y expresa de esta

Superintendencia".

ARTÍCULO TERCERO: ADVERTIR al BANCO DE BOGOTÁ S.A. (Panamá) que debe dar cumplimiento estricto a la totalidad de los parámetros de información y asesoría especial previstos en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010 y en la CBJ de la SFC.

En ta( sentido, es su obligación, en concordancia con lo establecido en las citadas disposiciones normativas, solicitar a todo potencial inversionista suscribir la respectiva constancia que acredite el suministro de una debida información y asesoría especial, independientemente de que este se vincule o no a la entidad del exterior, documento que en todo caso debe estar en todo momento a disposición de esta Superintendencia. Respecto al modelo de constancia empleado para tales propósitos, se advierte que debe contener toda la información prevista en dicho marco regulatorio y ser concordante con lo señalado en el Plan General de Funcionamiento y con las características propias de los productos promocionados.

ARTÍCULO CUARTO: RECORDAR al BANCO DE BOGOTÁ S.A. que deberá

concordante con lo señalado en el Plan General de Funcionamiento y con las características propias de los productos promocionados.

ARTÍCULO CUARTO: RECORDAR al BANCO DE BOGOTÁ S.A. que deberá continuar ejecutando las actifidades relacionadas con la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo asociado a la promoción publicidad de productos de entidades del exterior a través de esquemas de representación. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el numeral 4.1.1.

del Capítulo IV, Título IV, Parte I de la CBJ.

ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique personalmente a los representantes de BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. y de BANCO DE BOGOTÁ S.A. el texto de la presente Resolución, entregándoles copia de esta y sus anexos, y advirtiéndoles que contra lo resuelto procede el recurso de reposición, que podrá ser interpuesto ante el Superintendente Delegado Adjunto para Intermediares y Segwos y la Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales fifidentro ·de los diez ( 10) días hábiles s_iguientes a la fecha de su notificación:

Dirección: .Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: ( +57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.coti) . . Superintendencia Financiera de Colombia

RESOLuc1óN NÚMERO @ 8 &! loi • 2025 HOJA No. 5

Por medio de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de

Financiera de Colombia

RESOLuc1óN NÚMERO @ 8 &! loi • 2025 HOJA No. 5

Por medio de la cual se autoriza la adición de productos objeto de promoción y publicidad en el esquema de representación del BANCO DE BOGOTÁ (PANAMÁ) S.A. a través del BANCO DE BOGOTÁ S.A. (Colombia), y se modifica la Resolución 17 24 de 2014.

ARTÍCU LO SEXTO: ORDE NAR que , por cond ucto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se remita cop ia de la presente Resolución al Grupo de Notif icaciones y Registro para los efectos pertinentes.

ARTÍC UL O SÉP TIMO: VIG ENC IA. El presente acto admin istrativo rige a partir de su ejec utor ia.

NOTI FÍQU ESE, PUBL ÍQUESE Y CÚMPL ASE Dada en Bogotá, o.e. 3 O ABR 2025

EL SUP ERINT ENDEN TE DELEGADO ADJ UN TO PARA IN TERM EDIARIOS FINANCI EROS Y SEGUR OS, LA SU PER IN TEND EN TE DELEGADA ADJUN TA PAR A MER CADO DE

CAPfiTALES,

Trámite: 2024167498

Revisó: Diana Carolina Gómez Castillo. Directora Legal para Congl omerados Financieros. l)Cí:C­ Ana Cecilia Quintero Acero. Superintendente Deleg ada para Conglomerados Financieros.fi Juan Francisco López Vergara. Superintendente Delegado para In termediario de Valores (e)fi Mónica Maria Castilla Gómez. Directora Legal de Intermedi arios de Valores (e) . .)-fi Eláboró: _1,.; Samuel Alejandr? Lozano Tovar. Dirección Legal de Conglomerados Fina ncieros fi

Mónica Maria Castilla Gómez. Directora Legal de Intermedi arios de Valores (e) . .)-fi Eláboró: _1,.; Samuel Alejandr? Lozano Tovar. Dirección Legal de Conglomerados Fina ncieros fi Sfic Sfi11erinlendenci.1 F111anoer,0 de Colombi,,

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